Logo de Airbnb en una ventana

Logo de Airbnb en una ventana El Androide Libre

Observatorio de la vivienda

La justicia rechaza el recurso de Airbnb y le obliga a pagar la multa de 64 millones por publicar anuncios sin licencia

El Ministerio de Consumo interpuso esta sanción en diciembre de 2025 a la plataforma de alquiler turístico por prácticas comerciales desleales.

Más información: Airbnb acata la orden de Pedro Sánchez y empieza a borrar los anuncios de los alojamientos turísticos irregulares

Publicada
Actualizada

Las claves

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha denegado las medidas cautelares solicitadas por Airbnb y la plataforma deberá pagar una multa de 64 millones de euros.

La sanción fue impuesta por el Ministerio de Consumo por publicar 65.122 anuncios de alojamientos turísticos sin licencia o con información engañosa en la plataforma.

Las infracciones incluyen publicidad engañosa, omisión de la naturaleza jurídica de los anfitriones y obstrucción durante la investigación de Consumo.

La multa es el equivalente a seis veces el beneficio ilícito obtenido por Airbnb por las prácticas sancionadas durante el periodo investigado.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha denegado la solicitud de medidas cautelares solicitadas por Airbnb para paralizar la sanción que el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 impuso en diciembre de 2025 a la plataforma de alquiler turístico por publicar anuncios sin licencia.

Por lo tanto, Airbnb tendrá que pagar los 64.055.311 euros previstos en la multa del ministerio que dirige Pablo Bustinduy, según avanza el Ministerio en un comunicado.

Consumo identificó infracciones en un total de 65.122 anuncios publicados por Airbnb, que fueron retirados de la plataforma en julio de 2025.

Las infracciones que dieron lugar a la multa tienen que ver con prácticas comerciales desleales con personas consumidoras y usuarias.

En concreto, con la publicación de anuncios de alojamientos turísticos sin licencia, contraviniendo las obligaciones impuestas por la mayoría de las normativas autonómicas, que exigen indicar el número de registro en la publicidad.

También ha sido sancionada por publicar anuncios de alojamientos turísticos indicando un número de licencia o registro que no se corresponde con la numeración utilizada por los registros.

Y por publicar anuncios sin información veraz sobre la naturaleza jurídica de los anfitriones, incurriendo así en una práctica de publicidad engañosa.

Por estos primeros motivos, el Ministerio de Consumo impuso una sanción por infracción grave, cuyo importe asciende a 63.980.311 euros.

Esta cifra es el equivalente a seis veces el beneficio ilícito obtenido por Airbnb como consecuencia de las prácticas sancionadas durante el tiempo en que permanecieron publicados los anuncios desde el apercibimiento formulado por parte del Ministerio hasta su retirada por la plataforma.

Otras infracciones

La sanción la completan otras tres infracciones, como el incumplimiento del régimen y obligaciones de los contratos celebrados a distancia, al omitir información sobre la naturaleza jurídica del anfitrión del alojamiento turístico anunciado.

Se trata de una infracción leve, sancionada con 10.000 euros.

Asimismo, también destaca la obstrucción o negativa a facilitar información durante la instrucción del expediente, ya que la plataforma no respondió a los requerimientos de Consumo, otra infracción leve sancionada con 10.000 euros.

Por último, Consumo apuntó el incumplimiento de los deberes y prohibiciones impuestos mediante órdenes o medidas provisionales del órgano instructor -dictadas para evitar riesgos o perjuicios a los consumidores durante la tramitación del expediente-, una infracción grave sancionada con 55.000 euros.

Tras esta decisión del TSJ de Madrid de rechazar las medidas cautelares, se podrá recurrir ante el mismo tribunal.

Para Airbnb esta decisión es “puramente procedimental y no entra sobre el fondo del caso, que sigue su curso”.

Fuentes de la plataforma aseguran que han cumplido en todo momento con la normativa aplicable en España y que esta sanción es contraria al marco legal español y europeo y la ha recurrido.