Las rentas por debajo de 35.200 euros se llevarán un susto en la próxima declaración de la Renta.

Las rentas por debajo de 35.200 euros se llevarán un susto en la próxima declaración de la Renta.

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Si ganas menos de 35.200 euros te vas a llevar un susto en tu próxima declaración de la Renta

La próxima declaración de la Renta promete sorpresas para muchos contribuyentes en España, especialmente para aquellos cuyos ingresos anuales no superan los 35.200 euros.

12 febrero, 2024 14:53

Cuando llega la declaración de la Renta, muchos temen tener que hacer frente a un gran desembolso económico, un temor que se puede hacer realidad para aquellos contribuyentes que cobran entre 22.000 y 35.200 euros al año, que recibirán un susto por la menor retención en los salarios que fue aprobada durante el pasado año por parte del Gobierno de España.

Los más afectados por la bajada de las retenciones del IRPF, es decir, la cuantía que cada empresa retiene de la remuneración mensual de sus trabajadores, serán aquellos contribuyentes cuyos sueldos superen los 22.000 euros. Estos trabajadores, según su renta y las cargas familiares que tengan, tendrán que devolver entre 400 y 900 euros a Hacienda en la próxima campaña de la declaración de la Renta que da comienzo el 3 de abril.

La razón de este resultado tiene que ver con el hecho de que, cuánta menor retención practique una empresa sobre el salario de los trabajadores, el contribuyente habrá que hacer frente a un mayor ajuste para abonar a Hacienda, lo que ha dejado de ingresar durante este ejercicio.

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Hay que tener en cuenta que el Gobierno decidió modificar el reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en diciembre de 2022 para que, a partir del año 2023, se aplicase una nueva norma que extendía hasta los salarios de 35.000 euros, un límite máximo en la cuota de retención. Así pues, sería de aplicación para los sueldos de entre 22.000 euros (que es la cuantía a partir de la cual debe presentarse la declaración de la Renta) y 35.200 euros. Sin embargo, la reducción de la retención de los sueldos será inferior según las circunstancias personales de cada contribuyente, con una menor retención según el número de hijos y si el cónyuge no aporta rentas al hogar familiar.

Teniendo lo anterior en cuenta, cuanto menor sea el salario y mayores cargas tenga el contribuyente, la empresa retendrá una menor cuantía por IRPF, pero en ese caso habrá que hacer una mayor devolución a la Agencia Tributaria una vez se realice la declaración de la Renta. Por otro lado, a medida que se incrementan salarios y se encuentran más próximos a los 35.200 euros, y según tenga menos cargas la persona, la retención por IRPF será mayor, por lo que la devolución a Hacienda será inferior o casi nula.

¿Cuál es el mínimo exento de tributación?

El Gobierno decidió subir la Renta, así como la pensión o prestación por desempleo exenta de retención para equipararla con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), de manera que quienes perciban 15.876 euros anuales o menos, no tendrán que tributar por IRPF, un mínimo de exención de retención que puede subir hasta los 19.267 euros anuales en los casos en los que el contribuyente tenga dos hijos o más a cargo y en los que su cónyuge gane menos de 1.500 euros anuales.

Con este aumento del mínimo exento de regulación, el Ministerio de Hacienda reduce las retenciones a los sueldos de 22.000 euros o menos con la finalidad de evitar un error de salto. De acuerdo a los cálculos del propio Ejecutivo, la rebaja de las retenciones en el IRPF beneficia a más de cinco millones de contribuyentes, sobre todo a pensionistas y asalariados. En cualquier caso, estos cambios son de aplicación para el año 2024, por lo que no afectarán a la campaña de la Renta 2023.

¿Cuándo hay que presentar la declaración de la Renta?

El próximo 3 de abril da comienzo el plazo para solicitar el borrador de la declaración correspondiente a la campaña de la Renta 2023, fecha en la que también se iniciará el periodo para presentar la declaración a través de internet. No será hasta el 25 de mayo cuando comenzará el plazo para poder solicitar la cita previa para realizar la declaración de forma presencial, mientras que el 3 de junio se abre el plazo para presentar la declaración de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.

El 26 de junio llegará a su fin el plazo para la presentación de la declaración de la Renta por internet para aquellos casos en los que el resultado sea a ingresar con domiciliación en cuenta bancaria, además de ser el último día fijado para poder solicitar la cita previa para llevar a cabo la declaración de forma presencial o vía telefónica. La fecha fijada como último día para presentar la declaración de la Renta a través de cualquiera de las vías establecidas es el próximo 1 de julio.

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Una curiosidad con respecto a esta campaña tiene que ver con que se ha determinado la obligación de presentar la declaración a través de medios electrónicos, si bien, la administración tributaria tendrá que asegurar la atención personalizada a todos aquellos contribuyentes que puedan requerir de asistencia para la presentación del trámite.

Asimismo, también existirá la obligación de presentar las primeras declaraciones sobre operaciones con criptomonedas y una declaración informativa anual, aquellas personas y entidades que residan en España y los negocios permanentes en territorio español de personas o aquellas entidades que residan en el extranjero, que ofrezcan servicios para mantener protegidas claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para el mantenimiento, almacenamiento y transferencia de monedas virtuales.

Con respecto a futuras campañas de la Renta, el Gobierno ha decidido extender hasta el 31 de diciembre de 2024 todas las medidas destinadas a las reformas que ayuden a disfrutar de un consumo más sostenible de energía, tanto en casas particulares como en bloques de vecinos, permitiendo deducciones del 20%, 40% o 60% de IRPF.