María Jesús Montero, Miembro del Congreso de los Diputados de España.

María Jesús Montero, Miembro del Congreso de los Diputados de España. Imagen de archivo

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Es oficial: Hacienda endurece el alquiler de habitaciones y sancionará a quienes no lo declaren en la Renta

Alquilar una habitación puede salir caro si no lo declaras porque Hacienda refuerza el control y vigilará estos ingresos en la próxima Renta.

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La situación del mercado inmobiliario en España es tremendamente difícil para gran parte de los ciudadanos, especialmente en el caso de los más jóvenes, que se encuentran con cada vez más dificultades para poder acceder a una vivienda por el elevado coste de estas.

Ante la imposibilidad económica de acceder a la compra o alquiler de determinados inmuebles, hay quienes deciden alquilar una habitación para poder residir en el lugar que desean sin tener que desembolsar cada mes una cantidad de dinero que no se pueden permitir.

Esta demanda creciente en el alquiler de habitaciones ha llevado a muchos propietarios a encontrar una buena manera de generar ingresos adicionales arrendando aquellas estancias que no utilizan. Sin embargo, deben tener claro que deben actuar de la forma correcta para evitar una sanción por parte de Hacienda.

La Agencia Tributaria ha decidido endurecer el alquiler de habitaciones y sancionará a quienes no lo declaren en la Renta, pues el organismo deja claro que cualquier persona que decida alquilar una habitación de su hogar deberá ponerlo en su conocimiento.

Si no se declaran de una manera adecuada, el hecho de no declarar este alquiler puede llevar a perder importantes ventajas fiscales, entre las que destaca la reducción del 50% sobre el rendimiento neto. Además, puede dar lugar a diferentes regularizaciones, recargos y sanciones económicas.

En este sentido, conviene aclarar que los ingresos recibidos por el alquiler de una habitación tributan como rendimientos del capital inmobiliario, salvo que haya una persona contratada a jornada completa que se encargue de la gestión del arrendamiento en el inmueble, pues en ese caso se trataría de una actividad económica.

Las habitaciones en las que se realicen servicios semejantes a los de un hotel u otro tipo de alojamiento, como la preparación de comida, limpieza periódica o cambio de la ropa de cama, el ingreso será considerado un rendimiento de actividad económica, y no será posible aplicar deducciones de alquiler de vivienda.

Beneficios fiscales por el alquiler de habitaciones

La Dirección General de Tributos, órgano directivo del Ministerio de Hacienda español, ha confirmado la posibilidad de aplicar una reducción del 50% sobre el rendimiento neto positivo cuando se arrienden habitaciones destinadas a vivienda habitual y permanente del inquilino.

En el caso de que no sea así, y que el fin del alquiler sea el de un arrendamiento por temporadas o de uso turístico, tan populares en España a lo largo de los últimos años, no será posible aplicar dicha reducción.

Este mecanismo permite que, si el beneficio que queda del alquiler una vez restados los gastos deducibles (seguros, cuota de la comunidad, intereses…) a los ingresos brutos supone un resultado mayor que cero, sobre esta cifra se aplican reducciones del 50% por alquiler de vivienda habitual.

Para que pueda aplicarse, será necesaria su correspondiente acreditación, para lo cual se requiere de un contrato mínimo anual y de que el inquilino se encuentre debidamente empadronado en el inmueble.

En cuanto a los gastos deducibles, se incluyen los gastos generales de la vivienda, como el seguro, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), los gastos de la comunidad de vecinos, intereses de hipotecas…, que podrán ser deducidos de forma proporcional a la superficie alquilada, incluyendo las zonas comunes.

Para hacer el cálculo, se deberán tener en consideración los metros alquilados, contemplando tanto la habitación arrendada como las zonas comunes, para luego dividirse entre los metros totales del inmueble para aplicar este porcentaje a los gastos generales.

Todo ello significa que la deducción del 100% de estos gastos al alquilar una habitación se trata de una deducción indebida, y esto supone la posibilidad de ser sancionado por parte de Hacienda.

Cómo declarar el alquiler de habitaciones en la Renta

A la hora de gestionar este tipo de alquiler, es recomendable que los propietarios de estas viviendas lleven un registro de ingresos y gastos relacionados con el alquiler de las habitaciones. De esta forma, se pueden justificar las deducciones a aplicar en la declaración de la Renta.

Si bien es cierto que no es obligatorio, sí es aconsejable formalizar un contrato de alquiler para evitar posibles malentendidos con los inquilinos y tener un respaldo legal en caso de que llegue a producirse algún tipo de disputa.

Gracias a este contrato, es posible que se dejen claramente reflejadas por escrito algunas cuestiones como el precio del alquiler, la duración del contrato, los gastos que se encuentran incluidos y cuáles no, las condiciones de uso de las zonas comunes y otras normas de convivencia.

Por otro lado, se debe tener en cuenta que hay que revisar la normativa vigente en tu comunidad autónoma. En algunas regiones han entrado en vigor nuevas leyes para regular los alquileres temporales y por habitaciones.

Estas nuevas normativas ofrecen mayor protección para los inquilinos, de forma que, si el uso de la habitación o la vivienda es temporal, el contrato tiene consideración de vivienda habitual, por lo que se aplican límites de precio, fianza regulada y las garantías establecidas por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

En cualquiera de los casos, para evitar cualquier tipo de problema y resolver dudas sobre cómo declarar el alquiler de habitaciones en la vivienda habitual, es aconsejable consultar con un asesor fiscal. Este profesional puede orientar al propietario para poder alquilar las habitaciones de la mejor forma posible y aprovechándose al máximo de las deducciones fiscales disponibles.