Fachada de la sede del TSJA en Granada.

Fachada de la sede del TSJA en Granada. Europa Press

Málaga

Estampa un vaso de cristal en la cara de otra mujer en la feria de Fuengirola y es condenada a tres años de cárcel

El TSJA confirma la condena por una agresión ocurrida en septiembre de 2022 que dejó a la víctima con una cicatriz y estrés postraumático; deberá recibir 44.822 euros de indemnización.

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Agencias
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El TSJA confirma la pena de tres años de prisión para una mujer que agredió a otra con un vaso de cristal en Fuengirola.

La víctima sufrió heridas que requirieron 16 puntos de sutura, dejándole como secuelas una cicatriz y estrés postraumático.

El ataque ocurrió tras una discusión verbal originada porque la víctima estaba con la expareja de la agresora.

La condenada deberá indemnizar a la víctima con 44.822 euros y no podrá acercarse a ella durante seis años.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de tres años de prisión impuesta a una mujer por estrellar un vaso de cristal a otra en la cara en una plaza de Fuengirola (Málaga), tras desestimar el recurso presentado por la defensa de la acusada.

Así, la Audiencia de Málaga consideró probado, y ahora ratifica el alto Tribunal andaluz, que un día de septiembre de 2022, la acusada se encontraba en la puerta de un establecimiento en la plaza de los Reyes Católicos de dicha localidad, una zona que en ese momento estaba llena de gente al celebrarse la feria del caballo.

Entonces, "sin motivo aparente, pero con la intención de menoscabar su integridad física, estrelló un vaso de cristal en la cara" de otra mujer, a la que causó varias heridas, necesitando una de ellas 16 puntos de sutura y quedándole como secuela una cicatriz y estrés postraumático.

Antes del día señalado para el juicio, la acusada había consignado la cantidad total de 26.000 euros para reparar el perjuicio causado, señalaba la Audiencia de Málaga, que condenó a esta mujer como autora de un delito de lesiones, con las circunstancias que atenúa la pena de reparación parcial del daño.

Además de la pena de prisión, se le impuso el pago de una indemnización de 44.822 euros por las lesiones causadas y la prohibición de acercarse a menos de 500 metros o comunicarse con la víctima por el plazo de seis años.

Ante esta sentencia, la defensa presentó un recurso de apelación con varios argumentos que ahora han sido rechazados en su totalidad por el TSJA, que confirma todos los pronunciamientos de la resolución de la Audiencia malagueña.

Así, la Sala de apelación indica que la agresión "no resulta en modo alguno cuestionable" y explica que tuvo como origen que durante un rato antes de los hechos la víctima estaba "en compañía de su entonces pareja quien, a su vez, lo había sido con anterioridad de la acusada".

Dicha coincidencia determinó actitudes entre esta y su amiga frente a la víctima "que fueron ocasionando un creciente malestar en la denunciante y que, finalmente, ya en la puerta del establecimiento en el que habían coincidido, determinó un enfrentamiento verbal" que acabó al estrellar la acusada el vaso en la cara de la otra.

Considera el Tribunal que "quizás hubiera sido deseable una mayor riqueza descriptiva en el relato de hechos probados tendente a contextualizar lo ocurrido", pero considera que esto es algo que resulta "por completo inocuo" en cuanto a llevar la absolución y confirma la condena.