Hacienda desafía a Bruselas y mantiene las sanciones del modelo 720 en su plan contra el fraude

Hacienda desafía a Bruselas y mantiene las sanciones del modelo 720 en su plan contra el fraude

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Hacienda desafía a Bruselas y mantiene las sanciones del modelo 720 en su plan contra el fraude

Hacienda, en un acto de desafío a la Comisión Europea, tiene previsto reafirmarse en las sanciones del modelo 720, el que se presenta para declarar los bienes situados en el extranjero.

26 octubre, 2018 04:00

Pese a que Bruselas ha considerado esas sanciones desproporcionadas y los tribunales están dando la razón a los demandantes, el Gobierno ha elaborado un anteproyecto de ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude que está en fase de consulta pública donde se reafirma en sus castigos a las infracciones.

En él advierten que constituyen infracciones tributarias no presentar en plazo y presentar de forma incompleta, inexacta o con datos falsos las declaraciones informativas. También será una infracción la presentación de estas declaraciones por medios distintos a los electrónicos, informáticos y telemáticos en aquellos supuestos en que hubiera obligación de hacerlo por dichos medios.

En el caso de incumplir la obligación de informar sobre cuentas en entidades de crédito situadas en el extranjero, la sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma cuenta que hubiera debido incluirse en la declaración o hubieran sido aportados de forma incompleta, inexacta o falsa, con un mínimo de 10.000 euros.

La sanción será de 100 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma cuenta, con un mínimo de 1.500 euros, cuando la declaración haya sido presentada fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración tributaria. Del mismo modo se sancionará la presentación de la declaración por medios distintos a los electrónicos, informáticos y telemáticos cuando exista obligación de hacerlo por dichos medios.

En el caso de incumplimiento de la obligación de informar sobre títulos, activos, valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero, la sanción será la misma. Al igual que si lo que se incumple es la obligación de informar de los bienes inmuebles y derechos.

Además, aparece un supuesto nuevo, también merecedor de la misma sanción. A partir del momento de entrada en vigor del anteproyecto, habrá que informar a Hacienda de las monedas virtuales situadas en el extranjero. Del mismo se penaliza la presentación fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración tributaria.

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