Renta 2023: ¿Qué tratamientos del dentista te puedes deducir en la declaración?

Renta 2023: ¿Qué tratamientos del dentista te puedes deducir en la declaración?

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¿Qué tratamientos de dentista te puedes deducir en la declaración de la Renta 2023?

Los tratamientos dentales deducibles incluyen aquellos necesarios para mantener o recuperar la salud bucodental.

11 abril, 2024 12:44

Una vez iniciada la campaña de la Renta 2023, los contribuyentes deben rendir cuentas con el fisco, y este es el momento en el que se debe comprobar si es posible aplicar algunas deducciones fiscales que permitan aliviar la carga tributaria.

Si bien es cierto que desde la Agencia Tributaria se pone a disposición de los ciudadanos el borrador de la declaración con la gran mayoría de los datos fiscales incluidos, conviene que, antes de proceder a su confirmación, se revise en su totalidad para poder detectar cualquier posible error, pero también para poder añadir esos conceptos que podrían contribuir a disfrutar de algunas desgravaciones.

Más allá de las deducciones estatales, podemos encontrar una serie de deducciones autonómicas que están pensadas para los contribuyentes que residen en unos territorios en específico. De esta forma, en algunas de ellas, como la Comunidad Valenciana, es posible deducir por nacimiento o adopción de hijos, por estar a cargo de personas con discapacidad o personas mayores, así como por donaciones, gastos de vivienda, vehículos de movilidad, práctica deportiva y por gastos sanitarios, entre otros.

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Dentro de estos últimos podemos encontrar las deducciones por tratamientos de odontología y ortodoncia. No obstante, entre las desgravaciones que se pueden aplicar figuran muchos de los tratamientos, pero no todos, ya que, por ejemplo, los blanqueamientos dentales, al ser considerados tratamientos puramente estéticos, están exentos.

Así pues, en la Comunidad Valenciana es posible desgravar los gastos odontológicos de tratamientos no considerados estéticos, como son las endodoncias, empastes, limpiezas dentales, curetajes, extracciones de piezas, tratamiento de caries, ortodoncias, implantes y detartrajes.

De esta manera, los importes que se hayan pagado por estos servicios a lo largo del pasado año 2023 se pueden incluir en el borrador de la declaración de la Renta en el caso de los residentes en la Comunidad Valenciana, concretamente usando la casilla 1959. Para acreditar este gasto es recomendable disponer de la correspondiente factura, ya que la Agencia Tributaria podría solicitar un documento como prueba.

En total, los contribuyentes podrán rebajar un 30% de los costes del total de tratamientos odontológicos recibidos durante el periodo impositivo, con un límite máximo de 150 euros.

Otras comunidades que permiten deducir los gastos médicos

Dado que el IRPF es un impuesto que está parcialmente cedido a las comunidades autónomas, hay algunas de ellas en las que es posible deducir los gastos médicos en la declaración de la Renta. Tras mencionar la posibilidad de desgravar los gastos en tratamientos odontológicos, conviene hablar de otros casos especiales relacionados con el ámbito sanitario.

Comenzando por las Islas Canarias, sus contribuyentes tienen la posibilidad de deducir el 12% de los gastos de tarifas de médicos o sanitarios para el tratamiento de enfermedades, embarazos, accidentes, invalidez y salud dental, de manera que en el archipiélago canario también hay una pequeña ayuda a la hora de compensar la inversión en la salud de los dientes.

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Asimismo, es posible deducir el 12% del dinero que haya invertido en la compra de equipos sanitarios para poder suplir problemas físicos, entre los que se incluyen la compra de gafas graduadas. En Canarias el límite máximo establecido para las deducciones por gastos sanitarios en la Renta es de 600 euros en el caso de que se realice una declaración individual o de 840 euros si se presenta de forma conjunta.

En el caso de Cantabria, por su parte, pueden deducir hasta el 10% pagado por consultas, diagnósticos y tratamientos de enfermedad, embarazos, invalidez, accidentes y salud dental, si bien en este caso hay una excepción: los honorarios no pueden estar cubiertos por la Seguridad Social o la Mutua que le corresponda al contribuyente que quiere reducir estos gastos. El límite en esta comunidad autónoma para estos gastos es de 500 euros en el caso de la tributación individual y de 700 euros en la conjunta.

No obstante, estos límites pueden aumentar en 100 euros si aquella persona que presenta la declaración individual tiene reconocido un grado de discapacidad del 65% o más, y en la misma cuantía en tributaciones conjuntas por cada contribuyente que tenga ese mismo grado de discapacidad como mínimo.

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De esta manera, de cara a la declaración de la Renta 2023, solo tres comunidades autónomas permiten deducir los gastos sanitarios, que son las mencionadas: Comunidad Valenciana, Islas Canarias y Cantabria. No obstante, dada la importancia que tiene la salud, es altamente probable que se sumen a estas deducciones más regiones en los próximos años.

De hecho, a lo largo de los últimos años han sido muchos los ciudadanos y profesionales de la salud que han exigido un incremento de las deducciones por gastos sanitarios en la Renta para así poder reducir las cargas económicas a las que tienen que hacer frente las familias que deben hacerse cargo de tratamientos no cubiertos por el Sistema Nacional de Salud, como es el caso de la mayor parte de los tratamientos dentales, o tratamientos y consultas con unas largas listas de espera en la sanidad pública en distintas especialidades médicas.

A ello hay que sumar el coste de la adquisición de determinados equipamientos como las gafas o las lentillas, que en este caso también son gastos deducibles en algunas comunidades. En todo caso, habrá que ver si de cara a la Renta del presente periodo impositivo, cuya declaración habrá que presentar en 2025, hay cambios en este sentido y surgen nuevas deducciones para tratamientos y gastos médicos.