Un perrito bulldog con un impermeable amarillo.

Un perrito bulldog con un impermeable amarillo. istock

Mascotario

Entró en vigor: la Ley de Bienestar Animal incluye estas nuevas razas de perro como potencialmente peligrosos

La norma mantiene sus propios listados ampliados incorporando a razas como el Dóberman, el Bullmastiff, el Presa Canario o el Dogo de Burdeos

Más información: Ya ha entrado en vigor: la Ley de Bienestar animal prohíbe llevar a tu perro a marchas masivas con muchos ruidos

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Pese a los anuncios sobre un test de sociabilidad que evaluaría al animal de forma individual, la normativa específica sobre Perros Potencialmente Peligrosos sigue plenamente activa con todas sus licencias, bozales y multas.

Cuando se redactaron los primeros borradores de la Ley 7/2023 de Bienestar Animal, uno de los titulares más celebrados por colectivos y tutores fue el inminente fin del catálogo de Perros Potencialmente Peligrosos (PPP).

La promesa inicial pasaba por sustituir el criterio puramente racial o morfológico por un test de sociabilidad individualizado, juzgando la conducta real de cada perro y no la forma de su mandíbula o el peso de su tórax.

Sin embargo, la realidad normativa ha tomado un camino muy distinto y el esperado cambio de modelo no ha llegado a materializarse en el día a día de las calles españolas.

Al no haberse derogado la Ley 50/1999 ni modificado el Real Decreto 287/2002 que regula esta materia, el marco legal que pesa sobre estas razas continúa plenamente activo.

Para miles de tutores de perros clasificados bajo esta etiqueta, las reglas del juego en la vía pública no han cambiado un solo ápice.

La lista de razas señaladas no se mueve

El catálogo estatal de razas consideradas potencialmente peligrosas sigue incluyendo al Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu, así como a todos sus cruces de primera generación.

A esta relación básica hay que añadir las normativas específicas de las distintas comunidades autónomas, que mantienen sus propios listados ampliados incorporando a razas como el Dóberman, el Bullmastiff, el Presa Canario o el Dogo de Burdeos.

Asimismo, los inspectores y autoridades locales siguen aplicando el criterio morfológico general: si un perro no inscrito en la lista supera los 20 kilos, tiene masa muscular marcada, cabeza voluminosa o cuello ancho, la policía puede requerir al tutor el cumplimiento de las obligaciones PPP.

Licencia administrativa, bozal y un solo perro por paseo

Las obligaciones de manejo en el espacio público continúan siendo innegociables para quienes conviven con uno de estos animales.

La rutina diaria exige una serie de trámites y cautelas que el resto de tutores no necesita llevar a cabo:

  • Licencia municipal en regla: es obligatorio renovar la licencia personal concedida por el ayuntamiento, la cual exige la superación de pruebas de aptitud psicofísica y la presentación de un certificado negativo de antecedentes penales.
  • Correa corta y bozal permanente: los perros PPP no se benefician de los horarios para ir sueltos en los parques urbanos. Deben circular en todo momento equipados con un bozal homologado y atados con una correa fija no extensible de menos de dos metros de longitud.
  • Prohibición de paseos múltiples: la normativa impide de forma taxativa que una sola persona pasee a dos perros clasificados como PPP al mismo tiempo por la vía pública.

El único cambio directo que ha introducido el marco general de bienestar animal sobre estos ejemplares atañe a su reproducción.

La norma prohíbe de forma explícita utilizar como reproductores a perros etiquetados como potencialmente peligrosos, limitando de forma drástica la cría a centros y criadores oficiales debidamente inscritos en los registros oficiales.

A pesar de las expectativas generadas en torno a una evaluación basada en la educación y el carácter del animal, el marco legal español mantiene intacto su catálogo de razas.

En la práctica, disponer de la licencia, portar el bozal y mantener la correa corta siguen siendo exigencias ineludibles para evitar sanciones económicas que pueden superar con facilidad los 3.000 euros.