María Jesús Montero, ministra de Hacienda.

María Jesús Montero, ministra de Hacienda. Imagen de archivo

Estilo de vida

Ya es oficial: puedes deducirte hasta 300 euros en la Renta si vas al gimnasio en estas comunidades de España

Ir al gimnasio también puede aliviar la factura fiscal. Algunas comunidades permiten deducir parte del gasto deportivo en la Renta de 2026.

Más información: Hacienda avisa a los españoles: ya hay fecha para hacer la declaración de la Renta durante 2026 en España

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El próximo 8 de abril dará comienzo una nueva campaña de la declaración de la Renta, la cual se prolongará hasta el 30 de junio de 2026, siendo un periodo en el que los contribuyentes deberán rendir cuentas con Hacienda.

A la hora de afrontar este trámite obligatorio para la gran mayoría de los ciudadanos, es importante tratar de aliviar la carga fiscal todo lo posible y para ello se puede acceder a una serie de deducciones estatales y autonómicas.

De ellas se podrán beneficiar todas aquellas personas que cumplan con los requisitos exigidos en cada caso, y que pueden variar, así como su cuantía y la posibilidad de acceder a la misma en función de la comunidad en la que se resida.

En este sentido, la Agencia Tributaria ha confirmado que existe la posibilidad de deducir hasta 300 euros si vas al gimnasio en la Comunidad Valenciana, La Rioja y Andalucía. Al tratarse de una deducción de carácter autonómico, solo la pueden aplicar quienes tributan en estas regiones.

Deducciones de hasta 300 euros en la Renta

En la Comunidad Valenciana, aquellas personas que así lo deseen, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos, tendrán la posibilidad de deducir hasta el 30% de los gastos relacionados con la práctica deportiva y otras actividades saludables.

Sin embargo, este porcentaje puede aumentar hasta alcanzar el 50% en el caso de que el declarante tenga más de 65 años, y llegar al 100% para mayores de 75 años. En cualquier caso, el límite de la deducción en el IRPF en la comunidad está cifrado en 150 euros por contribuyente.

Aquellos ciudadanos valencianos que quieran beneficiarse de esta deducción deben tener en cuenta que la suma de la base liquidable general y de ahorro no puede superar los 32.000 euros en tributación individual ni los 48.000 euros de forma conjunta.

Por otro lado, el pago debe haber sido realizado con tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria o bien con un cheque nominativo, de forma que sea posible justificar los gastos deportivos mediante factura. No podrán beneficiarse de la deducción aquellos que hayan pagado la cuota del gimnasio en efectivo, pues no se puede rastrear.

Por su parte, los contribuyentes de La Rioja podrán disfrutar de una deducción del 30%, o bien del 100% en el caso de los mayores de 65 años, por acudir al gimnasio u otras actividades deportivas similares. En este caso, se pueden deducir hasta 300 euros anuales.

A la Comunidad Valenciana y La Rioja se suma una tercera comunidad autónoma que premiará con una bonificación fiscal a quienes sean socios de un gimnasio o un club deportivo, y lo hará incluyendo una deducción del 15% sobre el gasto deportivo, estableciendo en este caso un límite de 100 euros por contribuyente.

Requisitos para la deducción por ir al gimnasio

Para poder aplicar la deducción autonómica que reduce la carga fiscal por acudir al gimnasio o club deportivo, se debe cumplir con una serie de requisitos clave, que son los siguientes:

  • Factura nominativa: Es imprescindible que se pueda demostrar el gasto, y es por ello por lo que se debe disponer de una factura nominativa que sea emitida por parte del gimnasio o centro deportivo.
  • Método de pago: El pago del servicio deberá haber sido realizado por un medio bancario, ya sea con tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria o domiciliación. De esta manera, será posible demostrar que se ha pagado por el servicio.
  • Límites de base: Es necesario cumplir con los límites de base imponible que establezca cada comunidad autónoma para poder acceder a la misma y reducir así la carga fiscal en la Renta.

Asimismo, la deducción se debe consignar de manera correcta en el apartado que corresponda en las deducciones autonómicas en Renta Web.

Nos encontramos de esta forma ante una deducción que es muy interesante y que muchos pasan por alto, teniendo en cuenta que puede suponer cierto alivio a la hora de afrontar los gastos derivados de acudir al gimnasio, pues se reduce la presión fiscal gracias a ella.

¿Cuándo se podrá realizar la declaración de la Renta?

Cada año millones de contribuyentes deben ponerse al día con Hacienda presentando sus declaraciones de IRPF y Patrimonio durante la campaña de la Renta. En el presente año 2026, las declaraciones del ejercicio fiscal de 2025 se podrán presentar a partir del 8 de abril, seis días más tarde que en la campaña anterior, que arrancó el 2 de abril, y hasta el 30 de junio.

Desde esa fecha, los contribuyentes podrán presentar su declaración exclusivamente a través de internet, ya sea mediante Renta Web o la app móvil, y debiendo usar DNI electrónico, certificado digital, Cl@ve PIN o número de referencia.

La segunda fase dará comienzo el 6 de mayo, cuando se habilitará la posibilidad de presentar la declaración de la Renta por teléfono, para lo que será necesario solicitar cita previa. Las solicitudes para este servicio se podrán realizar entre el 29 de abril y el 29 de junio, un día antes del cierre de la campaña.

Por su parte, la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria dará comienzo el 1 de junio, y al igual que en el caso de la opción telefónica, será necesario pedir cita previa, en este caso entre el 29 de mayo y el 29 de junio.