Trabajadores realizan tareas de retirada de los vagores en el punto de las vías donde tuvo lugar el accidente de trenes de Adamuz, a 24 de enero de 2026 en Adamuz (Córdoba, Andalucía).

Trabajadores realizan tareas de retirada de los vagores en el punto de las vías donde tuvo lugar el accidente de trenes de Adamuz, a 24 de enero de 2026 en Adamuz (Córdoba, Andalucía). Guillermo Morales Europa Press

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El Gobierno aprueba el Estatuto de la Autoridad de Investigación de Accidentes Independiente tras el siniestro de Adamuz

Este organismo fue creado el 1 de agosto de 2024, pero no se había puesto en marcha porque carecía de estatutos.

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Las claves

El Gobierno ha aprobado el Estatuto Orgánico de la Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil.

La medida se impulsa tras el accidente ferroviario de Adamuz y supone la eliminación de organismos previos como la CIAF, Ciaim y Ciaiac.

El personal de las comisiones suprimidas se integrará en la nueva Autoridad, manteniendo sus derechos laborales y retributivos.

El Real Decreto define la organización, funciones, transparencia, planificación estratégica y atención a víctimas de la nueva Autoridad.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto 141/2026, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil.

Una decisión que llega con meses de retraso y algo acelerada tras el accidente de Adamuz (Córdoba). Su creación oficial quedó plasmada tras su aprobación en Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de febrero de 2026.

Tras esto, la constitución y entrada en funcionamiento efectivo de la Autoridad se producirá con la celebración de la sesión constitutiva de su Consejo, que tendrá lugar en el plazo máximo de un mes desde el nombramiento de los miembros del Consejo.

La Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes fue creada el 1 de agosto de 2024. A pesar de ello, no se había puesto en marcha. Carecía de estatutos.

El Gobierno disponía de un plazo de un año para aprobar mediante Real Decreto una propuesta conjunta de los Ministerios de Justicia y de Hacienda y Función Pública el Estatuto de la Autoridad Independiente con todo lo relativo a organización, estructura, funcionamiento y funciones.

Algo que no hizo. Por ello, las investigaciones del accidente de Adamuz las lleva la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF), organismo dependiente del Ministerio de Transportes.

De hecho, una vez que entre en funcionamiento este organismo independiente, quedarán suprimidos otros como la propia CIAF, la Comisión permanente de investigación de accidentes e incidentes marítimos (Ciaim) y la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (Ciaiac).

El personal funcionario de estas comisiones suprimidas pasará a integrarse en la nueva Autoridad y conservará la antigüedad, el grado y las retribuciones que tuviera consolidados.

La Autoridad tendrá su sede principal en el municipio que se determinará de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, en el que se apuesta por la descentralización. Hasta que se determine, provionalmete estará en Madrid. 

Contenido

El Real Decreto incluye los principios y los instrumentos de planificación, evaluación y control de la Autoridad, contemplando la exigencia de una planificación estratégica de la Autoridad, y de una planificación anual, ambas evaluables, así como la transparencia y la memoria anual como herramientas de rendición de cuentas.

También recoge la exigencia de crear un sistema de investigación técnica de accidentes e incidentes, un sistema de respuesta ante accidentes e incidentes, un sistema de atención a las víctimas y sus familiares y a las asociaciones de víctimas y un sistema de protección de la información.

Asimismo, se establecen acuerdos de colaboración y cooperación administrativa de la Autoridad, incluyendo las relaciones internacionales, así como la previsión de celebración de convenios y protocolos como instrumentos de cooperación.

En cuanto a la estructura organizativa, fija los órganos de gobierno (Consejo y Presidencia), regula los órganos directivos (Direcciones de investigación técnica y Secretaría General) y crea la Unidad de asistencia familiar (adscrita a la Presidencia) y la Unidad de apoyo técnico (dependiente de la Secretaría General).