El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, responsable de la nueva ley de publicidad institucional.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, responsable de la nueva ley de publicidad institucional. Rafael Bastante / Europa Press

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La CNMC exige cambios al plan del Gobierno para limitar al 35% la publicidad institucional de los medios de comunicación

El regulador pide que el cálculo se haga para cada entidad perteneciente al grupo empresarial y no para el conjunto de la compañía.

Más información: El Gobierno limitará al 35% la publicidad institucional de los medios y pondrá coto a las agencias y las redes sociales

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Las claves

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La CNMC ha planteado objeciones al límite del 35% de publicidad institucional en los ingresos de los medios, pidiendo que incluya todos los ingresos públicos y se aplique por entidad.

Competencia advierte que la excepción geográfica al límite podría ser discriminatoria frente a otros medios de ámbito estatal.

El anteproyecto de ley unifica las reglas de la publicidad institucional para toda la Administración y empresas públicas como Renfe, Correos o Adif.

La CNMC recomienda concretar criterios objetivos y transparentes en la asignación de fondos y ajustar algunas atribuciones para ejercer un control efectivo.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha planteado objeciones a la limitación del 35% de publicidad institucional en los ingresos totales de los medios de comunicación incluida en el Anteproyecto de Ley de Publicidad del Sector Público aprobado el pasado mes de febrero.

En su informe preceptivo, Competencia indica que este límite máximo del 35% de ingresos públicos por publicidad debería contabilizar los ingresos obtenidos a través de contratos, ayudas, convenios con las AAPP y empresas públicas y establecerse para cada entidad perteneciente al grupo empresarial.

Este elemento es clave ya que la norma dice que los prestadores de plataformas en línea formen parte de un grupo de sociedades, el límite del 35% se calculará tomando en consideración el importe neto de la cifra de negocios del conjunto del grupo.

Del mismo modo, agrega que la excepción al límite del 35% -que indica que el ámbito geográfico podría permitir obviar esta norma- podría ser discriminatoria frente a otros prestadores análogos, con la misma cifra de negocios o inferior, de ámbito estatal, que tendrían la limitación referida.

La norma que limita al 35% la publicidad institucional en los ingresos de los medios ha generado cierta controversia. El Ejecutivo sostiene que es una manera de asegurar que la prensa, la televisión o la radio no vivan exclusivamente de recursos públicos.

Los detractores, por su parte, sostienen que es una medida para frenar a medios críticos que recaudan ingresos públicos a través de administraciones vinculadas al Partido Popular (PP).

Y esta es otra de las grandes novedades, ya que unifica las reglas de la publicidad institucional en toda la Administración pública, no solo en las comunidades autónomas o ayuntamientos, sino que también en las empresas públicas como Renfe, Correos o Adif.

En cualquier caso, en el Gobierno creen que este 35% es una cifra muy alta que en nada cambiará los presupuestos de los medios consolidados y que tiene la mayor parte de sus ingresos a través de acuerdos y publicidad

Con todo, la CNMC valora positivamente el anteproyecto de ley al considerar que contribuirá a mejorar la transparencia en la distribución de recursos públicos entre medios de comunicación y plataformas en línea. Pero plantea cambios importantes.

Respecto a las nuevas atribuciones de la CNMC, contará con funciones de control del gasto público en publicidad y de verificación del funcionamiento independiente de los prestadores públicos de medios de comunicación estatales, pero el regulador reclama realizar ajustes en algunas de ellas para poderlas ejercer adecuadamente, así como concretar la dotación de medios organizativos y personales.

En cuanto a los criterios de asignación de los fondos públicos se aconseja que la exigencia de “procedimientos abiertos, objetivos y no discriminatorios” se concrete identificando los que reunirían estas características de entre los contemplados en la normativa de referencia.

En relación a las obligaciones de transparencia sugiere que se apliquen a los contratos con los medios de comunicación y con las plataformas digitales (tanto los referidos a publicidad del sector público como a otros) y a cualquier tipo de ayudas o subvenciones públicas y convenios u otras figuras.

La CNMC también pide equiparar el contenido de las definiciones a las de la normativa de la Unión Europea de referencia e incluir una mención a las plataformas en línea para equiparar las exigencias de transparencia contempladas a los prestadores de servicios de medios de comunicación.

Registro de medios

Indica que la actividad de seguimiento del gasto en publicidad y la existencia del Registro de medios de comunicación por parte de la CNMC, dada la tramitación en paralelo de otra normativa, deberían estar coordinadas.

Frente a una preferencia subjetiva por medios de carácter informativo, se recomienda utilizar criterios objetivos y medibles de idoneidad, que pudieran, por ejemplo, modular la participación de los diferentes perfiles de operadores en las potenciales licitaciones públicas.

Respecto a la comunicación de tarifas como precios máximos, se recomienda permitir separarse de las mismas cuando se acrediten razones justificativas. Se sugiere que, en vez de una cuantía concreta, se puedan facilitar bandas orientativas, medias o rangos de referencia de precios.

Dicen además que la elaboración del plan anual de publicidad por el gobierno no sustituye a la obligación de publicar información sobre su gasto público en publicidad estatal ni a las facultades de verificación que tiene la CNMC en caso de posible disparidad de informaciones.

Finalmente, se recomienda tener en cuenta que algunos reenvíos realizados por el texto normativo se refieren a normas que no son actualmente derecho positivo, a efectos de plantearse realizar ajustes en este anteproyecto de ley.