Una persona con el teléfono móvil en una imagen de archivo.

Una persona con el teléfono móvil en una imagen de archivo. Europa Press

Turismo

Consumo propone prohibir las reseñas falsas en internet que perjudican a restaurantes, bares y hoteles

Esta propuesta es una enmienda que se hace en la Ley SAC para modificar la Ley General para la Defensa de los Consumidores.

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El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 quiere atajar el problema de las reseñas falsas en internet. Para ello, el ministro Pablo Bustinduy propone realizar una serie de cambios como la posibilidad de réplica por parte del empresario o la solicitud de la eliminación de la reseña cuando pueda acreditar que no es real.

Esta propuesta afecta principalmente a los comentarios que se realizan en portales como TripAdvisor, TheFork o Booking, o incluso en otras más especializadas. Y busca permitir que el usuario tome decisiones en base a una información real y no a valoraciones falsas.

También responde a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que en 2021 pidió al anterior ministro de Consumo, Alberto Garzón, que concretara medidas para asegurar que las reseñas son veraces.

“A la hora de garantizar la veracidad de las reseñas, se va a contar con varios instrumentos que, de forma agregada, permitirán garantizar la veracidad de las reseñas y que el consumidor que las use de referencia pueda tomar decisiones de compra de forma consciente”, señalan fuentes del Ministerio.

Así, Consumo propone como novedad dejar la reseña en los 30 días posteriores a la compra del bien o disfrute del servicio. Tiene la finalidad de garantizar que la reseña se corresponda con la opinión real y reciente de un cliente/consumidor.

También pretende dar la opción a réplica por parte del empresario, para garantizar que el consumidor recibe una información completa que le ayude a tomar su decisión de compra final.

El último cambio ofrece la posibilidad al empresario de solicitar la eliminación de la reseña cuando pueda acreditar que no es real. A diferencia de la propuesta italiana, “en España se exigirá al empresario acreditar de forma fehaciente que la reseña no es real, bien porque el consumidor no ha comprado el producto o disfrutado del servicio, bien porque su contenido no es verídico”, señalan.

Al ser una norma de ámbito general no se entra a concretar la forma en que el empresario deberá acreditar la falta de veracidad de la reseña, pudiéndose utilizar elementos adaptados al caso concreto con pruebas que demuestren que una factura que se muestra en la reseña ha sido manipulada o que demuestren que los precios a los que aluden las reseñas no son reales, por ejemplo.

Estas novedades se añaden a lo que ya está incluido en la ley: la prohibición de compraventa de reseñas y la obligación de indicar si se ha verificado que la reseña ha sido interpuesta por un consumidor real.

Esta propuesta es una enmienda que se hace en la Ley de Servicios de Atención a la Clientela para modificar la Ley General para la Defensa de los Consumidores. La Ley SAC se encuentra actualmente en fase de enmiendas parciales. Es decir, en la fase final de tramitación parlamentaria.