Un perro y un gato en el sofá.

Un perro y un gato en el sofá. Istock

Mascotario

Confirmado por Hacienda: una nueva deducción permite desgravar el 30 % de los gastos veterinarios de tu mascota

Con un máximo de 100 euros anuales para cada contribuyente, esta medida promueve la adopción de animales de compañía y facilita sus cuidados.

Más información: Entre 10.001 y 50.000 euros de multa por no poner microchip a tu gato: la ley no permite que haya animales desprotegidos

Publicada

La Junta de Andalucía acaba de aprobar una nueva deducción autonómica que facilitará la vida a muchos dueños de mascotas. Tener un animal de compañía implica asumir un gasto fijo en vacunas, revisiones, tratamientos y posibles urgencias veterinarias.

Hasta ahora, todo esto no tenía ningún reflejo en la declaración de la renta, pero las cosas han cambiado. En Andalucía se ha estrenado una nueva deducción pionera en el IRPF para facilitar el cuidado de las mascotas.

Consultas veterinarias, vacunas obligatorias, tratamientos médicos, intervenciones quirúrgicas necesarias… todos los gastos veterinarios esenciales pasan a tener reconocimiento fiscal y se integran en el paquete de rebajas autonómicas.

Esta nueva normativa no es solo una ayuda para cuidar de los animales, sino también un paso más para reconocer el papel que juegan en la vida cotidiana de las personas.

El 30%

La medida sitúa a Andalucía entre las primeras comunidades que incorporan de forma expresa el cuidado veterinario de los animales de compañía a su normativa tributaria propia.

La nueva deducción permite desgravar el 30% de los gastos veterinarios pagados en el año, con un máximo de 100 euros anuales por contribuyente. Se aplica solo en la parte autonómica del impuesto y únicamente para contribuyentes con residencia fiscal en Andalucía.

Se incluye en la Ley 8/2025, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2026, y entra en vigor el 1 de enero de este año. Sin embargo, los medios andaluces explican que se aplicará por primera vez en la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2026, que se presenta en 2027.

No es una deducción estatal general aprobada por la Agencia Tributaria para toda España. Está regulada por la Junta de Andalucía a través de sus Presupuestos y su propia Hacienda autonómica.

Adoptar en vez de comprar

Para acceder a esta deducción, es necesario que el animal sea de compañía o de asistencia, conforme a la normativa andaluza y de protección animal. Perros, gatos y especies domésticas habituales entran dentro de esta categoría, con ligeros matices.

Para los animales comprados, la deducción se puede aplicar, con carácter general, solo durante el primer año desde la adquisición. En cambio, para los animales adoptados de protectoras o centros de acogida, se puede aplicar durante tres ejercicios consecutivos tras la adopción.

Esta medida anima a que la gente adopte animales en lugar de comprarlos, dando visibilidad a un mundo precario que necesita la ayuda de todos. Los perros guía, de asistencia o con funciones terapéuticas pueden generar la deducción sin límite temporal mientras mantengan su función y estén correctamente registrados.

Los animales de granja, aunque convivan en un entorno familiar, no tienen esta consideración a efectos fiscales, y algunas especies exóticas podrían quedar fuera si no cumplen los requisitos de identificación y registro exigidos. Sin embargo, es importante saber que todos deben estar identificados con microchip y registrados en el Registro Andaluz de Identificación Animal (RAIA).

Abril y junio de 2027

Para que sean deducibles, todos los gastos que se presenten tienen que estar justificados con factura oficial emitida por un centro veterinario autorizado, a nombre del contribuyente. La primera campaña de la Renta en la que se podrá aplicar se presentará previsiblemente entre abril y junio de 2027.

Desde el 1 de enero de 2026, los contribuyentes andaluces que reúnan los requisitos deberán guardar ordenadamente todas las facturas veterinarias para incluirlas después en su declaración anual.

Un beneficio selectivo

También hay que tener en cuenta que la Junta pone un "tope" de ingresos: si ganas por encima de ciertos niveles de base imponible (la suma de las bases general y del ahorro), ya no puedes usar la deducción.

La idea es que el beneficio llegue sobre todo a personas y familias de nivel medio, y no a quienes tienen ingresos muy altos. Se trata de un beneficio selectivo porque ayuda según el nivel de ingresos y solo si se cumplen todos los requisitos formales.

Al dejar fuera a las rentas altas y exigir condiciones estrictas, la Junta limita cuánta gente puede usar la deducción y, por tanto, cuánto dinero deja de recaudar.