Una mujer embarazada en el hospital con su ginecóloga.

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Mis finanzas

Así hay que aplicar la deducción por maternidad en la Declaración de la Renta

Expertos en fiscalidad de EY abordan las principales dudas de cara a la presente campaña de la renta. 

20 junio, 2023 21:00

La Declaración de la Renta sigue su curso. Hasta el 30 de junio hay margen para presentar el documento ante la Agencia Tributaria, por lo que todo consejo al respecto es muy necesario. 

Entre las dudas que pueden tener los contribuyentes está la deducción por maternidad y como aplicarla en la declaración del IRPF. 

Borja Martín, senior de People Advisory Services de EY, explica que "se trata de una deducción de la cuota diferencial que podrán aplicar las mujeres con hijos menores de tres años que tengan derecho al mínimo por descendiente". 

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Sin embargo, hay condiciones. En el momento del nacimiento, las madres deben percibir alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo, estar de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad o "en cualquier momento posterior al nacimiento estar dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados".

"Igualmente podrán aplicarla ambos progenitores si son del mismo sexo y el padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre, o cuando la custodia se les atribuya de forma exclusiva", añade. 

"La deducción podrá ser aplicada desde el mes de nacimiento y hasta el mes anterior al que el /los hijos cumplan los tres años". Su importe es de 1.200 euros anuales por cada hijo, calculándose de forma proporcional "por el número de meses del ejercicio posteriores al cumplimiento de los requisitos".

Martín explica, además, que el importe se podrá elevar en 1.000 euros anuales por cada hijo si el/la contribuyente incurrió en "gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil".

Abono anticipado

Con todo, el contribuyente puede optar por descontar directamente en la declaración de la Renta el importe de la deducción o bien recibir un anticipo de 100 euros cada mes. Para optar por el adelanto de 100 euros mensuales es necesario solicitarlo a través del modelo 140.

El experto de EY aclara que hasta el 31 de diciembre de 2022 "sólo se podía aplicar la deducción por maternidad por aquellos meses en los que se realizaba una actividad por cuenta propia o ajena de alta en la Seguridad Social o mutualidad".

No obstante, y como novedad, "esta deducción estará también disponible, con carácter retroactivo, desde el 1 de enero de 2020, para madres que se hallen en situación legal de desempleo por suspensión del contrato de trabajo, periodo de inactividad productiva (en el caso de trabajadoras fijas-discontinuas), prestación por cese de actividad, para trabajadoras autónomas como consecuencia de la suspensión de la actividad económica desarrollada o víctimas de violencia de genero".

En la práctica, y de cara a la inclusión de la deducción en la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2022 se deberá señalar -en las casillas establecidas para ello-, los meses en los que se cumplan los requisitos para su aplicación, siempre teniendo en cuenta también los meses en que concurra cualquiera de estas nuevas circunstancias previamente indicadas.

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Respecto de la deducción de 2020 y 2021, se han creado para cada uno de estos años unas casillas específicas en Renta WEB 2022 para que se consigne el importe de la deducción por maternidad por los meses en los que con la normativa original no se tenía derecho a la deducción y en los que ahora sí se tiene.

Para facilitar a los contribuyentes la labor de identificar si se encuentran en esta situación, y siempre que la AEAT disponga de todos los datos y antecedentes necesarios, las casillas destinadas a la ampliación de la deducción por maternidad de los ejercicios 2020 y 2021 aparecerá ya cumplimentada en el borrador, aunque siempre será conveniente revisar los importes.