Una mujer pasea a su hijo.

Una mujer pasea a su hijo. EFE Freepik

Madrid Total

Es oficial: la ayuda de 14.500 euros a las mujeres con hijos que se recibe a partir de la semana 21 de embarazo

La medida forma parte de la estrategia regional de apoyo a las familias y busca aliviar el impacto económico que supone tener hijos en los primeros años de crianza.

Más información: La inversión de 500.000€ para madres madrileñas con hijos menores de 6 años que llega en abril, según la Comunidad

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Las claves

La Comunidad de Madrid concede una ayuda de hasta 14.500 euros por hijo a madres jóvenes, desde la semana 21 de embarazo hasta que el menor cumple dos años.

La prestación consiste en un pago mensual de 500 euros durante un máximo de 29 meses, y se puede solicitar por cada hijo en caso de partos múltiples o adopciones.

Para acceder a la ayuda, la madre debe tener 30 años o menos, residir en Madrid al menos cinco de los últimos diez años y no superar ciertos límites de renta anual.

La ayuda es compatible con otras prestaciones públicas y se puede solicitar tanto durante el embarazo como después del nacimiento o adopción, siempre que el menor tenga menos de dos años.

La Comunidad de Madrid mantiene activo su programa de ayudas económicas a la natalidad, una prestación dirigida a madres jóvenes que puede alcanzar los 14.500 euros por hijo.

La ayuda consiste en un pago mensual de 500 euros que se abona desde el embarazo y durante los primeros años de vida del menor, siempre que se cumplan determinados requisitos de edad, renta y residencia.

La subvención se concede en un pago fijo de 500 euros mensuales. Puede empezar a recibirse a partir de la semana 21 de embarazo y se mantiene hasta que el menor cumple dos años.

Madre e hijo

Madre e hijo EE

El periodo máximo de percepción es de 29 meses. Si se cobra durante todo ese tiempo, la cuantía total puede ascender a los 14.500 euros por hijo.

La ayuda se concede por cada menor, en caso de parto múltiple o adopción de varios niños, la prestación se multiplica.

Quién puede solicitarla

El requisito fundamental es tener 30 años o menos en el momento de presentar la solicitud. Además, pueden solicitarla tres perfiles concretos: mujeres embarazadas a partir de la semana 21 de gestación, madres con hijos menores de dos años y personas que hayan adoptado un menor desde el año 2022.

La solicitud puede realizarse durante el embarazo o después del nacimiento del bebé, siempre que el menor todavía no haya cumplido dos años.

Residencia e ingresos

Para acceder a la prestación es necesario residir en la Comunidad de Madrid y haber estado empadronada en la región al menos cinco años dentro de los diez años anteriores a la solicitud.

También es obligatorio mantener la residencia en la comunidad durante el tiempo en el que se esté percibiendo la ayuda.

En cuanto a los ingresos, la normativa fija un límite de renta. La solicitante no puede superar los 30.000 euros anuales en caso de tributación individual en el IRPF, o los 36.200 euros si se trata de declaración conjunta.

La ayuda está abierta tanto a ciudadanas españolas como a extranjeras con residencia legal en España, siempre que cumplan el resto de condiciones establecidas. Una de las características de esta prestación es que puede combinarse con otras ayudas públicas.

Las beneficiarias pueden percibirla al mismo tiempo que deducciones fiscales autonómicas o ayudas concedidas por ayuntamientos y otras administraciones. En algunos municipios madrileños existen ayudas directas por nacimiento o adopción que se suman a esta prestación regional.

¿Tengo 30 años tengo derecho a la percepción de la ayuda?
Sí, puede solicitarla con 30 años cumplidos inclusive.
¿Si ya tengo concedida la percepción de la ayuda y cumplo 31 años, puedo seguir
percibiéndola?
Sí, la edad es el único requisito que exime la norma de mantener durante todo el periodo de percepción de la ayuda.

¿Dónde puedo presentar la solicitud?
Puede realizarse esta gestión en cualquier Oficina de Registro, a través de los ayuntamientos adheridos a Ventanilla Única, así como en las oficinas del Registro de la Administración General
del Estado o por correo certificado, teniéndose en cuenta que se tomará como fecha de su solicitud la que consta en registro. Si se dispone de Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid, puede
realizar este trámite en el Registro Telemático de la Comunidad de Madrid.
¿Qué plazo tiene la Comunidad de Madrid para resolver mi solicitud?
El plazo para resolver y notificar la resolución por la Administración de la Comunidad de Madrid es de tres meses contados desde la fecha de la entrada de la solicitud.


Desde 2022

El programa de ayudas a la natalidad entró en vigor en enero de 2022 como parte de las políticas regionales para apoyar a las familias jóvenes.

Desde entonces, miles de madres se han beneficiado de esta prestación mensual. La iniciativa forma parte de un paquete más amplio de medidas relacionadas con la maternidad, que incluye deducciones fiscales y otros programas de apoyo familiar.

Según el Gobierno regional, el objetivo es facilitar la conciliación y reducir el impacto económico que supone tener hijos. Las ayudas también se enmarcan en el contexto del descenso de la natalidad que se registra desde hace años tanto en España como en la Comunidad de Madrid.

El retraso en la edad media para tener el primer hijo y las dificultades económicas son algunos de los factores que influyen en esta tendencia.

El Ejecutivo autonómico busca incentivar la maternidad en edades más tempranas y ofrecer un apoyo económico durante los primeros años de vida del menor, una etapa en la que las familias suelen afrontar más gastos.