El anuncio del Ministerio de Economía sobre la imposición de límites a los tipos de interés en los créditos al consumo constituye un ejemplo paradigmático de cómo, bajo una pátina de benevolencia social y una interpretación jurídica sesgada tiene un impacto negativo sobre la eficiencia económica.
La justificación esgrimida para adoptar esa medida, basada en la necesaria transposición de la Directiva (UE) 2023/2225, es una falacia. El nuevo marco europeo busca fortalecer la protección del consumidor, pero en ningún caso impone de manera taxativa la fijación de techos a los tipos de interés como mecanismo obligatorio para los Estados miembros.
Desde la óptica de la teoría económica, la imposición de límites a los intereses es una medida regresiva que, lejos de paliar el sobreendeudamiento, tiende a exacerbar la exclusión financiera y a distorsionar las señales de riesgo esenciales para la estabilidad y transparencia del sistema.
Cuando el regulador establece un techo artificial por debajo del equilibrio de mercado, se produce una ruptura inmediata en el mecanismo de asignación de recursos. Las entidades financieras, enfrentadas a un precio máximo que no cubre el riesgo de impago de los perfiles más vulnerables o de menor renta, reaccionan de manera racional mediante el racionamiento del crédito.
El resultado es una exclusión sistemática de aquellos ciudadanos con menores ingresos o historiales crediticios menos sólidos, precisamente el colectivo al que la norma pretende proteger. Esta dinámica ha quedado fehacientemente demostrada en países como Francia, donde su sistema de "taux de l'usure" ha generado episodios recurrentes de parálisis crediticia. Cuando los tipos de mercado suben con mayor celeridad que el límite administrativo, se bloquea el acceso incluso a perfiles solventes, ensanchando la brecha de desigualdad financiera.
La imposición de límites asfixia estos modelos de negocio disruptivos y reduce la competencia lo que se traduce, a largo plazo, en una menor calidad del servicio y en la aparición de estrategias compensatorias
La experiencia comparada sugiere que los controles no eliminan la necesidad de financiación de las familias, sino que las empujan hacia circuitos informales u opacos donde se producen condiciones de usura real.
Pero el daño no se limita a la oferta; la demanda también sufre graves distorsiones. La tasa de interés cumple una función informativa vital en cualquier economía: alerta al consumidor sobre el coste real y la peligrosidad de la operación.
Un interés elevado es una señal de que el mercado percibe una alta probabilidad de impago o una fragilidad estructural en la posición financiera del solicitante. Al aplanar artificialmente estas tasas para homogeneizarlas, el regulador destruye la señal de alarma. El usuario, percibiendo el crédito como "barato", puede verse tentado a contratar préstamos de mayor cuantía de la necesaria o a aceptar plazos de amortización excesivamente largos para reducir la cuota mensual.
Esto desemboca en una trampa de deuda donde el capital principal apenas se amortiza mientras los intereses, aunque limitados por ley, se acumulan en el balance de las familias. Así, la medida diseñada para combatir el sobreendeudamiento termina por cronificarlo, convirtiendo préstamos coyunturales en cargas vitalicias.
Además, la rigidez en los precios desincentiva la innovación y la competencia en el sector financiero. En la última década, las fintech y las nuevas entidades de crédito digital han basado su modelo de negocio en la capacidad de procesar grandes volúmenes de datos para ofrecer crédito a segmentos que la banca tradicional ignoraba.
Estos modelos operan a menudo con tipos de interés superiores debido al alto riesgo asumido y a la falta de garantías reales de los prestatarios. La imposición de límites asfixia estos modelos de negocio disruptivos y reduce la competencia lo que se traduce, a largo plazo, en una menor calidad del servicio y en la aparición de estrategias compensatorias, como comisiones de apertura elevadas o la imposición de productos vinculados obligatorios con los que las entidades intentan recuperar el margen de beneficio perdido.
Un impacto particularmente severo e ignorado por el Ministerio es el que se produciría sobre las PYMES y los autónomos. En España, una parte significativa de ellos recurren a créditos personales o de consumo para financiar necesidades urgentes de circulante, pequeñas inversiones iniciales o la compra de herramientas ante las barreras burocráticas del crédito corporativo tradicional.
Al topar el tipo de interés, se produce un "efecto expulsión" que afecta directamente a la supervivencia de estos negocios en sus fases más críticas. Si una entidad no puede repercutir el riesgo específico de una microempresa sin avales en el tipo de interés debido al techo legal, simplemente denegará la póliza. Esto frena la inversión, la creación de empleo y reduce la resiliencia del tejido empresarial frente a tensiones temporales de caja, agravando el riesgo de quiebra técnica por falta de liquidez en proyectos que, con una financiación adecuada a su perfil de riesgo, serían perfectamente viables a largo plazo.
En conclusión, la medida anunciada por el Ministerio de Economía es un error de diagnóstico que producirá efectos opuestos a los pretendidos. Representa un retroceso hacia políticas intervencionistas que ignoran las lecciones de la historia económica y la complejidad de los mercados financieros modernos.
Al limitar el precio del crédito basándose en una lectura sesgada de la normativa europea, se destruye el termómetro del riesgo, se fomenta indirectamente la economía sumergida y se priva a los sectores más desfavorecidos y a los pequeños emprendedores del acceso a una financiación legal, supervisada y regulada.