La presidenta no ejecutiva de Redeia, Beatriz Corredor

La presidenta no ejecutiva de Redeia, Beatriz Corredor Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

Observatorio de la Energía

Corredor carga contra la CNMC por el expediente del apagón y gana tiempo para retrasar al máximo una posible sanción

Redeia celebra este miércoles su junta general con la acusación de haber cometido una falta muy grave que pudo hacer caer todo el sistema eléctrico.

Más información: Red Eléctrica pide archivar el expediente de la CNMC por el apagón y ve que hay conflicto de interés del regulador.

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Las claves

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Redeia ha respondido con contundencia al expediente sancionador abierto por la CNMC tras el apagón, negando las acusaciones y cuestionando el rigor técnico del regulador.

La compañía alega que la CNMC también es responsable por no haber actualizado a tiempo el procedimiento operativo que podría haber evitado el apagón.

El proceso administrativo se prevé largo, con periodos de prueba y alegaciones que podrían retrasar la imposición de sanciones más de un año.

Las consecuencias para Redeia y las centrales nucleares investigadas pueden ser especialmente graves, abriendo la puerta a demandas civiles millonarias y procesos judiciales de largo recorrido.

Redeia ha reaccionado de forma contundente contra el expediente sancionador por infracción muy grave que le ha sido abierto por la CNMC dentro del reparto de responsabilidades del apagón. Todo apunta a una batalla administrativa larga en la que el operador gana tiempo para retrasar más de un año una posible propuesta de sanción.

Beatriz Corredor preside este miércoles la junta general de accionistas de Redeia, en la que tendrá que dar explicaciones por la falta muy grave que le achaca la CNMC. Incluso se les puede cuestionar por qué no se ha provisionado una partida ante las consecuencias que pueda acarrearle a medio y largo plazo.

Para ello le servirán las alegaciones que ha mandado a la CNMC, en las que no sólo niega la mayor. Además ataca a Competencia por presentar argumentos sin rigor técnico y estar ante un conflicto de interés claro: les considera tan culpables como los demás del siniestro al no haber renovado a tiempo el procedimiento operativo que lo hubiera evitado.

Una vez cumplido el plazo de diez días desde que se enviaron los expedientes, todas las empresas han enviado a la CNMC las correspondientes alegaciones para rebatir o matizar, según el caso, cada uno de los más de sesenta procesos administrativos que se han iniciado.

Fuentes del sector aseguran que, en la mayor parte de los casos han sido cuestiones muy técnicas que obligan a abrir ahora un proceso de prueba para discutir y, en su caso, rebajar el grado de responsabilidad que se les achaque. Sólo Red Eléctrica (filial de Redeia) ha cargado con acusaciones contra la CNMC que se desmarcan del resto de los procesos.

Aunque desde la entidad no se aclaró en un primer momento, fuentes empresariales aseguran que el conflicto de interés que se plantea se centra en la tardanza en poner en marcha el nuevo Procedimiento Operativo 7.4, que obligaría a las renovables a aportar energía al sistema sin generar grandes cambios de tensión.

Desde Redeia han asegurado siempre que esas oscilaciones fueron la causa primera del apagón. Incluso han apuntado a alguna central fotovoltaica concreta como culpable. Eso descargaría su grado de responsabilidad ante las dudas que surgieron por una posible planificación incorrecta que evitara el colapso.

Frente a ello, desde la CNMC se ha explicado incluso en sede parlamentaria que ese cambio regulatorio, pedido por la propia Redeia, llevó el proceso normal que suele tardar un cambio tan importante, que tuvo que ser abierto a varios trámites de audiencia.

Es más, la presidenta de la CNMC, Cani Fernández, ha explicado cómo ya se advirtió a la propia Redeia que eso iba a retrasarse, sin que hubiera por ello ningún requerimiento del operador del sistema para acelerarlo. Sólo después del apagón se presionó desde Redeia para ponerlo en marcha cuanto antes.

A la vista de la reacción de Redeia, fuentes jurídicas consultadas advierten que el periodo de prueba se complica al tratarse de argumentos cuasi políticos, más que de cuestiones técnicas. Es más, una vez incoados los expedientes, desde la CNMC no se pueden hacer más valoraciones ni comentarios. La instrucción es información reservada por ley.

En este caso, sobre Redeia pesan las conclusiones tanto de informe de recomendaciones del supervisor europeo Entso-e, como de la propia CNMC. Ambos aseguran que el origen fue multifactorial y que, aunque no estuviera listo el PO 7.4, había otro procedimiento con los medios suficientes como para evitar el apagón.

De hecho, así se venía haciendo hasta el día del colapso. Esa es además la base jurídica que hace que la CNMC haya ampliado su investigación a dos años atrás. Para comprobar cómo se procedía para evitar caídas de tensión en el sistema y analizar si esa práctica estaba siendo bien realizada entre el operador y las eléctricas.

Es cierto que el expediente de Redeia, junto con el abierto contra las sociedades que gestiona las centrales nucleares de Almaraz y Trillo, son los dos que se consideran muy graves y pueden tener unas consecuencias mucho más duras para sus propietarios en toda la cascada de demandas que puede generar el caso.

Propuestas de sanción

Hay que tener en cuenta que, después de que en cada expediente se hayan aportado las pruebas que se pidan, desde la CNMC se deberá abrir otro periodo de alegaciones en caso de desacuerdo, hasta que se llegue a cerrar la instrucción y todo quede listo para hacer una propuesta de sanción.

Ese proceso administrativo básico coloca cualquier resolución rápida de los expedientes de menos carga culpable después del verano, como muy pronto, señalan expertos en este tipo de procesos. En el caso de Redeia y Almaraz, la cuestión se puede complicar todavía más hasta agotar el año y medio de plazo máximo que se estipula.

Es más, una vez cerrada la instrucción de todo lo que tenga que ver con Redeia, el expediente no pasará al pleno de la CNMC, como los demás, para ratificar la sanción. Esa responsabilidad para el operador recae en el Ministerio de Transición Ecológica, que es quien le encomienda la gestión de controlar el sistema eléctrico.

Incluso después de ese proceso administrativo, cabe el recurso a los tribunales. Las resoluciones de la CNMC se pueden recurrir ante la Audiencia Nacional, ya sea por considerar que la sanción propuesta es excesiva y hay que paralizarla o recortarla. Ya sea porque se consideran nulas.

Eso alargaría la vía administrativa dos años más, que añadidos a lo que gasta en el proceso administrativo previo de los expedientes, podría colocar cualquier consecuencia para las empresas afectadas en un plazo de hasta cuatro años desde que se produjo el apagón.

De forma paralela al proceso administrativo, muchas empresas y otras entidades perjudicadas por el apagón, han iniciado ya la presentación de demandas por la vía civil en busca de una compensación de los daños y perjuicios causados, que en algunos casos puede ser millonaria.

Petroleras que tuvieron que cerrar sus refinerías, industria electrointensiva que se vio obligada a apagar sus hornos y todo tipo de sociedades o particulares afectados tienen derecho a reclamar. Incluso las aseguradoras que han pagado ya esos daños a sus clientes buscarán repercutirlos después a los presuntos culpables.

Para que esos procesos civiles tengan efecto, debe haber antes una resolución de los expedientes sancionadores en la vía administrativa, que determinen el grado en que cada posible culpable pudo ser el causante del apagón. Esa vía se puede recurrir al Tribunal Supremo y hasta al Constitucional, y alargarse más de una década.