cuatroestaciones

cuatroestaciones

Mercados

Hacienda no me ha devuelto la Renta: ¿qué plazo tiene y por qué se retrasa la devolución?

Ha pasado la primavera, el verano, el otoño y si, a punto de comenzar el invierno, Hacienda no te ha devuelto la Renta de 2017, ¿qué puede estar pasando? Según recoge la ley del IRPF, Hacienda practicará la liquidación dentro de los seis meses siguientes al término del plazo fijado para la declaración. Es decir, el 2 de enero de 2019.

16 diciembre, 2018 05:00

Pero si llegados a esa fecha, Hacienda sigue sin devolver, lo hará de oficio. Es importante recordar que puede seguir realizando comprobaciones. Si el retraso en el pago no es culpa del contribuyente, devolverá la cantidad pendiente más los intereses de demora en la cuantía y forma que establece la Ley Tributaria.

Ese interés de demora en 2017 y 2018 es del 3,75%. Asesores del Centro de Estudios Financieros aconsejan revisar bien los datos antes de confirmarlos porque si hay cualquier error el responsable es el sujeto pasivo. Las modificaciones o correcciones, como un cambio de domicilio, implican demoras.

¿Qué motivos puede haber para que Hacienda no pague la Renta?

Que la declaración de IRPF esté siendo comprobada y los datos contrastados con otras fuentes de información, como declaraciones de otros contribuyentes, entidades bancarias, etc.

Si existen diferencias significativas con respecto a declaraciones de otros años.

En el caso de que existan ingresos atípicos, como los relativos a viviendas de alquiler turístico, que la Agencia Tributaria tenga que contrastar.

En el caso de existir errores, como con los datos personales, cambios de domicilio no comunicados, errores en el traslado de los datos a la declaración, etc.

Si la cantidad a devolver es muy elevada.

Presentar la declaración al final del periodo de la campaña de la renta, ya que se pondrá a la cola de todas las presentadas con anterioridad.

Además, una cuestión importante que suele pasarse por alto es que otras deudas con la Administración pueden hacer desaparecer de un plumazo la cantidad que estás esperando de la Agencia Tributaria. Por tanto, si no se ha pagado una multa de tráfico o aparcamiento, o se deben recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IB) o de matriculación, unas tasas judiciales¿ la AEAT puede descontar dicha cantidad (la de la deuda) del importe a devolver por la Renta.

¿Cómo consultar el estado de la devolución?

El contribuyente puede consultar el estado de la tramitación de la devolución en la página web de la Agencia: con certificado o DNI electrónico; con Cl@ve PIN (si está registrado en el sistema Cl@ve PIN) y con su NIF y la referencia del borrador/declaración del ejercicio 2017, que consta de 6 caracteres.

Una vez identificado, debe acceder a su expediente a través de la opción "Servicios de tramitación borrador/declaración (Renta WEB)", y entrar en el apartado "Estado de tramitación" donde se podrá consultar la situación del expediente. En este punto la información que aparecerá será:

Su declaración se está tramitando. Lo que indica que la declaración se ha recibido, pero todavía no ha terminado de tramitarse.

Su declaración está siendo comprobada. En este caso la declaración estará siendo revisada, lo cual puede ser un proceso rutinario o derivar en una comprobación más exhaustiva.

Su declaración ha sido tramitada por los órganos de gestión tributaria, estimándose conforme la devolución. En este caso ya estaremos cerca de que se proceda a realizar la devolución.

La devolución ha sido emitida, indicando la fecha de realización.