Un aire acondicionado.

Un aire acondicionado. iStock

Interiorismo

Es oficial: los inquilinos necesitan permiso del casero para instalar aire acondicionado en la vivienda

La ley establece qué puede hacer un arrendatario si quiere instalar un sistema de climatización en una vivienda alquilada.

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Una de las dudas más frecuentes cuando llega el verano en las comunidades de vecinos tiene que ver con la posibilidad por parte de los inquilinos de instalar un aire acondicionado en su vivienda si así lo considera.

Cuando el calor aprieta y se vive de alquiler, esta puede ser una opción, pero hay que tener en cuenta que puede llevar a malentendidos y desencuentros entre inquilinos y propietarios. Lo mejor en estos casos es acudir a lo que dice la ley al respecto.

En este sentido, muchos arrendatarios se preguntan si es posible exigir aire acondicionado en el piso de alquiler, y para ello tenemos que tener en cuenta la Ley de Alquiler.

Para encontrar la respuesta tenemos que acudir a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que es la que marca las obligaciones del propietario. En este caso, la legislación vigente recalca que el casero está obligado a ofrecer una vivienda habitable, no una vivienda confortable.

Esto quiere decir que el piso tiene que ser seguro, salubre y reunir unas condiciones aptas para vivir, pero no tiene por qué suponer la instalación de sistemas de climatización como el aire acondicionado.

Según la ley, este último no es un servicio básico, como sí lo son el ofrecer luz, agua o gas. Dicho de otra manera, aunque el calor pueda llegar a ser insoportable, la ley no obliga al casero a instalar aire acondicionado, salvo que se haya pactado de manera previa en el contrato.

¿Puede exigirse su instalación?

Si el contrato no lo incluye, no se puede obligar al propietario de la vivienda a instalar un sistema de aire acondicionado, por mucho que se busque una mayor comodidad a la hora de enfrentar las altas temperaturas.

Lo que queda claro de acuerdo a la legislación vigente es que no existe ninguna obligación legal que haga que el propietario tenga que colocar este tipo de sistemas de climatización en sus viviendas en alquiler.

Es diferente el caso de que haya habido un acuerdo previo entre el casero y el inquilino, ya que, si la vivienda fue alquilada con aire acondicionado incluido, el propietario sí tendrá la obligación de instalarlo y mantenerlo en buen estado, además de asumir las reparaciones necesarias por uso normal.

¿Puede instalar aire acondicionado?

Uno de los aspectos a tener claros con respecto a la instalación de aire acondicionado es que el inquilino no puede instalarlo por su cuenta, sino que la legislación vigente deja claro que se necesita permiso del casero.

No se trata de un detalle de poca importancia, ya que instalar un aparato de aire acondicionado suele suponer cambios en la fachada o modificaciones en la vivienda, y esto se puede considerar una alteración del inmueble.

Tomar la decisión propia de instalar un sistema de climatización puede atraer problemas serios, desde conflictos con el propio propietario del inmueble hasta la posible resolución del contrato.

No obstante, la Ley de Arrendamientos Urbanos contempla situaciones especiales para colectivos vulnerables, por lo que hay determinadas excepciones en las que la legislación protege a estos inquilinos.

Es el caso de las personas mayores de 70 años, así como de quienes tengan una discapacidad reconocida, puesto que en estos casos es posible solicitar adaptaciones en la vivienda, siempre y cuando las condiciones térmicas puedan suponer un riesgo para la salud.

En este tipo de situaciones es posible realizar determinadas obras interiores, siempre que se notifique por escrito al casero. Se debe ser consciente de que, al finalizar el contrato, el casero puede exigir que el inmueble vuelva a su estado original, por lo que podría tener que quitar el sistema de aire acondicionado.

Aire acondicionado en pisos de alquiler

Aunque la ley no obliga al propietario a la instalación de aire acondicionado, la realidad del mercado inmobiliario es diferente, y en muchos de los casos la solución está en la propia conversación previa al cierre del acuerdo de alquiler.

Esto supone que sea recomendable negociar antes de firmar el contrato. En algunos casos, la vía para que el arrendatario pueda disfrutar de aire acondicionado en su vivienda de alquiler supone poder llegar a acuerdos intermedios, como pactar mejoras en el inmueble o cofinanciar su instalación.

De hecho, puede llegar a ser recomendable llegar a un acuerdo de este tipo, dado que contar con un sistema de climatización puede ayudar a mejorar el confort en el interior de la vivienda de alquiler, con la ventaja que ello supone para el inquilino.

Un inquilino cómodo vivirá mejor, pero al mismo tiempo es habitual que se preocupe más en cuidar bien del piso, por lo que beneficia a ambas partes. Además, la inversión en este tipo de equipos hace que se revalorice el inmueble en el mercado.

El aire acondicionado en un alquiler, por lo tanto, no es un derecho en España para el inquilino, ya que, aunque la normativa sí insiste en diferentes aspectos relacionados con garantizar la habitabilidad del inmueble, no así con otros aspectos relacionados con el confort en la vivienda.

Más allá de ello, todo dependerá del contrato y el acuerdo al que puedan llegar casero e inquilino, por lo que la capacidad de negociación entre ambos será clave a la hora de instalar este tipo de sistemas. En un momento en el que los veranos son cada vez más cálidos, estos acuerdos son muy importantes.