Un piso en alquiler.

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Estilo de vida

Entra en vigor: los españoles que vivan en alquiler podrán recibir una ayuda de 525 €, si cobran una pensión

En España, las pensiones no contributivas siguen afectando principalmente a las mujeres, que pueden cobrar hasta 500 € menos al mes en sus pensiones.

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El constante encarecimiento de la vivienda en España, unido a la presión de la inflación y a unas pensiones que en muchos casos apenas alcanzan para cubrir los gastos básicos, está poniendo contra las cuerdas a miles de mayores con menos recursos.

Un escenario en el que las mujeres pensionistas son a menudo las más perjudicadas. Muestra de ello es que perciben las pensiones más bajas —hasta 500 euros menos al mes— y dependen en mayor medida de prestaciones no contributivas.

En este contexto, cada vez más jubiladas y jubilados se enfrentan a una situación asfixiante en la que se combina un precio del alquiler que no deja de subir y unos ingresos que se mantienen en niveles muy ajustados, en muchos casos incluso en torno a los 600 euros mensuales.

Sin embargo, existe una ayuda poco conocida y dirigida a quienes reciben pensiones no contributivas y viven de alquiler en España. Un complemento anual de 525 euros gestionado por el IMSERSO cuyo objetivo es aliviar esa carga del alquiler y ofrecer un pequeño respiro a los mayores o a quienes reciben una pensión no contributiva de invalidez.

Precisamente para esas personas que cuentan con menos recursos y especialmente para muchas mujeres jubiladas que sostienen su día a día con ingresos muy limitados, existe este complemento regulado por el Real Decreto 1191/2012 que sigue vigente este 2026 dentro del sistema de pensiones no contributivas y tras las últimas revalorizaciones aprobadas por el Gobierno.

Quiénes pueden recibir esta ayuda

Este complemento está dirigido a personas que perciben una pensión no contributiva, ya sea de jubilación o invalidez y que no disponen de vivienda en propiedad. Además, es imprescindible residir en régimen de alquiler en su vivienda habitual.

Para poder solicitarlo, el contrato de arrendamiento debe estar a nombre del beneficiario y es necesario haber vivido en ese domicilio "al menos seis meses", con un contrato vigente de un año o más, como cuenta el experto en finanzas José Luis Rodríguez Simón. También se exige que el propietario de la vivienda no tenga vínculo familiar directo —ni pareja ni parientes hasta tercer grado—, con el fin de evitar posibles fraudes.

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En aquellos hogares donde conviven varias personas con pensión no contributiva, la ayuda solo se concede a una de ellas, normalmente a quien figure como titular del alquiler.

Por el contrario, quedan fuera de este complemento quienes reciben una pensión contributiva, tienen una vivienda en propiedad, viven en un inmueble de un familiar cercano o no aparecen como titulares en el contrato de arrendamiento.

Cómo solicitar el complemento de 525 euros

La gestión de esta ayuda de 525 euros, que se puede recibir en un pago único anual o prorrateado (unos 43,75 euros al mes), depende de los servicios sociales de cada comunidad autónoma, que son los organismos encargados de tramitar las pensiones no contributivas. La solicitud puede hacerse de forma presencial o a través de la sede electrónica habilitada en cada territorio.

Para completar el trámite, es habitual que se pida una serie de documentos básicos como: el documento de identidad en vigor, un justificante de la pensión no contributiva que se percibe, el contrato de alquiler y algún comprobante que demuestre que esa vivienda es la residencia habitual.