24 marzo, 2024 02:48

"El éxito de una operación antidroga no se mide por el número de detenidos: se mide por el número de condenados". La frase es una consigna entre los miembros fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado dedicados a la lucha contra el narcotráfico. E ilustra perfectamente que fueron 14 los detenidos en el marco de la Operación Rubio, iniciada por la Udyco de la Policía Nacional hasta que entró en ella OCON-Sur, haciéndola conjunta.

El grueso de las detenciones que cerraron la operación fueron 9 y tuvieron lugar en enero de 2020. Un mes antes se detuvo a otros 6, cuando se abortó un alijo, hubo una persecución y se incautó la droga en unos garajes. Al llegar al juicio, la Fiscalía ofreció un pacto: aceptar como sentencias de conformidad por los delitos de pertenencia a grupo criminal, contra la salud pública, tenencia de armas prohibidas y receptación. De ellos, aceptaron 7, incluido el cabecilla, Jesús Heredia. Más conocido como 'El Pantoja', lugarteniente de Abdellah El Haj Sadek El Menbri, 'El Messi del hachís'. Aceptó 5 años de prisión en lugar de 13.

De los 7 narcos que no aceptaron aquel el pacto con Fiscalía y acabaron siendo juzgados en septiembre de 2022 en la Audiencia de Algeciras, fueron absueltos otros 4 de todos los cargos que se les imputaban. Los tres restantes fueron condenados y apelaron ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Ahora, el TSJA acaba de fallar a su favor, en dos casos, parcialmente. Todos absueltos en esa operación de ser narcotraficantes. ¿El motivo? La invalidez de dos pruebas fundamentales en el curso de las investigaciones.

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"Se hizo pesca de arrastre", ilustra el abogado Manuel Morenete, que ha logrado la absolución total de uno de los condenados y parcialmente la de un segundo. "Cualquiera que pasaba por allí era partícipe. Luego había que demostrarlo".

A. fue uno de los tres que no se conformaron con la sentencia que lo condenó. A ella ha tenido acceso EL ESPAÑOL: fue condenado a 6 años de prisión por tres delitos: pertenencia a grupo criminal, contra la salud pública (tráfico de drogas) y receptación. Tenía antecedentes penales "no computables en esta causa a efectos de reincidencia", según la sentencia. Ahora es, según el TSJA, inocente de todos los cargos. No es un narco.

También fue condenado por tráfico de drogas y pertenencia a grupo criminal, en primera instancia V., más conocido como Nimo. Considerado un peso pesado en la estructura de El Pantoja, le cayeron cuatro años y medio por narcotráfico y otros seis meses por pertenencia a grupo criminal. Ha sido absuelto de narcotráfico. porque "ninguno de los agentes que declararon como intervinientes en los dispositivos de vigilancia manifestó en el plenario haber visto a V. realizando ese día tales funciones, ni ninguna otras".

El primer juicio a los siete acusados de la Operación Rubio se saldó con cuatro absoluciones.

El primer juicio a los siete acusados de la Operación Rubio se saldó con cuatro absoluciones. A. Carrasco Ragel. EFE

Por tanto, "solo contamos con las manifestaciones de los instructores, que no pueden ser tenidas en cuenta al ser meros testigos de referencia de lo que los funcionarios a sus órdenes, al parecer, les transmitieron", dice la sentencia.

El tercer condenado, I., fue condenado a seis meses de prisión por pertenencia a grupo criminal y a un año por tenencia ilícita de armas. Ya en primera instancia fue absuelto de tráfico de drogas. En la segunda, también se le ha absuelto del delito de tenencia ilícita de armas, aunque se le ha mantenido el de pertenencia a grupo criminal. 

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Cuando ocurrieron los hechos ya hacía tiempo que estaban siendo investigados por OCON Sur. Fueron ellos los que detectaron que estaban introduciendo un alijo de 1.050 kilos de hachís en la playa de Getares, en Algeciras. Hubo hasta una persecución, en la que uno de los 7 que pactaron su condena con la Fiscalía arrolló con el Porsche Cayenne que conducía a un vehículo de la Guardia Civil, hiriendo a dos agentes. Aquella operación fue tan grande que dio lugar a una segunda parte meses después: la Operación Caniche-Rubio.

La principal prueba de cargo contra A., absuelto de todos los cargos, fue la declaración del guardia civil instructor de parte de los atestados.  Manifestó literalmente que era "el encargado de esos garajes" en los que se guardaba la droga, y que "de hecho accedía desde un negocio que tenían justo encima, el número dos, se accedía directamente desde su negocio".

En el relato de los hechos probados de la primera sentencia condenatoria se aseveraba que "se ocupaba de la guarda y custodia de la droga y de la gasolina, los vehículos y las embarcaciones utilizados en los alijos". EL TSJA aceptó el relato de los hechos probados de la primera sentencia, pero suprimió totalmente ese párrafo de la sentencia primigenia, porque no era verdad. También modificó otro más: "sin que conste si A. -quien regenta el Bar XXX, sito en ella misma calle-, era el encargado" de los garajes.

"Era mentira. Tampoco tenía acceso a los garajes", explica Manuel Morenete. En la apelación presentaron nuevas pruebas, "con información pericial y un notario, además de un reportaje fotográfico" para demostrar que no había puerta alguna que uniera su negocio con los garajes del piso inferior. "Las declaraciones de los agentes no fueron suficientes", incide el letrado. 

De hecho, el TSJA realizó una inspección ocular para contrastar lo que decían los informes. "No aparece ningún acceso ni puerta entre ambos espacios". En cambio, el TSJA rechazó la atribución que la defensa hizo contra las declaraciones del agente de haber faltado "deliberadamente" a la verdad, "pudiendo pensarse, más bien, que no expresó correctamente lo que quería transmitir al tribunal".

Tampoco tuvo en cuenta las imágenes de las videocámaras del garaje, "porque lo único que registraban era una reunión de cuatro o cinco personas, en días en los que no coinciden con la fecha del alijo... y además allí no apareció la droga", explica el abogado.

Las imágenes no llegaron a visionarse en el primer juicio. La defensa alegó que se desconocía si las cámaras cumplían la normativa, si habían sido autorizadas por la comunidad de propietarios y si cumplían con los requisitos de la Agencia Española de Protección de Datos. Además, durante las actuaciones no se acreditó su contenido y se extraviaron "en varias ocasiones". También argumentó "que no se puede garantizar la autenticidad de la copia que finalmente se aportó, un año después de los hechos, un agente de la Guardia Civil" que las guardaba en su ordenador, "pudiendo haber sido manipuladas". 

Las geolocalizaciones

Las operaciones, y por extención, las investigaciones, advierte Manuel Morenete, deben estar bien fundamentadas. Esta, aparentemente, "estaba bien atada", como lo demuestra las sentencias de conformidad y las condenas por pertenecía a grupo criminal, pero no así las vigilancias. Porque la sentencia estima, para las absoluciones por tráfico de drogas, que la palabra 'flagrante' no puede basarse en conjeturas.

"La flagrancia se ve, no se demuestra, apareciendo vinculada a la prueba directa y no a la indirecta, circunstancial o indiciaria", estima el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Si bien tras la persecución casi una tonelada de hachís apareció en los garajes, y se identificó a varios narcos durante la huida -los que aceptaron la oferta de la Fiscalía- no pudieron ver a ninguno de los otros acusados junto a la droga. Dedujeron que estaban ahí por la huella de las bandas de rodadura de los vehículos, todos ellos robados.

El letrado recuerda un caso en el que también logró otra absolución en segunda instancia, también por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. "Fue el caso de un chico que fue condenado a cinco años de prisión en otra operación dirigida por OCON-Sur. Incluso ingresó en prisión de manera preventiva", donde permaneció varios meses, para ser luego condenado a una pena privativa de libertad.

-¿Por qué fue absuelto?

-Por la geoposición, que demostramos con un perito. El día y a la hora del alijo se encontraba a 3 kilómetros del lugar. Se le encausó porque según OCON-Sur, estaba allí... a las 6 horas de haberse producido el alijo.  

Otro abogado, Javier Muriel, lleva actualmente otro caso que fue investigado por la unidad de élite antes de ser desmantelada por Fernando Grande-Marlaska. Defiende a Juan Manuel Reyes, 'el Potito', socio de Jesús Heredia 'El Pantoja'. Ambos de La Línea de la Concepción, y con amplio historial por narcotráfico. "Con una pericial hemos desvirtuado que estuviera un día concreto y a una hora concreta en Chiclana de la Frontera (Cádiz)". 

El informe, explica el letrado, es demoledor. "Si un perito dice que es mentira... hasta el punto de que la fiscal jefe, viendo el escrito de la acusación, ha instado a que se libre oficio a lo que era OCON-Sur para que se expliquen al respecto". 

Otros abogados consultados por EL ESPAÑOL| Porfolio advierten que estas investigaciones con fallos "son un clamor" en el ámbito jurídico."Esto está pasando con muchos casos. Y más que van a venir", subrayan. Porque, como advierte a EL ESPAÑOL un veterano agente contra el narco de la Policía Nacional, "en estos temas hay que juntar cartas y ver qué mano hay. Y hay veces que si se puede actuar, se actúa, y si no, se sigue investigando. Porque luego lo que pasa es que los sueltan en el juzgado".