Un cartel de 'se alquila' frente a un bloque de pisos

Un cartel de 'se alquila' frente a un bloque de pisos Europa Press

Observatorio de la vivienda

Si vives de alquiler, toma nota: este es el máximo que podrá subir el precio tu casero en 2024 y los años siguientes

Aquellas personas que tengan contrato de alquiler en vigor, y deban actualizarlo, deben tener en cuenta que hay unos límites este año y los posteriores.

8 enero, 2024 13:15

La subida del precio del alquiler parece no tener fin. Así, y durante 2023, el incremento fue del 10,1%, según Idealista, situándose el precio medio del metro cuadrado en 12,1 euros. Y el marketplace inmobiliario atribuye este ascenso a la caída del stock disponible.

Las constantes medidas regulatorias en materia de alquiler y su culminación con la aprobación de la Ley de Vivienda en mayo pasado provocaron el cataclismo actual”, afirma Francisco Iñareta, portavoz de Idealista.

Una coctelera que se ha traducido en la desaparición del inversor en vivienda de alquiler, por un lado. Por otro, también ha habido “una retirada significativa de propietarios que han decidido no continuar alquilando sus casas a la vista de la inestabilidad regulatoria”. ¿Consecuencia? Los propietarios optan por el alquiler de temporada, o endurecen las condiciones para buscar inquilinos fiables.

¿Cuál será la subida del alquiler en 2024?

Para aquellas personas que ya viven de alquiler, conviene que tengan en cuenta una serie de premisas. Por un lado, y como explica el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, si no hay un pacto entre las partes, si en el contrato no hay una cláusula al respecto, la renta no está sujeta a actualización anual.

Dicho esto, en la mayoría de los contratos sí hay dicha cláusula. Por tanto, el inquilino tiene que hacer frente a un desembolso mayor. Habitualmente, el índice que se tomaba como referencia era el IPC.

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Sin embargo, tras la aprobación de una serie de medidas para hacer frente a los efectos de la guerra en Ucrania, y la posterior aprobación de la Ley de Vivienda, ese índice no es válido. Recordemos que, en 2023, el IPC fue del 3,8%.

Fruto de las medidas aprobadas por el Gobierno, en 2023 el límite a la actualización de los precios del alquiler fue del 2%. Y, en 2024, ese porcentaje se ha elevado hasta el 3%. Es decir, inferior al 3,8% que sería el aplicable según muchos de los contratos firmados.

¿Cuánto subirá el alquiler a partir de 2025?

El límite del 3% no será para los años venideros, sino que estará vigente sólo durante el presente año. Porque, a partir de 2025, se aplicará un nuevo índice de referencia para la actualización de las rentas de alquiler. Nuevo, porque será diferente al IPC.

Por tanto, y a lo largo de 2024, el Instituto Nacional de Estadística (INE) tiene entre sus metas definir este nuevo índice de referencia para la actualización anual de los contratos de alquiler de vivienda. Índice cuya razón de ser es evitar subidas excesivas de las rentas. Por tanto, deberá ser más estable que el IPC, y situarse por debajo del mismo.

Conviene recordar que el origen que está detrás de todos estos cambios normativos se sitúa en el año 2022. En dicho año, el IPC se disparó un 8,4%, afectando a la economía doméstica de muchas familias.

¿Qué otros cambios van a limitar los ingresos de los caseros?

El límite del 3% a la hora de actualizar los contratos no será el único cambio que limitará los ingresos de los caseros de vivienda en alquiler. Por ejemplo, y si hablamos de alquiler nuevo, tendrán que pagar los honorarios de una agencia en el caso de que acaben recurriendo a ella.

Otra medida que tendrán que tener en cuenta es que, si deciden poner en el mercado de alquiler su vivienda, podrán hacerlo al precio que consideren oportuno. Eso sí, hay una excepción: en el caso de que su comunidad autónoma o ayuntamiento hayan declarado la zona como tensionada, no podrán hacerlo.

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En este último supuesto, el precio de referencia será el del último contrato más una actualización del 3%. Si la casa lleva cinco años o más sin alquilar, el precio será el que fije el índice de contención que elaborará el Instituto Nacional de Estadística (INE) o el de la autonomía, en este caso, validado por el INE.

Asimismo, no podrán cargar a su inquilino los gastos de la vivienda como el IBI o las tasas de basura. También es importante reseñar que la Ley de Vivienda establece rebajas fiscales en el IRPF para aquellos que rehabiliten viviendas, alquilen a menores de 35 años o rebajen su alquiler un 5% respecto al último contrato.