Hacienda eliminará una de las sanciones más comunes en la declaración de la Renta.

Hacienda eliminará una de las sanciones más comunes en la declaración de la Renta.

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Atención contribuyentes: Hacienda eliminará una de las sanciones más comunes en la declaración de la Renta

En 2024, Hacienda en España ha realizado cambios significativos en la declaración de la Renta, incluyendo una revisión en la política de sanciones.

8 febrero, 2024 12:38

Cuando se producen errores a la hora de realizar la declaración de la Renta o cuando esta se presenta fuera de plazo, Hacienda sanciona los errores, ya que el organismo entiende que los diferentes incumplimientos que pueden darse se realizan de forma intencionada y con el objetivo de eludir las obligaciones fiscales determinadas por el ordenamiento jurídico español.

Sin embargo, en algunas ocasiones estos fallos son cometidos de manera involuntaria y sin buscar un beneficio económico, y acerca de uno de esos casos se ha pronunciado el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que dio la razón a un contribuyente cuyas declaraciones de los ejercicios fiscales de 2014, 2015 y 2016 eran erróneas, anulando de esta manera la sanción impuesta por la Agencia Tributaria.

Hacienda indicaba en el acuerdo sancionador que, una vez examinadas las conductas del contribuyente, era evidente la "concurrencia de una cierta negligencia" merecedora de sanción. Sin embargo, el TSJG ha dictado sentencia, recalcando que "en materia sancionadora se exige algo más, la existencia del elemento subjetivo sancionador", indicando que en ese caso en particular existían datos que permitían "dudar del ánimo o voluntariedad infractora en el comportamiento" del contribuyente.

El 'derecho al error' del contribuyente

Más allá de dar la razón al sancionado por Hacienda, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha hecho referencia a la petición de inclusión del "derecho al error" en la Ley General Tributaria que el Consejo para la Defensa del Contribuyente (CDC) solicitó en el mes de mayo del año 2022.

A pesar de que dicha propuesta aún no se ha visto reflejada en la ley, en la sentencia se indica que quizá se haya conseguido iniciar un cambio que lleve a evitar sanciones en los casos en los que se producen incumplimientos involuntarios de las normas fiscales. Por lo tanto, el juez del TSJG decidió dejar sin efectos la sanción impuesta al contribuyente por parte de Hacienda.

No obstante, hay que tener en cuenta que, al tratarse de una sentencia del tribunal de Galicia, esta no es vinculante para la Agencia Tributaria a nivel nacional, algo que sí sucedería en el caso de que fuese una sentencia del Tribunal Supremo. En cualquier caso, la decisión sí que marca un antes y un después y podría llevar a Hacienda a eliminar una de las sanciones más comunes en la declaración de la Renta, dejando de dar por hecho que cualquier tipo de error es voluntario y con la intención de defraudar al fisco.

Sanciones por errores en la declaración de la Renta

El próximo 3 de abril dará comienzo la campaña de declaración de la Renta, un trámite que, de no hacerse o cumplimentarlo mal, puede acarrear importantes sanciones económicas, las cuales dependen del tipo de infracción y de su gravedad. Algunas de las infracciones más comunes son las siguientes:

Presentar la declaración de la Renta fuera de plazo

La presentación de los impuestos fuera de plazo es una de las infracciones tributarias más habituales, y en el caso de la campaña de la Renta 2023-2024, el plazo para su presentación finaliza el 1 de julio. A partir de esa fecha, su presentación supondrá la aplicación de un recargo si la declaración te sale a pagar por parte de la Agencia Tributaria.

De esta manera, habría que pagar un 1% del importe a pagar por cada mes de retraso, ascendiendo a un recargo del 15% una vez alcanzado el año. Si el resultado de la declaración es a devolver, la sanción aplicada por presentarla fuera de plazo es de 100 euros.

Documentos falsos o deducciones erróneas

Aplicar deducciones de forma incorrecta en la declaración de la Renta puede suponer una multa, siendo algunas de las sanciones más habituales dentro de esta categoría las siguientes:

  • En el caso de que la Agencia Tributaria considere que se trata de una infracción grave, la sanción asciende a un total del 15% de la cantidad recibida.
  • Si se omiten datos de relevancia o se incluye información falsa en la declaración de la Renta, la sanción es de 300 euros.
  • En el supuesto de que se utilicen facturas, justificantes o documentos falsos para que salga favorable la declaración en casos superiores a los 3.000 euros, la sanción es de entre el 50% y el 100% del importe.
  • El empleo de métodos fraudulentos supone una sanción de hasta el 150% en función del perjuicio causado a Hacienda.

Además, también es posible que se lleguen a perder subvenciones o ayudas públicas, e incluso, en los casos más graves, que se aplique una suspensión profesional.

No incluir todos tus ingresos en la declaración de la Renta

En aquellos casos en los que no se incluyan todos los ingresos en la declaración de la Renta se estaría infringiendo la legislación vigente, y según el artículo 191 de la Ley General Tributaria, según la gravedad, podrían aplicarse las siguientes sanciones:

  • Infracción leve: se produce cuando la base de la sanción es inferior o igual a los 3.000 euros, o siendo superior y no existe ocultación, y en este caso la sanción es una multa proporcional al 50%.
  • Infracción grave: si la base de la sanción supera los 3.000 euros y existe la ocultación, se considera que es una infracción grave, lo que supone una multa proporcional del 50% al 100% de la base.
  • Infracción muy grave: si se utilizan medios fraudulentos, se considera que es una infracción muy grave, con una multa proporcional del 100% al 150%.