Yolanda Díaz, Ministra de Trabajo y Economía Social de España.
Confirmado por ley: el trabajador tiene derecho a un permiso pagado para mudarse de casa
Este beneficio está recogido en el artículo 37.3.c) del Estatuto de los Trabajadores.
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Cambiar de domicilio implica cajas, gestiones en el ayuntamiento, cambios de suministros y, casi siempre, algún imprevisto de última hora. Lo que muchos trabajadores no saben es que, mientras hacen frente a todo eso, tienen derecho a un día de permiso retribuido sin que la empresa pueda negárselo.
El derecho está recogido en el artículo 37.3.c) del Estatuto de los Trabajadores, que reconoce que la persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración por traslado de su domicilio habitual, durante un día.
No es una concesión que dependa de la buena voluntad de la empresa, es un mínimo legal aplicable a cualquier trabajador por cuenta ajena, sea cual sea su sector o comunidad autónoma.
Ese día se considera como tiempo de trabajo efectivo, por tanto, la empresa no puede descontarlo del salario, no puede convertirlo en un día de vacaciones y no puede exigir que se recupere echando horas extra otro día.
El permiso no es automático, pero tampoco tiene requisitos complicados. La ley pide dos cosas:
-Avisar con antelación. No hay un plazo fijado por norma, aunque lo habitual y recomendable es comunicarlo con al menos 15 días de margen, salvo mudanzas urgentes.
-Justificar el cambio de domicilio. La empresa puede pedir un documento que acredite el traslado, como el certificado de empadronamiento, el contrato de alquiler o las escrituras de la vivienda.
El permiso solo aplica cuando se trata del domicilio habitual, no de una segunda residencia ni de un cambio temporal por obras o una avería en casa.
Y debe disfrutarse en un día laborable coincidiendo con la mudanza; si el traslado se hace en fin de semana y el trabajador no trabaja esos días, no puede reclamar el lunes libre como compensación.
Si se cumplen los requisitos, la empresa está obligada a concederlo. No puede alegar falta de personal ni poner condiciones adicionales. En caso de negativa, el trabajador puede dejar constancia por escrito de la respuesta y presentar una reclamación ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Un día puede resultar insuficiente para una mudanza complicada, y de eso son conscientes también los convenios colectivos.
En sectores como la hostelería o la construcción, no es raro encontrar convenios que reconocen dos días de permiso retribuido por cambio de domicilio, y en algunas comunidades autónomas ciertos convenios sectoriales llegan a ampliar el permiso hasta cuatro días cuando el traslado implica cambiar de municipio o de comunidad autónoma.
Por eso, antes de solicitarlo, conviene revisar el convenio aplicable en la empresa: puede que el derecho real vaya más allá del mínimo que marca el Estatuto.