Saúl, Messi y Savic en el Camp Nou

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Fiscalidad

Jornada 33... "La Liga española juega con 10 desde un punto de vista fiscal"

  • Los expertos denuncian que mientras en España se eliminan incentivos, otros países los instauran
  • Derechos de traspaso, agentes, impatriados... las quejas de los expertos en materia tributaria
20 abril, 2019 06:00

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En plena jornada 33 de LaLiga y a falta de seis para dar por cerrado la temporada, los más optimistas, entre quienes se acercan al equipo líder, creen que todavía hay posibilidad de ‘arrebatar’ al Barcelona ese primer puesto.

Eso en materia deportiva. En terreno fiscal el debate es otro y los expertos consideran que esta competición española nada ‘contracorriente’ ya que mientras “aquí se eliminan incentivos fiscales a los futbolistas extranjeros, otros países europeos los imponen". El director general corporativo de LaLiga, Javier Gómez Molina, señaló que en España “estamos jugando con 10 desde un punto de vista fiscal”.

A pesar de los controles aplicados a las cuentas de LaLiga o Primera División de España que han contribuido a reducir considerablemente la deuda y a aumentar su nivel de ingresos, los profesionales de ésta denuncian públicamente la retirada de incentivos para atraer ¿talento deportivo¿.

Así lo pusieron de manifiesto Javier Gómez Molina, y Félix Plaza, este último socio de Garrigues, durante sus intervenciones en el Congreso Compliance y Buenas Prácticas Tributarias, organizado por la editorial jurídica Lefebvre.

Gómez Molina, según los organizadores de este evento, comenzó preguntándose por qué, comparándose con otras Ligas europeas, “estamos jugando con 10 a nivel fiscal”.

MENOS DEUDA Y MÁS INGRESOS

Cuando Javier Tebas accedió a la presidencia de LaLiga en 2013, dijo, se encontraron con una deuda de 700 millones y con la mitad del sector en concurso de acreedores. Todo eso ha cambiado debido a dos grandes hitos que pasó a enumerar.

Por un lado, la implantación de un control económico distinto al que se venía aplicando en otras ligas, en el que se establece cuál es el gasto limite de plantilla que se puede tener, y a partir de ahí, se establece el gasto máximo que cada club puede consumir. Gómez Molina afirmó que este control “ha hecho que se pase del incumplimiento permanente de obligaciones al cumplimiento total de ellas”. Así, según sus palabras, han logrado reducir la deuda con la Agencia Tributaria de 700 millones hasta 70.

El segundo hito fue la aprobación del proyecto de ley de 2015, que dio a LaLiga la responsabilidad de comercializar de manera conjunta todos los derechos de televisión de los clubes de primera y segunda división. “Gracias a esto, en los años 2011/12 y 2012/13 el volumen de ingresos que movían los clubes era de en torno a los 2.000 millones, y la temporada de 2017/18 ha terminado con 4.400 millones” afirmó Javier Gómez. “Además, pasamos de representar en 2013 el 0,76% del PIB, a representar cinco años después el 1,37%, casi el doble”, añadió. 

Pero, pese a ello, todavía es necesaria una mayor eficiencia, ya que el tratamiento fiscal de otras ligas, como la italiana, la francesa o la Premier League, les hace gozar de ventajas que no tiene la española. 

Por su parte, Félix Plaza, socio de Garrigues, explicó los elementos básicos diferenciadores de los que hablaba Gómez Molina y el impacto que tienen en la liga española. En su opinión, han sido la crisis que ha vivido el fútbol y las malas prácticas que en el pasado se han hecho en materia fiscal, los motivos por los que determinados temas fiscales están siendo tratados de una forma 'mala' para la liga española. “Estas malas prácticas han llevado a la Administración a cuestionarse de una manera generalizada las aplicaciones de determinados incentivos fiscales específicamente en el punto de fútbol”, matizó el socio de Garrigues. 

Por un lado, Plaza se centró en el tema de los 'impatriados', más conocido como la ‘Ley Beckham’. Una ley que entró en vigor en 2005 con el objetivo de atraer a profesionales internacionales destacados como científicos o CEOs y por la que a trabajadores desplazados a territorio español y que no hubiesen sido residentes en España en los últimos 10 ejercicios se les permitía tributar como no residentes. Es decir, no se les exigía una tributación mayor al 24%. 

Sin embargo, en 2014 se excluyó a los deportistas de esa norma, debido a la crisis y a la polémica de que una persona que cobra tanto como Cristiano Ronaldo pagase menos que un albañil. “Lo que nadie tuvo en cuenta es que este régimen hizo que la LaLiga fuese capaz de vender muchos más derechos audiovisuales. Y es que la explotación de estos derechos genera miles de millones fuera de España y todos esos derechos tributan en España. La cuestión es cuanta capacidad de recaudación estamos perdiendo con la eliminación de este régimen” explicó el socio de Garrigues. 

Y mientras ese régimen era eliminado en España, otros países comenzaron a instaurarlo. De ahí, las desigualdades. En Francia, por ejemplo, para los extranjeros, el 30% de su salario total está exento de tributación durante ocho ejercicios. En Italia, desde 2017, las personas que trasladen su residencia fiscal allí pueden dejar fuera de su declaración de la renta cualquier bien o patrimonio que esté en el extranjero y, por las ganancias que su Hacienda entienda que son fruto de trabajos fuera del país, solamente tienen que pagar una contribución única de 100.000 euros anuales. 

“Si ponemos como ejemplo a Cristiano Ronaldo, está muy claro”, aseveró Plaza. “Los beneficios de todas las actividades que realiza fuera de Italia, todo lo que no está relacionado con su desempeño partido a partido en la Juventus de Turín, le cuesta solo esos 100.000 euros”. 

LOS AGENTES DE LOS JUIGADORES

Según la nota elaborada por la editorial Lefebvre, otra de las cuestiones que quiso resaltar el socio de Garrigues fue la de los agentes. “Antes eran personas que contrataban los deportistas. Ahora también son los clubes de fútbol los que contratan y pagan a los agentes” explicó. “Debido a esto, la Administración fiscal ha entendido que cuando el agente que contrata un club es agente de un jugador al mismo tiempo, el pago que hace el Club al agente se debe catalogar como un rendimiento del trabajo del jugador; y ha levantado unas actas muy cuantiosas como consecuencia de estos pagos realizados a los agentes”. Todo esto ha afectado no sólo al IRPF de los jugadores, sino a las retenciones de los clubes y al IVA de las facturas, porque se considera que es no deducible. 

Sin embargo, en otros países como Reino Unido, son más pragmáticos y han llegado a un acuerdo del 50/50. “Aunque no está escrito en ningún sitio, está implícito y todo el mundo respeta ese porcentaje” afirmó Plaza. En Italia, por otro lado, están tramitando una norma para que los clubes de fútbol se puedan deducir el 100% de la remuneración del agente y no haya nada que imputar al jugador. Mientras se aprueba la norma, actúan de la misma manera que en el Reino Unido. En Francia y en Portugal pasa más o menos lo mismo. “Medidas todas ellas que, una vez más, coloca a la liga española en una situación de desventaja competitiva enorme”, según el socio de Garrigues. 

Otro de los asuntos que abordaron tuvo que ver con los derechos de traspaso. Plaza indicó que “para que un jugador que está jugando en una liga pueda ser traspasado, es decir, inscrito en otra, primero debe darse de baja en la liga anterior. Esto obliga al Club adquisidor del jugador a pagar unos derechos de traspaso al Club vigente del jugador”. En nuestro país, de acuerdo con la interpretación de la normativa fiscal, este pago está sujeto a tributación en España. La Administración española entiende que aquí se produce una plusvalía que, aunque la tiene el Club extranjero, debe ser gravada en España. En consecuencia, a los clubes españoles les cuesta más fichar a un jugador que a los extranjeros fichar a ese mismo jugador”, afirmó el socio de Garrigues.