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Está en vigor: prohibido aparcar coche y moto en la misma plaza sin este requisito, según la Ley de Propiedad Horizontal

El dueño de un estacionamiento puede perder el derecho a su uso por un periodo de hasta tres años.

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La masificación de vehículos en las ciudades hace que muchos pasen largas horas buscando aparcamiento, por esta razón, aquellos que cuentan con un espacio en su propia comunidad se consolidan como unos afortunados, aunque no todo es positivo.

Múltiples conductores disponen de dos medios de transporte y, con el objetivo de ahorrarse unos euros utilizan su plaza de garaje para guardar ambos. Sin embargo no todos conocen los requisitos que deben seguir para cumplir con las normas.

Según la ley de propiedad horizontal, todo usuario debe encajar los vehículos en su espacio, sin que ninguno de estos pueda rebasar las líneas ni un centímetro.

Coches en un aparcamiento subterráneo.

Coches en un aparcamiento subterráneo. Istock

Si no se cumple este requisito, se está haciendo un uso inadecuado obstaculizando las zonas de paso y maniobra. A su vez, si en un estatuto se ha fijado que no se pueda estacionar más de un vehículo por plaza, hacerlo estará prohibido legalmente.

Según la ley aquel conductor que haya superado los límites y que no recule puede ser denunciado con una previa autorización de la junta, llegando así a un juicio ordinario. Aunque para ello será imprescindible contar con pruebas que acrediten la situación.

Antes de tomar medidas legales el presidente de la comunidad debe alertar al infractor para darle la posibilidad de cesar esas actividades.

Con ello, un juez puede dictar sentencia obligando al infractor a pagar una indemnización de daños y perjuicios, e incluso privarle su derecho al uso de la plaza por un periodo de hasta tres años.

Además la propia comunidad puede establecer normas concretas de convivencia y utilización de los servicios comunes, para modificar un requisito se necesita una mayoría.

Por otro lado si alguno de los vehículos es electrificado la ley es más permisiva para las modificaciones, ya que para la instalación de un punto de recarga tan solo se necesitará haberlo comunicado previamente.

Asumiendo su propietario en particular todo el coste del proceso de la obra y el consumo del dispositivo. Si en algún momento no se abona alguna de las cuotas, el infractor podrá continuar asistiendo a las juntas pero perderá automáticamente su derecho al voto.

Esta condición permanecerá hasta que se abone la deuda; si no se hace y se vende la plaza, toda la cuantía a deber pasará a cargo del nuevo comprador con la carga en curso y la de los tres años anteriores, respondiendo con ello con el inmueble adquirido.