Madre y recién nacido durante la lactancia.

Madre y recién nacido durante la lactancia. EUROPA PRESS

Observatorio de la sanidad

El Supremo dicta que las médicas madrileñas deben conservar su salario y no hacer guardias durante la lactancia

"Las facultativas exentas de guardias por lactancia no deben percibir una retribución inferior al resto", señala la sentencia. 

Más información: Condenan en A Coruña al Sergas por obligar a una médica a realizar guardias durante la lactancia

V.Villafranca
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Una sentencia del Tribunal Supremo ha dictado que las médicas del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) deben conservar su salario completo y no hacer guardias de 24 horas durante la lactancia. Concretamente, en los 12 primeros meses de vida del bebé. 

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo rechaza el recurso en casación presentado por la Consejería de Sanidad contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) previa sobre este conflicto laboral, a instancia del sindicato médico madrileño (Amyts).

Entre otros argumentos, el sindicato médico madrileño (Amyts) alegó que las jornadas que superan las 8 horas diarias y generan factores de estrés o fatiga por su duración pueden disminuir la producción de leche materna, dificultar la extracción y aumentar el riesgo de mastitis, comprometiendo gravemente la lactancia.

Desde la Comunidad de Madrid se aludió a la infracción de los artículos 14, 15, 16 y 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Estos deben evaluar los riesgos de cada caso concreto, por lo que no es correcto eximir a todas las lactantes de las guardias de 24 horas.

En su sentencia, el TS rechaza estos argumentos y fija para las profesionales de 18 hospitales madrileños el derecho a la exención de guardias de 24 horas y a seguir cobrando el complemento de atención continuada. Una cantidad igual al promedio mensual de la retribución en concepto de guardias médicas percibidas en el año anterior al nacimiento del bebé, excluyendo los periodos en los que no haya prestado trabajo.

Todo ello "con la finalidad de evitar una discriminación retributiva por razón de sexo", se apunta en el texto de la sentencia al que ha tenido acceso Europa Press. 

"Las facultativas exentas de guardias médicas por razón de lactancia natural, inherente a su sexo femenino, no deben percibir una retribución inferior a las de los demás médicos del Sermas". 

Tras conocer la decisión judicial, Amyts ha lamentado que, "una vez más", tenga que ser la Justicia quien obligue a la Administración "a reconocer las justas reivindicaciones del colectivo médico y sus especiales condiciones laborales".

En cualquier caso, se ha felicitado de un "triunfo judicial" que refuerza la protección de "la maternidad, la igualdad y la dignidad profesional".