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Imagen de un taxi. GVA Europa Press

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El TJUE declara ilegal la limitación de VTC en Barcelona: "La viabilidad del taxi no es justificación"

La ratio de una licencia para Uber o Cabify por cada 30 taxis vulnera la libertad de establecimiento reconocida en el derecho de la UE.

8 junio, 2023 10:03
Bruselas

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha declarado ilegal la limitación del número de autorizaciones para vehículos de transporte con conductor (VTC), como los de Uber o Cabify, en el Área Metropolitana de Barcelona por violar la libertad de establecimiento. El dictamen, hecho público este jueves, sostiene que la viabilidad económica de los servicios del taxi no puede por sí misma justificar este sistema de restricciones.

La normativa de Barcelona en cuestión exige autorizaciones específicas para poder prestar servicios de VTC urbanos. Unas autorizaciones que están además limitadas a una por cada treinta licencias de taxi. En la práctica, el hecho de que el número de licencias de taxi se haya mantenido estable en los últimos treinta y cinco años ha impedido a los recién llegados al mercado de los VTC acceder a esas autorizaciones.

La empresa Prestige and Limousine ha impugnado ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) este reglamento y ha solicitado su anulación. Junto con otras empresas del sector, alega que las limitaciones y restricciones que les impone la normativa local de Barcelona pretenden obstaculizar su actividad y proteger los intereses del sector del taxi. Los jueces catalanes han preguntado al TJUE sobre la interpretación de la legislación comunitaria en este caso.

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En su fallo de este jueves en respuesta al TSJC, el Tribunal de Justicia de la UE señala que la exigencia de una autorización específica adicional para circular en Barcelona y la limitación del número de licencias constituyen, ambas, restricciones al ejercicio de la libertad de establecimiento. "La primera limita efectivamente el acceso al mercado a todo recién llegado y la segunda limita el número de prestadores de servicios de VTC establecidos en el Área Metropolitana de Barcelona", dice la sentencia.

A continuación, los jueces examinan si estas restricciones están justificadas por una razón imperiosa de interés general. Y si son apropiadas para garantizar la realización del objetivo perseguido, sin ir más allá de lo necesario para alcanzarlo. Es decir, si se respeta el "principio de proporcionalidad".

"Si bien los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público de una conurbación, así como de protección del medio ambiente, pueden constituir razones imperiosas de interés general, el objetivo de garantizar la viabilidad económica de los servicios de taxi es un motivo de carácter puramente económico que no puede constituir una de esas razones", señala el fallo.

El TJUE estima que la exigencia de autorización previa sí puede considerarse necesaria para alcanzar los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, así como de protección del medio ambiente.

Sin embargo, esta autorización específica debe basarse en criterios objetivos, no discriminatorios y conocidos de antemano, que excluyan cualquier arbitrariedad y que no se solapen con los controles ya efectuados en el marco del procedimiento de autorización nacional, sino que "respondan a necesidades particulares del Área Metropolitana de Barcelona", señala la sentencia.

En cambio, el TJUE señala que "la limitación de las licencias de servicios de VTC a una por cada treinta licencias de servicios de taxi no parece idónea para garantizar la consecución de los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, así como de protección del medio ambiente".

El fallo da por buenas las alegaciones formuladas en favor de los VTC que sostienen que estos servicios favorecen en realidad el objetivo de buena gestión del transporte. En particular, por reducir el recurso al automóvil privado y por su contribución a alcanzar el objetivo de una movilidad eficaz e integradora, gracias a su nivel de digitalización y a la flexibilidad en la prestación de servicios, y la prestación de esos servicios mediante vehículos que utilizan energías alternativas.

El TJUE señala además que es posible adoptar medidas menos restrictivas para limitar el posible impacto de la flota de los VTC en el transporte, el tráfico y el espacio público en el Área Metropolitana de Barcelona (como medidas de organización de los servicios de VTC, limitaciones de estos servicios durante determinadas franjas horarias o incluso restricciones de circulación en determinados espacios). Y también para alcanzar el objetivo de protección del medio ambiente (por ejemplo, imponiendo límites de emisión aplicables a los vehículos que circulan por el Área Metropolitana de Barcelona).