Los procesos de ruptura pueden ser complejos.
¿Puedo divorciarme sin el consentimiento de mi cónyuge? Esta es la rotunda respuesta de una abogada
El único requisito que pide la ley es que hayan pasado tres meses del matrimonio y no hay que acreditar ninguna causa.
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Algunas personas viven con angustia la negativa de su pareja o expareja a divorciarse. Piensan que sin su consentimiento no pueden dar ese trascendental paso o que necesitan que su cónyuge se lo conceda.
¿Qué dice la ley al respecto? La normativa vigente no exige el consentimiento de ambos para que se haga efectivo. Si no hay acuerdo, basta con que una de las partes lo solicite judicialmente para que se le conceda. Es automático, no hay que acreditar ninguna causa o justificación.
Los únicos requisitos son que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio, cualquiera que haya sido la forma elegida (religioso o civil), y que una de las partes lo reclame.
No obstante, ni siquiera será preciso el transcurso de este plazo para poder interponer la demanda pertinente cuando se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros de la pareja.
Pero esto no ha sido siempre así. Tras la dictadura, el divorcio se aprobó en España en el año 1981. Hasta el 2005 era preciso alegar y demostrar la existencia de una de las causas previstas legalmente. Además, para conseguirlo, se debía obtener antes una sentencia de separación. En cambio, en la actualidad quien lo desee puede solicitar directamente el divorcio.
¿Qué implica?
A diferencia de la separación, confirma la ruptura del vínculo matrimonial, la disolución del mismo. Por tanto, quienes eran cónyuges dejan de serlo y podrán casarse de nuevo con otra persona o entre sí.
El divorcio es irreversible. Por tanto, si se produce una reconciliación, deberán volver a celebrar ese trámite.
A falta de acuerdo, decide el juez.
¿Qué pasa cuando una parte no está de acuerdo? En este caso, quien desee obtenerlo habrá de recurrir a los tribunales. Una vez presentada y admitida la demanda, el juzgado dará traslado de la misma a la otra parte, que tendrá 20 días hábiles (excluidos sábados, domingos y festivos) para contestarla.
De existir menores o personas con discapacidad, también será parte del procedimiento el Ministerio Fiscal, que velará por los intereses de estos.
Posteriormente, se cita a ambos a juicio, al que deberán acudir con las pruebas de que intenten valerse. Celebrada la vista, el tribunal dictará sentencia acordando el divorcio y las medidas, de entre las solicitadas por las partes o el Ministerio Fiscal, que considere más oportunas.
A veces, la mejor manera de llegar a un pacto es presentando una demanda bien fundamentada, ya que en cualquier momento antes del dictado de la resolución las partes podrán alcanzar un acuerdo de divorcio y presentarlo al tribunal para que lo apruebe.
Entre las medidas que puede establecer la sentencia se encuentran el ejercicio de la patria potestad y el régimen de guarda y custodia de los hijos, a quién se confían los animales de compañía de la familia, el régimen de visitas y comunicación de los menores y las mascotas con el cónyuge que no convivan.
También, la atribución del uso y disfrute del domicilio familiar y vehículos, la pensión de alimentos a favor de los descendientes y la proporción en que asumirán sus gastos extraordinarios. También las cargas del matrimonio, una pensión compensatoria a favor del cónyuge al que el divorcio produzca un desequilibrio económico que implique un empeoramiento de su situación anterior en el matrimonio, indemnización por el trabajo doméstico, etc.
Cuando exista riesgo de sustracción de menores podrán adoptarse las medidas necesarias para impedirlo. Entre ellas, la prohibición de salida del territorio nacional sin autorización judicial previa, la prohibición de expedición del pasaporte al menor o su retirada si ya lo tuviera, o la necesidad de autorización judicial previa para realizar cualquier cambio de domicilio.
El divorcio es un proceso de cambio personal y familiar, no exento de dificultades, y la oportunidad de un nuevo comienzo. Para ello, es fundamental enfocarse en el bienestar de los hijos al tomar cualquier decisión.
Además, siendo un proceso jurídico complejo, resulta esencial contar con la orientación legal correcta, para la mejor defensa de los derechos en juego.