Desde 2018 ha bajado la afiliación a la seguridad social de las/los empleados de servicio doméstico (SD).
En efecto, en 2018 eran 419.000 los afiliados en este régimen especial, mientras a finales de 2024 sumaban 371.000, casi 20.000 menos, en un mercado laboral en crecimiento (la subida de afiliados en el último año ha sido de más de 538.000 personas).
¿A qué se debe? Las causas son varias. Entre ellas:
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El traslado de trabajadores/as del SD a otros sectores con mejores condiciones de empleo, económicas y de tipo de trabajo.
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El empobrecimiento en términos de capacidad adquisitiva de la clase media, mayoritarios empleadores del SD (véase mi artículo en El Español del 24/08/2025).
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La reducción del tamaño de las familias, debido a la baja natalidad. Eso hace menos necesario el SD sustituible por sistemas mecánicos y cibernéticos.
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La dificultad de los empleadores para contratar por los derechos incorporados a estos empleados/as en las últimas reformas laborales que han supuesto un aumento de su coste y los requisitos administrativos.
- Es un trabajo que tiene un gran componente de “tiempo parcial” lo que dificulta, aún más, su contratación oficial porque los costes se disparan proporcionalmente.
- El aumento consiguiente del trabajo doméstico informal (que es como en muchos países se denomina al fraude laboral).
El SD es de vital importancia en una economía sana. Ayuda a que las familias puedan tener más de un solo perceptor de ingresos del trabajo; ayuda a la fertilidad en un país como España acosado por el infierno demográfico.
Aumenta los niveles de higiene en los hogares. Ayuda a la mejora de la calidad de vida de personas con dificultades de movilidad. Evita, en muchos casos, la sensación psicológica de soledad.
El SD es un trabajo complejo. Exige conocimientos y habilidades que no todas las personas tienen o son capaces de desarrollar. Tiene un componente de “confianza” entre empleador y empleado muy especial y una especial cualidad de hacer bien las tareas según criterio del empleador. Un trabajo que se suele realizar en el hogar del empleador y, muchas veces, en solitario.
Es importante que se respeten las condiciones laborales que pide la legislación. Por la importancia del servicio a las familias y la sociedad en general y porque las personas deben ver recompensada su labor. En particular por el complemento de confianza que exige este trabajo.
¿Entonces qué solución puede haber?
En ningún caso la disminución de los derechos laborales de sus trabajadores.
Pero sería conveniente disminuir las cargas de los empleadores, sin reducir los derechos de los empleados mediante el sistema fiscal.
Si un empleador en otros sectores productivos puede descontar los costes laborales en su declaración de Impuesto de Sociedades o IRPF si es autónomo ¿por qué no lo puede hacer el empleador del SD?
El empleador del SD debería poder descontar este coste, a tiempo total o parcial, de su cuota del IRPF, dado que, en su inmensa mayoría, son personas físicas. Descontarlo de la base imponible sería menos eficaz, porque supone un coste proporcional al tipo fiscal aplicado a la renta. Animaría menos ese mercado laboral.
Con esa medida se crearían más puestos de trabajo en el SD con todas las ventajas ofrece a la sociedad.
El coste fiscal respecto a la actual situación se recuperaría en parte por vía de un mayor pago a la Seguridad Social (casi un 30%), disminuciones de subvenciones que ahora se dan a personas en trabajo informal, porque bajaría la propensión al fraude; y aumento del consumo por los empleados/as del SD dados de alta, …
¿Seguiría habiendo fraude laboral? Seguramente sí, pero mucho menor. Hay situaciones en las que son los propios trabajadores los que quieren mantenerlo. Por ejemplo, para no perder algunas ayudas o subvenciones, si se dan de alta en la Seguridad Social.
Además, siempre quedaría un grupo de personas en situación irregular (como los inmigrantes no registrados) para los que habría que buscar soluciones imaginativas.
El SD puede ayudar al mantenimiento del Estado del Bienestar, si a sus empleadores se les facilita su uso fiscalmente.
** J. R. Pin Arboledas es profesor del IESE.