
Carteles de 'Se alquila' pegados en un edificio, en Madrid,
El índice de referencia del INE para actualizar el alquiler de viviendas baja al 2,19% en enero
Determinados contratos están sujetos a este índice, inferior al IPC, a la hora de revalorizar su coste.
Más información: Los alquileres podrán subir un 2,28% si se aplica el nuevo índice de referencia del INE
El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado este viernes el índice de referencia para la actualización anual de los contratos de alquiler, que se situó en el 2,19% interanual en enero de este año, frente al 2,28% del mes anterior. Esta cifra está sustancialmente por debajo del IPC, que se situó en el 2,9%.
Los contratos de alquiler que vayan a actualizar su renta a partir de este año y que hayan sido firmados desde la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo de 2023, deberán usar ya este nuevo índice creado por el INE para revisar su anualidad.
El organismo estadístico difunde de manera mensual este índice, expresado con dos decimales, y marca el precio al que se tienen que revalorizr los contratos de arrendamiento firmados después de mayo de 2023.
Dicho índice considera conjuntamente el IPC, la inflación subyacente y las diferencias entre las tasas de crecimiento anual tanto del IPC como de la inflación subyacente de cada mes, y un parámetro, definido a propuesta de la Dirección General de Política Económica, que guarda relación con el crecimiento esperado a largo plazo de dicho índice.
A estas diferencias se le aplica un coeficiente moderador definido a propuesta conjunta de la Dirección General de Vivienda y Suelo del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y de la Dirección General de Política Económica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, en consideración a las circunstancias del mercado del alquiler de vivienda.
En cualquier caso, cabe recordar que los contratos que hayan sido firmados antes de la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la vivienda, es decir, firmados antes de mayo de 2023, seguirán actualizando su renta anual con el dato del Índice de precios al consumidor (IPC) o IGC, según conste en el contrato de alquiler firmado.