Imagen del aeropuerto de Málaga.

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Turismo

Bruselas avisa a las aerolíneas de que no pueden aplicar recargos retroactivos por la subida del queroseno

El Ejecutivo comunitario aclara que el encarecimiento del combustible no puede considerarse en ningún caso una “circunstancia extraordinaria” que exima del pago de compensaciones por cancelación.

Más información: La UE rastreará el queroseno almacenado por empresas y países para repartirlo de 'forma solidaria' y evitar que se agote

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Las claves

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Bruselas advierte que las aerolíneas no pueden aplicar recargos retroactivos por la subida del queroseno.

Las compañías aéreas deben indemnizar a los pasajeros por cancelaciones derivadas del aumento del precio del combustible, salvo en casos de escasez local.

Los pasajeros mantienen el derecho al reembolso íntegro del billete, transporte alternativo y asistencia en caso de cancelación.

Para los paquetes turísticos, solo se permiten subidas de precio retroactivas bajo condiciones contractuales específicas y con notificación previa de 20 días.

Las compañías aéreas siguen obligadas a resarcir a los pasajeros afectados por cancelaciones de vuelos derivadas de la subida del precio del queroseno por la guerra en Irán y no pueden añadir recargos por combustible de forma retroactiva, según ha advertido la Comisión de Ursula von der Leyen.

El Ejecutivo comunitario ha publicado este viernes un documento de orientaciones dirigido al sector del transporte y el turismo de la UE ante la actual reducción del suministro de combustible de aviación procedente de Oriente Medio, que deja claro que los derechos de los pasajeros siguen vigentes.

En concreto, Bruselas deja claro que el encarecimiento del combustible no puede considerarse en ningún caso una "circunstancia extraordinaria" que exima a las aerolíneas de hacer frente a sus obligaciones.

"El combustible representa una parte significativa de los costes de las compañías aéreas y es bien sabido que está sujeto a una considerable volatilidad de precios", argumenta la Comisión.

Por ello, los pasajeros afectados por cancelaciones siguen teniendo derecho al reembolso del coste íntegro del billete, a un transporte alternativo o a un transporte de regreso, así como a asistencia en el aeropuerto.

Si la cancelación se produce con menos de 14 días de antelación, las compañías aéreas deben además pagar las indemnizaciones previstas en la legislación comunitaria: 250 euros para vuelos de hasta 1500 kilómetros; 400 euros para todos los vuelos de entre 1500 y 3500 kilómetros; y 600 euros para el resto.

Las aerolíneas solo pueden quedar exentas del pago de compensaciones económicas si demuestran que la cancelación se debió a circunstancias extraordinarias, como una escasez local de combustible.

El Ejecutivo comunitario ha resaltado que las compañías aéreas deben mostrar el precio final del billete desde el principio del proceso de compra, con el fin de evitar que los pasajeros se enfrenten a "costes inesperados". "No se permite la aplicación retroactiva de cargos adicionales, como recargos por combustible", señala el documento.

En el caso de los paquetes turísticos, la directiva de viajes combinados "puede permitir a los organizadores aumentar el precio de forma retroactiva, si así se establece en el contrato y solo en circunstancias específicas".

Si se produce un incremento del precio del transporte de pasajeros debido al coste del combustible u otras fuentes de energía, una subida de hasta el 8% del precio del paquete no requiere el consentimiento del viajero. En caso de que el aumento supere este umbral, el viajero puede aceptarlo o resolverlo sin pagar gastos de cancelación.

Cualquier subida de precio solo puede ejecutarse si el organizador informa al viajero de manera clara y comprensible, como máximo 20 días antes de la salida, indicando la justificación de la subida y el cálculo correspondiente en un soporte duradero.

Para ayudar a evitar la suspensión de determinadas rutas, Bruselas aclara que las aerolíneas pueden quedar exentas de la regla del 90% de aprovisionamiento de combustible en el aeropuerto de salida.

Esto se aplica cuando las normas de seguridad exigen transportar combustible adicional desde el aeropuerto de salida, lo que de otro modo podría impedir que la aerolínea realizara su siguiente vuelo si no hay suficiente combustible disponible en el aeropuerto de destino en la UE, señala el documento.

En cuanto a los slots aeroportuarios, Bruselas relaja también las obligaciones habituales de uso de derechos de aterrizaje y despegue si hay problemas de suministro de combustible en los aeropuertos. En ese caso, las compañías aéreas no serán penalizadas por no usar las franjas asignadas.

Finalmente, la Agencia de Seguridad Aérea de la Unión Europea (EASA) también ha publicado un boletín de información sobre seguridad para informar a los actores del sector de la aviación y del suministro de combustible sobre el uso seguro en Europa del combustible de aviación Jet A, el más común en Estados Unidos.