La sede de la CNMC en imagen de archivo

La sede de la CNMC en imagen de archivo EUROPA PRESS

Tecnología

La CNMC multa a Telefónica con 20 millones por incumplir los compromisos adquiridos al comprar DTS (Canal+) en 2015

La compañía recurrirá la multa de Competencia, que le acusó de imponer permanencia a sus clientes de televisión pese a no poder hacerlo.

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A. Muñoz
Publicada

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto a Telefónica una multa de 20 millones de euros por el incumplimiento de los compromisos adquiridos en 2015 en el marco de la compra de DTS, la antigua Sogecable (Canal+).

En un comunicado recogido por Europa Press, el regulador explica que la autorización de esta operación llevaba aparejada una serie de condiciones, como que Telefónica no podía imponer permanencias ni obstáculos a la movilidad de sus clientes de televisión de pago.

Sin embargo, el análisis de la CNMC concluye que, al menos entre el 30 de agosto de 2021 y el 30 de abril de 2023, Telefónica comercializó sus productos Movistar Fusión y MiMovistar con televisión de pago y arrendamiento de dispositivos con condiciones de permanencia y penalizaciones por baja anticipada.

"Estas prácticas contravenían los compromisos aceptados y restringían la libertad de los clientes para cambiar de operador", ha resaltado la CNMC, que en 2023 ya impuso una multa de seis millones de euros a Telefónica por su oferta Movistar Fusión con alquiler de un smartphone.

En la resolución actual, la CNMC constata que la empresa amplió la práctica a otros dispositivos electrónicos y reforzó las condiciones de permanencia.

Infracción

"El incumplimiento de lo establecido en los compromisos de una operación de concentración supone una infracción muy grave en virtud del artículo 62.4.c de la Ley de Defensa de la Competencia", ha recordado la institución dirigida por Cani Fernández.

El regulador ha subrayado que en este caso concurre un factor agravante, como es la reiteración de las infracciones tipificadas en la Ley de Defensa de la Competencia por parte de la empresa de telecomunicaciones.

La CNMC recuerda que contra esta resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

De hecho, fuentes del mercado han confirmado a Europa Press que Telefónica recurrirá la sanción, como suele ser habitual por parte de la operadora ante este tipo de resoluciones de la autoridad de Competencia.