La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz.

La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz. EP

La tribuna

¿Hemos vencido la precariedad laboral?

Conviene rebajar tanto la euforia, como las críticas sobre la reforma laboral. Se ha logrado mantener empleo pero la precariedad puede ir a más.

1 julio, 2022 02:55

En pocos días conoceremos los datos del paro correspondientes al mes de junio, y veremos si se consolida la tendencia de las cifras del pasado mes de mayo, cuyos grandes titulares fueron:

- Se bajó del umbral psicológico de los 3 millones de parados.

- Prácticamente 100.000 nuevos trabajadores se incorporaron al mercado laboral.

- Hubo una alta ocupación de afiliados a la Seguridad Social por encima de los 20 millones de trabajadores.

- Y, finalmente, fue muy remarcado el ascenso de los contratos indefinidos (concretamente 730.427 de los 1.640.145 contratos de trabajo concertados).

A partir de ahí, y como era de esperar, surgió la trifulca política sobre la interpretación de dichos datos. Por un lado, el Gobierno y los sindicatos entendieron y entienden que estamos ante un proceso de creación de empleo histórico, no solo en su cuantía, sino en su calidad.

El mensaje sería: "gracias a la reforma laboral se crea empleo y, además, empleo estable, revirtiendo de manera histórica la maldición según la cual en España no se puede alcanzar el pleno empleo o en España tenemos que vivir con un sistema de relaciones laborales basados en contratos basura". El Gobierno habría venido a remediar esta situación.

Por otro lado, la oposición, tachó de maquilladas o de incorrectas las informaciones, y trató de abrir el debate de la subsistencia de la precariedad, catalogando los efectos de la reforma laboral como una especie de fraude a las expectativas de los trabajadores.

Concretamente, ponían en duda la naturaleza realmente estable de la figura de una de las estrellas de la reforma: la del nuevo contrato de fijo discontinuo (de hecho, de los 730.427 contratos indefinidos contabilizados, casi 2/3 fueron fijos discontinuos o eran contratos a tiempo parcial y, sospechosamente, se contaron por miles los trabajadores que en el mismo mes han suscrito dos o más contratos como fijos discontinuos).

Asistimos a una controversia, que -al tiempo- seguro que se recrudecerá con la publicación de los datos del paro en el mes de junio.

Mi opinión, que no es ni la más fundada ni la menos fundada, es la de un laboralista de empresa que viene en la actualidad negociando convenios colectivos y tratando de encajar las nuevas figuras contractuales a la realidad de los ciclos productivos de las compañías.

Por un lado, según entiendo, sería tremendamente injusto quitar mérito a la maquinaria normativa diseñada por el Gobierno. En un contexto de postpandemia y de guerra en Europa (donde miles y miles de empresas se han visto afectadas en su productividad de manera directa o indirecta) ha elaborado una compleja regulación laboral que, de manera sorprendente, ha supuesto que el empleo se haya recuperado a las condiciones anteriores al año 2008.

Los mecanismos de flexibilización y la normativa de los ERTES, así como, otras medidas coercitivas al límite de la constitucionalidad, han venido a conseguir que lo que en un paisaje normativo anterior hubiera sido la desolación de pérdida de miles y miles de puestos de trabajo, todo haya quedado -al menos hasta hoy- en un estadio de mantenimiento y de recuperación paulatino del empleo que no hubiéramos imaginado.

Son comunes las conversaciones entre colegas reconociendo que no se nos están encomendando EREs, pero es cierto que tampoco vemos negociaciones de ERTEs, lo que apunta a que se está estabilizando el mercado laboral.

Por lo tanto, al César lo que es del César: reconocimiento a la eficacia de las medidas para evitar la extinción masiva del empleo, a través de toda la normativa al efecto creada, y, también hay que decirlo, reconocimiento al mérito de haber consensuado la inmensa mayoría de dicha normativa (desde los Reales Decretos Covid y los Ertes hasta la reciente Reforma Laboral).

Lo cual afirmo, eso sí, al margen, en primer lugar, de graduar la dimensión real del coste de los ERTES y su impacto en las cuentas del Estado. Al margen, en segundo lugar, de reprochar la técnica jurídica y la inteligibilidad de muchas de las normas pactadas, lo que nos ocupará a abogados y jueces en un proceso de asentamiento de la interpretación de dichas normas que será sin duda arduo y lento.

Y, en tercer lugar, al margen de conocer si las medidas contra la destrucción del empleo son definitivamente eficaces o simplemente han conseguido aplazar una ola de despidos masivos, si  es que se mantiene por más tiempo las actuales circunstancias geopolíticas y económicas.

También habría que resaltar la valentía por parte del Gobierno a la hora de afrontar el cáncer de la temporalidad o de la precariedad del empleo, haciendo desaparecer prácticamente, o al menos limitando enormemente, la contratación temporal a través de los escasos tipos de contratos que se han establecido.

Pero ¿quiere ello decir que a través del BOE se ha conseguido realmente estabilizar el empleo en España? ¿Hemos acabado con la precariedad laboral? ¿Ha finalizado la contratación fraudulenta?

Es aquí donde, en mi opinión, habría que matizar la euforia del mensaje del Gobierno y dar en parte la razón a quienes critican que la precariedad simplemente ha cambiado de modelo: antes era el contrato de obra y ahora pasan en buena medida a ser los fijos discontinuos.

Simplemente ha cambiado el modelo: antes era el contrato de obra y ahora pasan en buena medida a ser los fijos discontinuos

Hay una cosa que no puede cambiar por la mera voluntad del legislador: somos un país de servicios en donde la necesidad de mano de obra temporal sigue y seguirá siendo mayoritaria. Por ello, que la concertación masiva bajo la figura del fijo discontinuo (que, en marketing político, se cataloga como 'contrato indefinido') no puede haber modificado la naturaleza temporal de la prestación, incluso, como ahora diré, puede haberla precarizado enormemente.

No procede en estas líneas entrar en tecnicismos, pero el hecho de que la contratación repetida para cubrir un puesto de trabajo (sea o no sea con el mismo trabajador) termine llevando a la figura del fijo discontinuo, o la necesidad de contratar como a fijos discontinuos a los trabajadores de contratas y subcontratas de servicios, se quiera ver como se quiera ver, va a llevar a las siguientes consecuencias:

-Esos trabajadores no van a trabajar más días al año que los que las necesidades de la empresa requieran.

Esos trabajadores van a acabar su actividad temporal sin percibir indemnización de ningún tipo, y no sé si el consuelo que les puede suponer el pertenecer a la estructura de la compañía (bajo su condición de "indefinidos" aunque "discontinuos") les compensa de la falta de indemnización por la terminación repetida de sus servicios propia del contrato temporal que antes suscribían.

Esos trabajadores van a acabar su actividad temporal sin percibir indemnización de ningún tipo

Es más, dependiendo de las órdenes de "llamadas" a los fijos discontinuos, muchos de ellos, por múltiples circunstancias, desoirán dicha "llamada" de la reactivación de su contratación, lo que podrá ser entendido como un abandono de la relación, causando baja definitiva de la compañía sin haber percibido a partir de la reforma laboral ningún tipo de indemnización.

En la negociación colectiva, por lo menos en mi experiencia profesional, son los propios sindicatos lo que no quieren poner en práctica esta nueva modalidad y prefieren acudir al contrato de circunstancias de la producción, indemnizable a su finalización, aunque somos todos sabedores de que posiblemente la actividad repetida de la persona o del puesto los convierta, de nuevo, en contratos en fraude de ley.

Y esto no es baladí. Estamos hablando de cientos de miles de trabajadores que prestan servicios en el seno de contratas y subcontratas, con independencia de otras contrataciones temporales que terminen siendo consideradas como fijos discontinuos, y habría que preguntarles qué sistema hubieran preferido a la hora de finalizar la ocupación efectiva de cada "llamada". En especial, en un horizonte en el que cualquier rechazo por parte del trabajador podrá suponer la pérdida del contingente indemnizatorio de la antigüedad.

En definitiva, veremos si se asienta la tendencia en la creación de empleo, si se consolida la contratación indefinida y, dentro de ella, el peso real de los fijos discontinuos. Y la verdadera pervivencia de la precariedad en el empleo. Convendría tanto reconocer méritos, como rebajar euforias y relativizar las críticas de unos u otros, en una situación donde lo que impera es más ganar el discurso político que poner en orden las cosas.  

*** Pablo Bernal de Pablo-Blanco es socio de Everfive Abogados.

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