Imagen de un 'tuk-tuk' junto al Centro Pompidou de Málaga.

Imagen de un 'tuk-tuk' junto al Centro Pompidou de Málaga. Turismointeriordemalaga

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Adiós a los tuk-tuk sin límites en Málaga: tendrán GPS, no captarán turistas en la calle y multas de hasta 3.000 euros

La norma abre la puerta a limitar el número de vehículos y a vetar su presencia en zonas peatonales o espacios patrimoniales sensibles. Busca evitar que funcionen como taxis encubiertos.

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Las claves

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Málaga regulará los vehículos turísticos como tuk-tuks, autobuses y trenes turísticos, exigiendo autorización municipal y controlando rutas, horarios y puntos de recogida.

La nueva normativa obligará a instalar sistemas de geolocalización en estos vehículos para verificar recorridos, horarios y asegurar que mantienen su carácter turístico.

Quedará prohibida la captación de turistas en la calle y el uso de taxímetros, debiendo aplicar tarifas fijas y recogidas solo en puntos autorizados.

Las infracciones graves, como operar sin permiso o manipular sistemas de control, podrán ser sancionadas con multas de hasta 3.000 euros.

Málaga prepara un nuevo marco para ordenar la actividad de los vehículos turísticos que circulan por la ciudad.

El Anteproyecto de la Ordenanza del Servicio del Taxi y de Transportes Turísticos Urbanos, que acaba de ser abierto a audiencia pública hasta el 16 de septiembre, introduce por primera vez una regulación específica para los conocidos como tuk-tuk, los autobuses turísticos, los trenes turísticos y otros vehículos destinados a realizar recorridos con finalidad turística.

El Ayuntamiento plantea un sistema de autorización municipal que permitirá controlar no solo quién puede operar, sino también cómo y por dónde podrán hacerlo estos servicios.

La norma atribuye al Consistorio capacidad para fijar itinerarios cerrados, establecer puntos concretos de subida y bajada de pasajeros, limitar horarios y determinar el número máximo de vehículos que podrán estar en funcionamiento.

Uno de los elementos más llamativos de la nueva regulación será la obligación de instalar sistemas de geolocalización, registro y trazabilidad en todos los vehículos autorizados.

El objetivo será que el Ayuntamiento pueda comprobar durante la prestación del servicio los recorridos realizados, las paradas efectuadas, los horarios, los vehículos operativos y los puntos de recogida y bajada de usuarios.

Estos sistemas permitirán verificar que la actividad mantiene su carácter turístico y evitar que, bajo esa denominación, se presten servicios similares a los de un taxi o un transporte convencional de viajeros.

Prohibido captar clientes en la calle

La nueva ordenanza establece una frontera clara entre los transportes turísticos y el servicio de taxi. Los operadores no podrán realizar servicios punto a punto con origen y destino elegidos libremente por el usuario, ni utilizar mecanismos propios de los servicios de transporte a demanda.

Además, quedará prohibida la captación de clientes en la vía pública fuera de los puntos autorizados. Los vehículos no podrán detenerse en zonas turísticas para ofrecer sus servicios, interpelar a potenciales usuarios o permanecer estacionados con finalidad de captar pasajeros.

También se vetará el uso de taxímetros, módulos tarifarios o sistemas de asignación dinámica de servicios similares a los utilizados por el taxi o las plataformas de intermediación. Los precios deberán responder a tarifas cerradas asociadas al recorrido turístico autorizado y conocidas previamente por los usuarios.

El Ayuntamiento podrá limitar vehículos y cerrar zonas

La nueva norma abre la puerta a establecer límites al crecimiento de estas actividades. La Junta de Gobierno Local podrá aprobar restricciones cuando existan razones relacionadas con la movilidad, la seguridad vial, la capacidad del viario o la presión sobre el espacio público.

Entre los criterios que podrán justificar esas limitaciones figuran la intensidad de uso de determinadas calles, la densidad peatonal, la protección del patrimonio o la compatibilidad con otros modos de transporte.

Además, Málaga podrá declarar zonas de exclusión donde no se autoricen itinerarios, paradas o puntos de recogida, especialmente en espacios peatonales de alta intensidad de uso o entornos patrimoniales sensibles.

También podrá establecer zonas de capacidad máxima con límites al número de vehículos simultáneos, al número de recorridos diarios o a los horarios de circulación.

Control específico sobre los buses turísticos

La regulación presta especial atención a los autobuses turísticos, especialmente por su impacto sobre la movilidad urbana y su posible coincidencia con espacios utilizados por el transporte público.

Las autorizaciones deberán valorar la dimensión de los vehículos, los tiempos de parada y la posible interferencia con el servicio de autobús urbano. Los operadores tendrán que acreditar que disponen de título suficiente para utilizar paradas, marquesinas u otros elementos de dominio público vinculados al transporte.

La norma contempla la posibilidad de limitar el número de autorizaciones cuando los recursos disponibles —como paradas, espacios de espera o capacidad viaria— sean insuficientes para asumir más operadores.

Multas de hasta 3.000 euros

Las autorizaciones tendrán carácter temporal, condicionado y revisable, con un plazo máximo de vigencia de cuatro años. Su concesión no generará derecho automático a la renovación.

El incumplimiento de las nuevas obligaciones podrá acarrear sanciones de hasta 3.000 euros en los casos más graves, como operar sin autorización, prestar servicios que encubran transporte ordinario de viajeros, incumplir zonas de exclusión o manipular los sistemas de geolocalización y control.

Los operadores que ya estén desarrollando estas actividades deberán adaptarse al nuevo régimen una vez entre en vigor la ordenanza y solicitar la correspondiente autorización municipal dentro del plazo establecido.