Aplicaciones de Telegram y WhatsApp en un iPhone.

Aplicaciones de Telegram y WhatsApp en un iPhone. Manuel Fernández Omicrono

Tecnología

WhatsApp, Telegram y Google quedan exentas de abonar la tasa de operadores en España

El Gobierno corría el riesgo de "extralimitarse" en la regulación si obligaba a estas compañías a inscribirse en el Registro de Operadores. 

17 noviembre, 2021 05:30

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Las grandes compañías internacionales de servicios de mensajería instantánea, como WhatsApp, Telegram o Google, no tendrán que pagar la tasa de operadores en España al no estar obligadas a inscribirse en el nuevo Registro de Operadores que crea el proyecto de Ley General de Telecomunicaciones

El texto aprobado este martes por el Gobierno en Consejo de Ministros establece una nueva clasificación de los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas más adecuada a la realidad del mercado actual, en la que ya no solo las compañías tradicionales de telefonía prestan servicios de comunicación personal.

En esta nueva clasificación, se regula por primera vez a los servicios de comunicaciones interpersonales independientes de la numeración, que tendrán que asumir distintas obligaciones como la comunicación previa al Registro de Operadores, a efectos estadísticos y censales.

Estar inscrito en el registro conlleva además el pago de la tasa general de operadores vigente en España, que supone el uno por 1.000 de los ingresos que obtienen las compañías por prestar estos servicios, siempre y cuando la facturación que obtengan por los mismos supere el millón de euros bruto anual.

Según explican fuentes de la secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, esta obligación afecta únicamente a los operadores que están establecidos en España.

Y ese no es el caso de las grandes compañías internacionales que ofrecen servicios de mensajería instantánea como WhatsApp, Telegram o Google.

Además, al hecho de que estas compañías no estén instaladas en España, se suma también el que los servicios que prestan son gratuitos, de manera que su aportación a las arcas públicas hubiera sido nula. 

Transposición de la directiva europea

Asimismo, las fuentes explican que el proyecto de ley transpone lo que recoge en el Código Europeo de Comunicaciones Electrónicas y, a este respecto, establece ya un marco de regulación determinado fruto de las negociaciones entre países.

En este sentido, admiten que en el Gobierno se plantearon inicialmente "ir un poco más allá" de lo recogido en la directiva europea con el fin de lograr un mayor equilibrio entre los distintos operadores del mercado.

Sin embargo, finalmente se consideró, en términos jurídicos, que de hacerlo se debilitaría la propia ley y podría ocasionar problemas en el desarrollo posterior de la ley. 

Además, añaden que durante la tramitación del anteproyecto de ley varias entidades públicas argumentaron que no se debería obligar a estas grandes compañías a inscribirse en el registro y pagar la tasa, porque supondría una "pequeña extralimitación regulatoria".