Un paciente durante sus últimas horas de vida.

Un paciente durante sus últimas horas de vida. Ep

Observatorio de la sanidad

Sanidad reducirá los plazos burocráticos de la eutanasia y reforzará el papel de la enfermera en el proceso

Además, se reconocerá el derecho a recibir información sobre la posibilidad de donar órganos después de someterse a dicha prestación.

Más información: España registra más muertes por eutanasia, pero el tiempo de espera sube un 40% desde que se aprobó la ley en 2021

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Las claves

Sanidad planea reducir los plazos burocráticos para acceder a la eutanasia y reforzar el papel de la enfermera en el proceso.

El nuevo Manual de Buenas Prácticas permitirá acortar tiempos en casos de riesgo vital y detalla funciones específicas para las enfermeras.

El documento introduce la figura de la enfermera de referencia y regula los aplazamientos de solicitudes, ampliando el plazo máximo a seis meses.

Se establece que los pacientes tienen derecho a recibir información sobre la donación de órganos al solicitar la eutanasia, sin afectar el procedimiento.

La carga burocrática es uno de los principales obstáculos para acceder a la eutanasia. El caso de Noelia Castillo, la joven parapléjica que recibirá la eutanasia este jueves, ha puesto de nuevo el foco en ello y en el laberinto administrativo que tienen que pasar los pacientes para acceder a dicha prestación.

Desde que entró en vigor la ley en marzo de 2021, la mortalidad por eutanasia se ha incrementado un 468%. Sin embargo, el tiempo de espera desde que se presenta una solicitud hasta que se realiza el procedimiento ha aumentado un 37,8%.

Por este motivo, el Ministerio de Sanidad contempla reducir los plazos administrativos en su nuevo Manual de Buenas Prácticas en Eutanasia 2026 que pretende aprobar en el Consejo Interterritorial que se celebrará este viernes.

En el documento, al que ha tenido acceso este periódico, se ofrece la posibilidad de recortar los plazos para acceder a la eutanasia y refuerza el papel de la enfermera en el proceso.

El manual aconseja reducir la tramitación del procedimiento, incluso el plazo de los 15 días entre la primera y la segunda solicitud, "en los casos en los que las personas que se encuentren en una situación de alto riesgo de fallecimiento o de pérdida inminente de la capacidad de hecho".

Así, la reducción debe estar justificada por el médico responsable en su informe. Aunque todo esto requiere "una coordinación ágil entre todos los intervinientes, de manera que los tiempos se reduzcan al mínimo compatible con las garantías establecidas", indica el texto.

Por otro lado, la segunda edición del manual (que actualiza el publicado en marzo de 2021) incorpora la figura de la enfermera en el equipo asistencial.

Aunque estas especialistas ya forman parte del proceso, sus funciones no se detallaban de forma específica y su papel estaba subordinado al del médico responsable.

El texto fija nuevos estándares para reconocer sus competencias. Entre las actualizaciones está la elección de una enfermera de referencia dentro del equipo asistencial, pudiendo tratarse de una profesional de atención primaria, atención intermedia y hospitalaria.

Cercanía con el paciente

"Se recomienda que la enfermera del equipo asistencial—preferiblemente una profesional que conozca al paciente con anterioridad— realice una evaluación de la situación general, revisión de necesidades asistenciales y valoración de accesos venosos u otros procedimientos pertinentes de la persona solicitante. Todo ello en el ámbito de sus competencias", precisa el texto.

Así, el manual determina que las administraciones sanitarias de cada comunidad autónoma tendrán que facilitar que esta desarrolle, con seguridad clínica y calidad, su participación en la prestación.

En caso de que la "enfermera designada" para el proceso no pudiera, por cualquier circunstancia, continuar con sus funciones, la administración sanitaria competente deberá "ofrecer el puesto a otra que garantice la continuidad del procedimiento".

El texto detalla que no podrá intervenir en el proceso ningún profesional que tenga un conflicto de interés o que pueda obtener algún beneficio del fallecimiento del paciente.

También se actualizan los criterios de aplazamiento máximo de solicitudes. Sanidad admite en el documento que la experiencia ha demostrado que el plazo de uno o dos meses es muy breve "atendiendo el respeto al titular del derecho y a las circunstancias personales particulares que pudieran razonablemente aplazar el procedimiento".

Por ello se ha llegado a un acuerdo para fijar un plazo de seis meses desde la fecha de notificación del reconocimiento del derecho.

En el supuesto de que antes de que finalice el plazo de aplazamiento vigente, la persona quiera solicitar una nueva prórroga, la Comisión de Garantía y Evaluación (CGyE) deberá evaluar si procede autorizar más tiempo o si da por finalizado el aplazamiento.

"Si la CGyE decide no conceder más tiempo, informará oficialmente al paciente de que ya no podrá solicitar más pausas dentro de este mismo expediente. En cualquier caso, deberá explicar siempre por escrito las razones que lo justifican", indica el escrito.

Donación de órganos

El nuevo manual también dedica un apartado específico a la donación de órganos.

Justo en el documento de recomendaciones sobre medicamentos a administrar durante el procedimiento, también se establecerán pautas en casos de donación de órganos. Un protocolo que ha sido aprobado bajo el aval de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT).

El protocolo fija que toda persona que planifica su final de vida tiene derecho a recibir información sobre la posibilidad de donar órganos y tejidos.

Por ello, cuando una persona ha presentado la solicitud, "el médico podrá informar al paciente, si este lo desea, de que existe la posibilidad tras acceder a la eutanasia".

Si fuera el caso, el facultativo responsable deberá comunicarlo al coordinador de trasplantes y este evaluará, a través de la historia clínica, la viabilidad de la donación.

En todos los casos, tanto el profesional sanitario como el coordinador destacarán que su decisión con respecto a la donación no afecta a la solicitud de eutanasia iniciada.

De tal modo que, aunque no sea posible, esta se le reconocerá igualmente el derecho a la prestación. "El hecho de expresar su deseo de ser donante no va a influir en ningún aspecto de la tramitación del proceso", detalla el texto.

Otra de las novedades que contempla el documento es la incorporación de la Unidad Técnica de Apoyo a la Prestación de Ayuda para Morir. Esta tendrá sus propias funciones de actuación y contará con profesionales con una formación específica.

Algunas comunidades autónomas ya cuentan con esta figura organizativa. Sin embargo, el principal objetivo, con este manual, es que se implemente en el resto de regiones.

Por último, con la aprobación de este documento, Sanidad se pretende revisar el procedimiento de solicitud y desarrollo de la eutanasia en cada comunidad autónoma.