Una persona enciende un fuego de cocina de gas

Una persona enciende un fuego de cocina de gas Europa Press

Observatorio de la Energía

Se cierra el periodo para que las comunidades de vecinos disfruten de la tarifa regulada de gas TUR en enero de 2024

Antes del 15 de octubre, las comercializadoras de último recurso deberán informar de la necesidad de contratar el suministro en el mercado libre.

5 octubre, 2023 19:22

Desde el próximo 1 de enero las comunidades de vecinos no podrán estar acogidas a la tarifa regulada de gas, conocida como TUR, con un encarecimiento de las facturas del 100% en la mayoría de casos, según advierte Selectra, una plataforma de gestión y reducción de los gastos de luz, gas, Internet, telefonía, alarmas y seguros para empresas y hogares. 

Según recoge el BOE, antes del 15 de octubre de 2023, las comercializadoras de último recurso deberán informar a los sujetos acogidos a la tarifa de la necesidad de contratar el suministro a partir del 1 de enero de 2024 con una comercializadora del mercado libre. Para aquellos que no lo hagan, se establece una tarifa transitoria.

Teniendo en cuenta el precio actual del mercado libre, aquellas comunidades pequeñas con un consumo anual de 150.000 kWh adscritas a esta tarifa, pasarían de pagar de 6.600 euros a 13.500 euros al perderla. Por su parte, una comunidad con un consumo de 400.000 kWh, pasarían de pagar 19.100 a 36.600 euros al año.

[Las comunidades de vecinos piden acogerse al mercado regulado del gas, más barato]

En octubre de 2022 las comunidades de vecinos con calefacción central se vieron beneficiadas con la nueva tarifa regulada de gas natural, TUR, que el Gobierno había diseñado para ellos dentro del paquete de medidas de ahorro energético aprobado en el Congreso.

Una tarifa que podía ser solicitada por aquellas comunidades de propietarios que cumplieran con los requisitos establecidos por el ministerio de Transición Ecológica:


● Estar al corriente de pago de su actual comercializadora.
● Tener ya instalados los repartidores de consumos individuales para poder asignar a cada vivienda el consumo real que realiza.
● Haber pasado las revisiones e inspecciones obligatorias de la caldera.
● Si la gestión la realiza un asesor energético, debe comprometerse a trasladar a la comunidad de vecinos el 100% del ahorro generado por este cambio de comercializadora.

Además, el BOE establece también que, aquellos que no han podido instalar los contadores, pueden presentar una declaración responsable en un plazo máximo de treinta días desde la entrada en vigor de la orden, de que han experimentado dificultades de naturaleza técnica o administrativa, para ampliar el plazo hasta el 30 de septiembre de 2024.

En caso contrario, las que no lo hayan hecho y no lo presenten y hubiesen solicitado la tarifa, deberán pagar el recargo del 25%, añade Selectra.