Una terraza de una vivienda.

Una terraza de una vivienda.

Interiorismo

Los administradores de fincas lo confirman: "La terraza no pertenece íntegramente al propietario”

Por qué una terraza privativa sigue siendo, en parte, un elemento común según la Ley de Propiedad Horizontal.

Más información: La ley lo confirma: los vecinos pueden denunciar y llevar a juicio al propietario que haga obras sin autorización

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Aunque muchos propietarios creen que una terraza privativa es de su propiedad absoluta, los administradores de fincas aclaran que no siempre es así.

El uso exclusivo no implica titularidad completa, ya que varios de sus componentes forman parte del edificio compartido por todos los vecinos.

Esta confusión frecuente puede derivar en conflictos sobre qué se puede modificar, quién paga reparaciones o si se puede cerrar la terraza sin consultar a la comunidad de propietarios.

En consecuencia, es necesario explicar qué elementos pertenecen realmente al propietario y cuáles siguen siendo comunes, basándonos en expertos y en la normativa vigente como el Código Civil y la Ley de Propiedad Horizontal.

Un espacio que tenga acceso directo desde una vivienda y esté indicado como "privativo" en la escritura o estatutos permite que el propietario lo utilice de forma exclusiva, pero esto no significa que todo lo que contiene sea suyo.

Según administradores de fincas, elementos como el suelo, fachada o canalizaciones de desagüe siguen siendo comunes porque forman parte de la estructura del edificio y se regulan como tales en el artículo 396 del Código Civil.

Esto significa que, aunque el propietario tenga derecho de uso o disfrute exclusivo, no puede disponer de esos componentes como si fueran solo suyos, y cualquier modificación suele requerir la aprobación de la comunidad.

El artículo 396 del Código Civil enumera muchos de los elementos que son comunes por naturaleza, incluidos partes importantes de una terraza, como el suelo, vuelos, cimentación y canalizaciones de desagüe.

Aunque estos espacios se utilicen de manera exclusiva, su titularidad no se transfiere por completo al propietario del piso y siguen siendo parte de los elementos comunes del edificio.

Esto tiene implicaciones legales: por ejemplo, si hay filtraciones que afectan a la estructura o está el sistema de impermeabilización bajo el pavimento, la comunidad de propietarios normalmente debe asumir la reparación.

Aunque la terraza prive a su dueño de compartirla con otros vecinos, eso no elimina las normas comunitarias que regulan su uso y mantenimiento.

El propietario con uso privativo debe encargarse del mantenimiento ordinario del espacio (como limpieza, mobiliario o conservación superficial) pero la comunidad puede ser responsable de reparaciones estructurales o que afectan a la integridad del edificio.

Además, cualquier modificación significativa, como cerramientos o cambios en la configuración exterior, normalmente requiere autorización de la junta de propietarios y, a veces, permisos municipales.

¿Qué ocurre si quiero hacer reformas en mi terraza?

Uno de los errores más comunes es pensar que si una terraza es de uso exclusivo, el propietario puede hacer obras o reformas sin consultar a la comunidad.

Sin embargo, la Ley de Propiedad Horizontal exige que cualquier modificación que afecte a la estructura, seguridad o configuración exterior del edificio cuente con el consentimiento de los demás propietarios.

Por ejemplo, instalar un cerramiento definitivo, cambiar barandillas o alterar la impermeabilización suele requerir acuerdos en junta y puede necesitar mayorías específicas según la envergadura del cambio.

En consecuencia, antes de hacer reformas o confrontar a la comunidad, es esencial conocer la normativa vigente y consultar los documentos de la comunidad para evitar problemas y asegurar la convivencia armoniosa.