Una persona contando dinero

Una persona contando dinero iStock

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Esta es la nueva ayuda de 747 euros que puede darte tu gobierno autonómico: no tiene en cuenta la renta familiar

Se trata de un apoyo para las personas o las familias que pasan verdaderas dificultades independientemente de su renta y que pueden necesitar algún tipo de asistencia. Estas son las diferentes cuantías que se entregan. 

8 marzo, 2024 12:56

En España existen muchas familias que pasan verdaderos apuros para poder llegar a fin de mes. Algunas de ellas están sustentadas por salarios precarios de trabajos que ofertan unas malas condiciones. Y otras directamente son víctimas de la situación de desempleo por la que atraviesan todos o algunos de sus miembros. 

Es por ello por lo que en nuestro país se ofrecen una serie de ayudas temporales o permanentes para intentar dar un 'empujoncito' económico a esos núcleos familiares que lo están pasando verdaderamente mal. Estos bonus están destinados a que estas personas puedan cumplir con necesidades básicas como la de sufragar los gastos de la alimentación, del agua, la luz o el gas, o incluso de la ropa. 

Para este tipo de familias se ponen en marcha una serie de ayudas que se llaman 'a la dependencia' y que son tramitadas, en la mayoría de casos, por los gobiernos autonómicos. Por ello, es hasta esta 'ventanilla' a la que hay que acudir para poder solicitar una ayuda que tiene una gran ventaja. 

¿Cuál es la ventaja de las nuevas ayudas a la dependencia?

La principal ventaja de las ayudas a la dependencia es que no tienen en cuenta las rentas familiares. Estas se centran en las necesidades de las personas. Tampoco varían en función de la edad en la mayoría de los casos. De hecho, a este bonus podría acceder incluso un menor o un niño muy pequeño. 

La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia está regulada dentro de la Ley 39/2006 y explica que no solo pueden acceder a esta ayuda las personas a las que se les haya reconocido un grado de dependencia. También lo pueden hacer incluso los menores de 3 años si justifican disposiciones especiales aplicables a su situación.

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El principal requisito es demostrar haber tenido la residencia en España durante al menos cinco años, de los cuales dos deben ser consecutivos. Para los menores, este concepto se aplica a sus tutores legales. Antes de otorgar esta ayuda es necesario realizar una valoración profesional del grado de dependencia. 

Para ello, se analizan informes médicos, la residencia del solicitante y otras ayudas técnicas o dispositivos que necesite. En el caso de los menores de 3 años, esta valoración se realiza por personal médico especializado en el Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil (CRECOVI), empleando la Escala de Valoración Específica (EVE). Una vez realizada la valoración, se declaran tres niveles de dependencia: 

  • Dependencia Moderada (Grado I)se aplica a aquellos que requieren ayuda al menos una vez al día para tareas básicas o que necesitan apoyo de manera intermitente para mantener su autonomía personal.
  • Dependencia Severa (Grado II): se aplica a las personas que necesitan asistencia varias veces al día para realizar actividades cotidianas sin cuidador a tiempo completo.
  • Gran Dependencia (Grado III): se aplica a individuos que, debido a una pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, requieren de manera indispensable y continua el apoyo de otra persona para todo el día.

Cuantía de la ayuda a la dependencia en 2024 (cuantías máximas)

Grado III:

  • Prestación económica vinculada al servicio: cuantía mínima de 200 euros y cuantía máxima 747,25 euros.
  • Prestación económica de asistencia personal: cuantía mínima de 200 euros y cuantía máxima de 747,25 euros.
  • Prestación económica por cuidados en el entorno familiar: cuantía mínima de 200 euros y cuantía máxima de 455,40 euros.

Grado II:

  • Prestación económica vinculada al servicio: cuantía mínima de 150 euros y cuantía máxima de 445,30 euros.
  • Prestación económica de asistencia personal: cuantía mínima de 150 euros y cuantía máxima de 747,25 euros.
  • Prestación económica por cuidados en el entorno familiar: cuantía mínima de 150 euros y cuantía máxima de 315,90 euros.

Grado I:

  • Prestación económica vinculada al servicio: cuantía mínima de 100 euros y cuantía máxima de 313,50 euros.
  • Prestación económica de asistencia personal: cuantía mínima de 100 euros y cuantía máxima de 313,50 euros.
  • Prestación económica por cuidados en el entorno familiar: cuantía mínima de 100 euros y cuantía máxima de 180 euros.