Mujer revisando papeles.

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Estilo de vida

Es oficial: los herederos pueden cobrar el complemento por maternidad aunque no se haya reclamado en vida

El Tribunal Superior de Justicia reconoce el derecho de los herederos a cobrar el complemento de maternidad, aunque no se hubiese disfrutado.

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia que puede marcar un antes y un después para miles de familias en España. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha reconocido que los herederos de un pensionista fallecido tienen derecho a percibir el complemento de maternidad, incluso aunque el causante no lo solicitara en vida.

La resolución parte de un caso concreto, pero su alcance puede extenderse a muchas otras situaciones similares en otras familias. En el procedimiento analizado, las herederas reclamaban el abono del complemento que correspondía al jubilado y que no había sido disfrutado, desde el momento en el que se reconoció la pensión hasta la fecha de su fallecimiento.

El tribunal les ha dado la razón y ha reconocido su derecho a recuperar 4.439 euros, una cantidad equivalente al 5 % de la pensión durante ese periodo, además de imponer las costas del procedimiento a la Administración.

La clave jurídica del fallo reside en la naturaleza del propio complemento. La Administración había rechazado la reclamación al considerar que, si el pensionista no lo solicitó en vida, no existía un derecho consolidado que pudiera transmitirse a sus herederos.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid rechazó este argumento y subrayó que el complemento de maternidad no constituye "una prestación autónoma ni un derecho personalísimo, sino un elemento accesorio integrado en la propia pensión desde el momento en que ésta se reconoce".

Esta interpretación implica que el derecho nace con el reconocimiento de la pensión y no depende de que el beneficiario lo hubiera reclamado expresamente. Por tanto, si ese complemento formaba parte de la pensión desde su origen, las cantidades generadas y no percibidas pasan a integrar la herencia pudiendo ser reclamadas por la viuda o los hijos del fallecido.

La sentencia no solo resuelve un conflicto individual, sino que abre la puerta a nuevas reclamaciones. Especialmente relevante es el caso de pensionistas varones que no solicitaron el complemento tras las resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo que extendieron este derecho.

Desde el despacho Unive Abogados aconsejan a los herederos que se encuentren en esta situación que actúen con rapidez. Según advierten, es importante no demorarse en estos trámites para su solicitud, ya que "el transcurso del tiempo puede suponer la pérdida del derecho a reclamar el complemento de maternidad y que la acción prescriba". Una recomendación clave en un escenario en el que el paso del tiempo puede ser determinante para recuperar estas cantidades.