Billetes de euros y monedas

Billetes de euros y monedas EP

Opinión

Crédito al consumo mejor asesorado

Fernando Zunzunegui
Publicada

El crédito al consumo es el de mayor crecimiento en el mercado del crédito. Es el más dinámico y probablemente el más rentable para las entidades. Es, además, un segmento muy digitalizado, abierto a la competencia y el que genera mayor riesgo. Crea un riesgo de quiebra de la economía familiar que se sobre-endeuda y, si ello se generaliza, se convierte en una amenaza para la estabilidad de las entidades.

De hecho, la modalidad revolving ha multiplicado los contenciosos y acapara las reclamaciones ante el Banco de España. Conviene señalar que la comercialización y concesión del crédito al consumo es libre. No se somete a reserva legal. Proliferan los portales que ofrecen crédito no bancario en condiciones poco equitativas.

Para dar respuesta a este descontrol, la Unión Europea ha aprobado una nueva Directiva del crédito al consumo que se encuentra en fase de transposición al Derecho interno. Esta Directiva ofrece varias opciones a los Estados miembros, en cuestiones fundamentales, como su extensión a los microcréditos, las obligaciones de transparencia o el control de la usura.

Dada su relevancia, el Ministerio de Economía ha realizado una consulta pública para conocer la opinión del sector. Por razones de coherencia y de eficacia normativa, se debería mantener el modelo del mercado hipotecario recogido en la Ley de contratos de crédito inmobiliario basado en la transparencia y en el asesoramiento profesional. Mejor regular que prohibir. De este modo, se facilita la competencia y el ejercicio transfronterizo de los servicios relacionados con el crédito al consumo.

La nueva Directiva refuerza las normas de conducta y plantea poner topes a los tipos de interés. Prohíbe la publicidad engañosa, como aquella que anima a endeudarse o sugiere que el crédito puede mejorar el nivel de vida. Pero lo más novedoso de la nueva Directiva es que supera el paradigma de la transparencia como única vía para proteger al consumidor. El crédito debe ser adecuado a las necesidades del cliente y a su situación financiera, y se condiciona a una evaluación previa de la solvencia del cliente que se endeuda.

El crédito debe ser adecuado a las necesidades del cliente y a su situación financiera, y se condiciona a una evaluación previa de la solvencia del cliente que se endeuda

Los prestamistas deben asegurarse de que el consumidor entienda las consecuencias jurídicas y financieras que puedan derivarse de la contratación. Pero no siempre el consumidor tiene los conocimientos y experiencia para comprenderlas. En productos complejos como el revolving, el asesoramiento profesional constituye la mejor forma de proteger al consumidor. Corresponde a los asesores, actuando en el mejor interés del cliente, recomendarle contratos de crédito adecuados a sus necesidades y a su situación financiera.

Así lo entiende la nueva Directiva, que regula el asesoramiento como servicio esencial para el consumidor. En este marco, los asesores deben contar con conocimientos y competencias, acreditadas con una certificación profesional.

En un mercado financiero cada vez más complejo, el asesoramiento resulta esencial para el bienestar financiero. Son los asesores financieros quienes tienen las competencias para recomendar los productos adecuados a las necesidades de los clientes.

El asesoramiento en materia de inversión, seguros y crédito hipotecario está regulado y sometido al control de las autoridades financieras. Es un servicio imprescindible para construir la Unión de Ahorros e Inversiones que está en la agenda de la nueva Comisión Europea. Faltaba su regulación en el crédito al consumo.

La formación de los asesores ya es objeto de una intensa regulación, resultado de la transposición de directivas comunitarias. El modelo que se aplica es el desarrollado por ESMA y aplicado por la CNMV para el asesoramiento en materia de inversión, y aplicado también para el asesoramiento hipotecario y de seguros, que debería extenderse al crédito al consumo. Es un modelo en el que se fijan las materias objeto de la formación, la certificación del cumplimiento de estas exigencias, y la imprescindible formación continua.

El asesoramiento en materia de inversión, seguros y crédito hipotecario está regulado y sometido al control de las autoridades financieras

Los bancos tienen un papel relevante a la hora de prevenir el sobre-endeudamiento mediante su detección y la oferta de asesoramiento accesible. La nueva Directiva contempla un «servicio de asesoramiento en materia de deudas» para consumidores que se enfrenten con dificultades para cumplir con sus compromisos financieros. Es una asistencia personalizada de carácter técnico, jurídico y psicológico que vela por la salud financiera de los consumidores.

Se deja al legislador nacional determinar el control de la usura y los costes abusivos. El debate está abierto. Mercedes Olano, directora de supervisión del Banco de España, ha propuesto acoger el sistema portugués y que sea el propio BdE quien fije trimestralmente la TAE máxima del crédito al consumo. Pero, tasar la usura estableciendo el tipo de interés “notablemente superior al normal del dinero”, que no pueda rebasarse, puede ser contraproducente al reducir la competencia y afectar a la innovación. Cuando la Administración fija un precio máximo, las empresas tienden a cobrar el máximo permitido. Lo que es usura ya se regula en la Ley Azcárate de 1908, concepto clarificado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Frente a otras jurisdicciones, en la que la tasa de usura se publica periódicamente por las autoridades, el sistema español es de principios generales. Según la jurisprudencia, hay usura cuando se supera en un margen la referencia del BdE para la correspondiente categoría de crédito. Esta doctrina ya ofrece cierta seguridad jurídica al tráfico financiero y para cambiarlo habría que analizarlo con prudencia para evitar efectos indeseados, como la exclusión financiera de los más vulnerables.

La mejor forma de prevenir eficazmente los abusos y garantizar la competencia es a través de la transparencia y el asesoramiento de calidad. De esta forma, el cliente puede comparar con el resto de las opciones del mercado y elegir, ¡por fin!, la que más le conviene.

*** Fernando Zunzunegui, abogado y coordinador de regulación, EFPA España y Josep Soler, consejero ejecutivo, EFPA España.