Elma Saiz y Yolanda Díaz durante la rueda de prensa del Consejo de Ministros.

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Sociedad

La Seguridad Social lo ha hecho oficial: la pensión de 2.500 euros que te paga sin importar la edad que tengas

En caso de 'Gran invalidez', el trabajador recibirá esta cuantía por parte de las arcas públicas.

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Las claves

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La Seguridad Social ofrece una pensión de incapacidad permanente que puede llegar hasta los 2.500 euros mensuales en casos de Gran Invalidez.

Esta pensión puede solicitarse a cualquier edad, siempre que se cumplan los requisitos médicos y de cotización establecidos.

El tribunal médico evalúa cada caso considerando los informes clínicos, la vida laboral y las limitaciones funcionales del solicitante.

La cuantía de la pensión varía según el grado de incapacidad: parcial, total, absoluta o gran invalidez, siendo esta última la de mayor importe.

La Seguridad Social tiene una pensión de incapacidad permanente que puede llegar hasta los 2.500 euros en caso de ‘Gran Invalidez’. Está destinada a personas que se han visto obligadas a dejar su puesto de trabajo y se puede solicitar a cualquier edad. Eso sí, hace falta cumplir ciertos requisitos médicos y de cotización establecidos en la normativa.

Este ingreso lo reciben, según los datos oficiales, más de un millón de beneficiarios al mes. No obstante, no todas las enfermedades o lesiones dan derecho automático para cobrarla. Obviamente, para cobrarla en su totalidad hace falta estar muy incapacitado.

Lo que se mide en este caso, antes de concederla, no es una patología concreta, sino el grado en el que esa dolencia te incapacita para poder desempeñar cualquier puesto de trabajo. Así, una misma enfermedad puede dar lugar a resoluciones completamente distintas.

¿Y en función de qué se toman las decisiones? No es lo mismo padecer una lesión que apenas te afecta al trabajo que otra que te impide desarrollar tus funciones con total normalidad.

Para dictaminar todo eso hay un tribunal médico, conocido como Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), encargado de analizar la situación de cada individuo.

Tribunal médico

Lo que evalúa el tribunal médico son los informes clínicos, la vida laboral y las limitaciones funcionales para ver si una persona puede seguir trabajando (o no). A partir de ahí, decide si te da un grado u otro y si cree que incapacita a la persona en su totalidad o sólo parcialmente.

Con respecto a esto siempre hay controversia, pues se han dado casos que han tenido más grado que otros con la misma enfermedad. Porque hay, sin duda, un componente interpretativo por parte de cualquier tribunal médico.

¿Cuánto se cobra?

Hay varios tipos. Para la parcial no existe una pensión mensual, sino que se trata de una indemnización de pago único equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora.

La total es de las más habituales: alcanza 1.037,73 euros al mes y permite contabilizar el empleo con otro distinto al que se estaba ejerciendo.

Las personas que reciben la absoluta no pueden trabajar. La pensión que reciben de media es de 1.520,25 euros mensuales. Esta cuantía está exenta de tributar en el IRPF.

La gran invalidez es el nivel más alto y da al trabajador 2.583,15 euros al mes. ¿El motivo? Está destinada a que la persona contrate a un tercero para que la cuide. Se da en situaciones muy graves.

En todos los casos, los expertos recomiendan preparar bien toda la documentación y aportar y acreditar en la medida de lo posible cómo la enfermedad afecta al al trabajador, que se ve incapacitado para volver a su puesto de trabajo. En caso de denegación, existe la posibilidad de presentar una reclamación y revisar el caso, lo que suele ser habitual para conseguir la incapacidad permanente.