La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Comunidad de Madrid

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Moncloa lleva a Ayuso al TC por exigir en una ley aval judicial para autorizar la eutanasia en discapacitados

El Ejecutivo central considera que la norma comunitaria recorta a estas personas el derecho a la eutanasia e invade competencias del Estado. 

9 mayo, 2023 13:41

El Gobierno de Pedro Sánchez llevará a la Comunidad de Madrid ante el Tribunal Constitucional. El Ejecutivo central considera que una ley aprobada por la administración autonómica recorta el derecho a la eutanasia de las personas con discapacidad e invade competencias exclusivas del Estado, según han confirmado a Europa Press fuentes del Ministerio de Política Territorial

La norma que Moncloa recurrirá ante el TC es la ley de creación de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad, que entró en vigor en febrero. En ella, el ejecutivo autonómico obliga a las personas con discapacidad a tener una autorización judicial para recibir la ayuda a morir, aunque hayan suscrito con anterioridad el testamento vital, el documento de instrucciones previas o de voluntades anticipadas, según ha adelantado la Cadena Ser.

Para el Gobierno central, imponer el aval de un juez es añadir un requisito adicional que vulnera la ley de eutanasia, avalada por el Tribunal Constitucional, e invade competencias exclusivas y de coordinación que corresponden al Estado.

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Según recoge la ley que será recurrida, la Agencia para el apoyo de Personas Adultas con Discapacidad (AMAPAD) se encargará de garantizar los derechos e impulsar la autonomía de las personas que requieren de acompañamiento para ejercer su capacidad jurídica y su aprobación atendió a la necesidad de adaptar la normativa reguladora de la entidad a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Nueva York de 2006 y la Ley 8/2021, de 2 de junio.

La disposición adicional segunda, "en favor del derecho reconocido de la vida de las personas con discapacidad", recoge que "cuando se pretenda llevar a cabo cualquier actuación que afecte al derecho a la vida de la persona con discapacidad a la que se haya provisto de un apoyo de carácter representativo para el ejercicio de la capacidad jurídica o se determine de manera expresa en la resolución que estableció el apoyo, se tramitará un procedimiento de jurisdicción voluntaria para la solicitud de autorización judicial".

Respuesta de Ayuso

La Comunidad de Madrid, por su parte, ha asegurado que considera "improcedente" el recurso del Gobierno ante el TC de la Ley de la creación de la AMAPAD.

Según fuentes consultadas por Madrid Total, para el Gobierno de Ayuso "la norma autonómica no interfiere en ningún caso con la ley estatal que regula la eutanasia y que especifica que este derecho es un acto estrictamente personal, en el que no es posible el consentimiento por representación ni la participación en ningún caso de la entidad que presta apoyos".

Añaden que la decisión de esta práctica es de cada persona, incluidas las personas con discapacidad sobre las que esta Agencia asume funciones representativas por orden judicial. Es decir, "estas personas no necesitan el consentimiento ni del AMAPAD ni de la autoridad judicial para ejercer su derecho a morir, ni la participación de la Agencia en ningún sentido porque existe una Ley".

Desde la Consejería de Bienestar Social explican que en su ley hay "una disposición segunda para garantizar los derechos de estas personas y someter a control la entidad que los representa con una autorización judicial en los casos que no están regulados por ley, como intervenciones quirúrgicas o tratamientos médicos no urgentes que tengan un alto riesgo".

A su juicio, esta disposición cumple con lo establecido en el Código Civil y está en perfecta sintonía con lo dispuesto en el artículo 9.6 de la Ley 41/2002, reguladora de la autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, y con el artículo 10 de la Convención de Naciones Unidas. Declaraciones que exigen a los estados parte adoptar las medidas necesarias para "garantizar el pleno goce del derecho a la vida de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que las demás".