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La Xunta de Galicia ha duplicado en 2026 la dotación económica en la ayuda destinada a particulares para mejorar la imagen exterior de las viviendas y otros inmuebles. Con un presupuesto de 2 millones de euros, se prevé que unas 700 personas puedan beneficiarse de esta convocatoria para renovar fachadas, cubiertas y muros.

Estas ayudas no están dirigidas únicamente a los propietarios, sino que también podrán solicitarlas los usufructuarios de los inmuebles, ampliando así el acceso a la rehabilitación y mejora del entorno. De este modo, la Xunta facilita el acceso a recursos económicos para rehabilitar sus viviendas y mejorar su seguridad y estética.

Cómo y cuándo solicitar esta ayuda

La Xunta de Galicia abrirá este mes una nueva convocatoria de ayudas dirigidas a particulares para mejorar la imagen exterior de viviendas y otros inmuebles, una línea que contará con una dotación total de 2 millones de euros. Ya se ha publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

El objetivo es ayudar a mejorar el entorno, reducir impactos visuales y conservar de forma adecuada las fachadas, cubiertas y muros de cierre.

El plazo de solicitudes se abrirá a partir del 16 de enero. Como novedad, estas podrán registrarse desde las 12:00 horas del mediodía, con el fin de facilitar la tramitación. Recuerda tener preparada la documentación necesaria para agilizar el proceso y evitar imprevistos.

Podrán beneficiarse de estas ayudas tanto los propietarios como los usufructuarios de los inmuebles. La ayuda podrá ser de hasta 3.000 euros por solicitante y bien y será destinada a financiar trabajos de mejora en fachadas, cubiertas y muros, así como la retirada de elementos añadidos que deterioren la imagen del edificio.

La Xunta financiará hasta el 70% del presupuesto subvencionable, por lo que deberás hacer una aportación complementaria en caso de resultar beneficiario de la ayuda.

Requisitos para acceder a la ayuda

  • Pueden solicitarla personas físicas propietarias o usufructuarias del inmueble donde se vaya a realizar la obra
  • Solo se permite una solicitud por persona y bien, aunque puede incluir varias intervenciones
  • Es obligatorio acreditar la propiedad o el usufructo y la disponibilidad del inmueble, mediante declaración responsable
  • Las obras deberán contar con la comunicación previa o licencia municipal y los permisos necesarios
  • No pueden ser beneficiarias las personas que tengan prohibiciones legales para recibir subvenciones ni aquellas que, en la convocatoria anterior, renunciaron fuera de plazo o perdieron la ayuda por no justificar correctamente la actividad subvencionada
  • El incumplimiento de estos requisitos puede conllevar la denegación o pérdida de la ayuda