¡21 días para declarar por Sociedades! Las obligaciones fiscales llegan en julio a las empresas

¡21 días para declarar por Sociedades! Las obligaciones fiscales llegan en julio a las empresas

Mercados

¡21 días para declarar por Sociedades! Las obligaciones fiscales llegan en julio a las empresas

Puesto que las personas físicas ya se han retratado ante Hacienda, ahora empieza el turno de las jurídicas. Las empresas tendrán hasta el 25 de julio para presentar el Impuesto sobre Sociedades sobre los rendimientos generados en 2017.

4 julio, 2018 04:00

La Agencia Tributaria ha activado el portal de Sociedades para consultar todo lo relativo a este tributo, tal y como hizo durante la campaña de la Renta.

En total se presentarán 1,4 millones de declaraciones y los ingresos rondarán los 30.000 millones, como en ejercicios anteriores.

¿Quiénes están sujetos al impuesto?

Las sociedades civiles, mercantiles, estatales, unipersonales, fundaciones, fondos de inversión, fondos de pensiones, de capital-riesgo, firmas de titulización hipotecaria, sicav, fondos de activos bancarios¿y otras.

¿Quiénes tienen obligación de declarar?

En general todos los contribuyentes del impuesto, con independencia de que hayan desarrollado o no actividades durante el período impositivo y de que se hayan obtenido o no rentas sujetas al impuesto. Pero hay excepciones.

¿Cuáles son los plazos para presentar la declaración?

A diferencia de lo que sucede en otras figuras tributarias, la declaración del Impuesto sobre Sociedades no tiene un plazo de presentación único para todos los contribuyentes, sino que cada contribuyente tiene su propio plazo, en función de la fecha en que concluya su período impositivo.

La presentación de la declaración deberá efectuarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Como regla general, cuando se trate de contribuyentes cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo de presentación de declaraciones queda fijado en los veinticinco primeros días naturales del mes de julio.

¿Cuáles son los modelos de declaración?

Para la declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los períodos impositivos iniciados dentro del año 2017, con carácter general existe un único modelo: el modelo 200.

Además existe un modelo de declaración específica para el régimen de consolidación fiscal: el modelo 220.

Para la declaración del gravamen especial sobre dividendos o participaciones en beneficios distribuidos por SOCIMIS se deberá presentar el modelo 217.

Todas estas declaraciones deben presentarse por vía electrónica.

Tipos de gravamen

El tipo general será del 25% para las socimis se situará en principio en el 0%, pero habrá uno del 19% sobre dividendos distribuidos a socios con participación en el capital igual o superior al 5%. Las sicav y fondos de inversión de carácter financiero, así como los fondos de inversión inmobiliaria, tributarán al 1%. Los fondos de pensiones al 0% y las entidades de crédito al 30%. Consulta todos los tipos de gravámenes.

Deducciones

Además de las existentes para evitar la doble imposición internacional, hay otras como las deducciones por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica; por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales. Deducciones por creación de empleo y por creación de empleo para trabajadores con discapacidad.