Una persona sostiene su cinturón Gucci.

Una persona sostiene su cinturón Gucci. Nothing Ahead, Pexels.

Fondos de inversión

Donaciones, capital riesgo, seguros o mudanza a Portugal: cómo aliviarán las grandes fortunas el impuesto

El "impuesto de solidaridad" entra en vigor con tres tramos, desde los 3 millones de euros, y con afectación a las declaraciones de 2022.

31 diciembre, 2022 20:37

En 2022 se anunció, y en 2023 entra en vigor el polémico “impuesto de solidaridad” o, como se le conoce popularmente, impuesto a las grandes fortunas. El Gobierno lo diseñó como un gravamen temporal y extraordinario para combatir la inflación, de cara a 2023 y 2024, pero la sorpresa saltó a última hora cuando se conoció que ya afectará a las declaraciones de 2022.

A los altos patrimonios de España les ha pillado a pie cambiado y sin margen suficiente para pergeñar una estrategia con la que rebajar su factura fiscal. El impuesto de 2022 lo pagarán íntegro, tal y como se establece en sus diferentes tramos. Sin embargo, están moviendo los hilos para reducir cargas y que en 2023 el pago del tributo sea lo mínimo posible.

Cabe recordar que el impuesto de solidaridad a las grandes fortunas contará con tres tramos. El primer tramo será del 1,7% para los patrimonios entre 3 y 5,3 millones de euros; del 2,1% para los patrimonios entre 5,3 y 10,6 millones, y del 3,5% para aquellos superiores a los 10,6 millones.

[El ‘impuesto a los ricos’ esconde una cláusula de revisión para convertirlo en permanente más allá de 2024]

Tras estos dos años, el Gobierno evaluará si lo mantiene o no. Su proyección es que la medida recaude más de 3.000 millones de euros en el conjunto del periodo. Aunque el ‘impuesto a los ricos’ esconde una cláusula de revisión para convertirlo en permanente más allá de 2024.

El espíritu que rige es evitar la doble imposición, dado que la cuota abonada por el Impuesto de Patrimonio será deducible en el nuevo impuesto. Hacienda ha ‘admitido’ que esta nueva tasa está dirigida contra Madrid, Andalucía, Galicia y Murcia, comunidades donde gobierna el PP y el Impuesto de Patrimonio está bonificado total o parcialmente.

Del límite conjunto al Constitucional

Las grandes fortunas de nuestro país ya se están organizando para suavizar su carga fiscal en 2023. Este periódico se ha puesto en contacto con una docena de banqueros privados y abogados fiscalistas -la mayoría de ellos sin querer ser citados- para consultar qué hilos están moviendo sus clientes, y el punto de partida es uno: intentar limitar las rentas para que aplique el límite conjunto del 60% Renta-Patrimonio.

Tal y como establece la Agencia Tributaria, “la cuota íntegra del Impuesto sobre el Patrimonio, conjuntamente con las cuotas del IRPF, no podrá exceder, para los sujetos pasivos sometidos al impuesto por obligación personal, del 60% de la suma de las bases imponibles del IRPF”.

Y, “en el supuesto de que la suma de ambas cuotas supere el límite anterior, se reducirá la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio hasta alcanzar el límite indicado, sin que la reducción pueda exceder del 80%”.

En segundo plano, el esquema que van a orquestar los ricos pasa por liquidar el impuesto e, inmediatamente, recurrirlo judicialmente. “La sensación general es que este impuesto va a ser tumbado en la jurisdicción ordinaria y, en cualquier caso, en el Tribunal Constitucional, pero tardaría más”, se teme un directivo español de una firma de inversión.

María Jesús Montero, ministra de Hacienda y Función Pública, en el Senado.

María Jesús Montero, ministra de Hacienda y Función Pública, en el Senado. Gustavo Valiente (Europa Press).

La inmediatez en el recurso se antoja de vital importancia “para evitar que pase lo mismo que con la plusvalía municipal, que a quien no la había recurrido no le devolvían aunque la tumbaron”, recuerda el directivo anterior.

La inconstitucionalidad podría llegar en un plazo de dos a tres años. “En caso de pagarlo, luego podrás reclamarlo con intereses -los intereses legales están por encima del Euríbor- y, en la práctica, se puede equiparar a una inversión en renta fija con la garantía de España, similar a un bono del Estado pero con mayor rentabilidad”, compara otro asesor financiero.

Donaciones, Portugal o seguros

Según Guillermo Santos, socio de iCapital, las fórmulas que más se están poniendo sobre la mesa para esquivar el impuesto a las grandes fortunas son, “básicamente, la creación de sociedades con actividad en economía real para que cumplan la exención del Impuesto de Patrimonio y el impuesto de solidaridad”, así como “hacer donaciones previas a hijos, ya que en comunidades como Madrid están prácticamente exentas”. Sólo se paga el 1%.

En el tema donaciones, Andalucía cuenta con un régimen similar. De lo que se trata es de reducir el perímetro imponible a la mínima expresión.

Otros banqueros ya trabajan con las grandes familias en reconvertir su actividad económica en empresarial, incrementando el porcentaje de activos afectos a más de la mitad. O, dicho de otra forma, pasando las inversiones financieras a activos empresariales, que quedan fuera del impuesto a los ricos. Las inversiones en bienes de capital o capex servirían, y la Dirección General de Tributos validó hace unos días que inversiones por encima del 5% en sociedades de capital riesgo o fondos de capital riesgo europeos también servirán.

Una ‘rendija’ por la que han entrado algunos empresarios es bajarse el sueldo para así transformar ese dinero sobrante en un bonus a dos años vista más un día. Otra forma de explotar los vacíos legales de la normativa.

Para quien tenga la posibilidad de moverse a otra jurisdicción, Portugal ha abierto los brazos a todos aquellos altos patrimonios españoles que quieran mudarse al país vecino y pagar menos impuestos. El país luso es la alternativa extranjera -frente a otras como Andorra- que ya muchas grandes fortunas han escogido y que otras están barajando.

Como publicó EL ESPAÑOL-Invertia, Portugal está ‘pescando’ exiliados fiscales en España con su IRPF al 20% durante una década y sin impuesto a los ricos.

Todos los expertos consultados coinciden en que lo fundamental es evitar todos aquellos activos o productos financieros en cartera que distribuyan cupones o dividendos trimestrales, semestrales o anuales -como los bonos, las acciones o los depósitos bancarios-, y optar a ganancias patrimoniales a más de un año. Los fondos de inversión en su gran mayoría son de acumulación y no de distribución de dividendos, por lo que son una solución idónea.

Al igual que lo son los unit linked luxemburgueses. Estos seguros de vida del Gran Ducado sí tributan por la cuantía invertida (la póliza) en Patrimonio y también lo harán en el impuesto de solidaridad. En cambio, no lo hacen los activos financieros que tienen por debajo -acciones, bonos, fondos de inversión, capital riesgo, inmuebles, etc-, por lo que sirven como diferimiento fiscal.

Una vez se rescatan, el tomador o su beneficiario sí tributan por los rendimientos generados. Pero, para eso, pueden pasar décadas. Los banqueros preguntados prevén que la demanda de seguros provenientes de Luxemburgo se dispare el próximo año.