Un cocinero guarda en un tuper las sobras de una comida.

Un cocinero guarda en un tuper las sobras de una comida.

Distribución

Llega la ley del ‘tupper’: los bares deberán ofrecer las sobras y los ‘súper’ publicitar los alimentos “feos”

Uno de los elementos importantes de la ley es la donación a los bancos de alimentos y la suscripción de acuerdos con entidades de iniciativa social.

24 diciembre, 2022 21:15

El año 2023 llega cargado de nuevas leyes que afectan al sector de la distribución y el canal horeca (restauración). Al impuesto sobre envases de plástico no reutilizables se suma la ley de Prevención de Pérdidas y Desperdicio Alimentario que, como su propio nombre indica, tiene por objeto acabar con el desperdicio de alimentos con medidas que incluyen medidas de todo tipo.

En este sentido, bares y restaurantes deberán ofrecer a sus clientes, sin coste adicional alguno, la posibilidad de llevarse los alimentos que no hayan consumido en el local. Para ello, aportarán envases reutilizables, compostables o fácilmente reciclables, o aceptarán el recipiente que aporte el cliente (que bien podría ser un tupper).

Deberán informar de esta posibilidad de forma clara y visible en el propio establecimiento, preferentemente en la carta o el menú. Se libran de esto los formatos de servicio de bufé libre (de los hoteles por ejemplo) o aquellos restaurantes donde la disponibilidad de comida no está limitada. 

[El nuevo impuesto al plástico amenaza con subir los precios en los ‘súper’, bares y tiendas de ropa a partir de enero]

En esta misma línea, el Consejo de Ministros aprobó hace dos semanas el Real Decreto por el que se regulan determinados requisitos en materia de higiene de la producción y comercialización. En este, también se hacía mención al desperdicio alimentario y al sobreenvasado. 

Así, en los establecimientos de comercio al por menor también se permitirá el uso de envases reutilizables aptos para el contacto con alimentos aportados por el consumidor en el momento de hacer la compra. Eso sí, será esta persona la responsable última de la higiene de los mismos.

Esto significa que podemos ir a cualquier establecimiento con nuestro propio 'tupper' o recipiente y el comercio tendrá que aceptar depositar en él la comida que solicitemos. 

Si es el minorista quien dispensa productos alimenticios en envases de vidrio, metal o cerámica, estos podrán reutilizarse siempre y cuando se cuenten con equipos que garanticen la adecuada limpieza y desinfección de los envases al ser retornados por los clientes.

Esto mismo lo podemos ver actualmente en grandes cadenas, como CarrefourSi el usuario lleva su propio tupper a la sección de frescos (charcutería, pescadería, carnicería, frutas y verduras) acumula 15 céntimos en tu tarjeta de socio del Club Carrefour. 

Supermercados

Por otro lado, el proyecto de ley recomienda, como buena práctica a implementar para las superficies de venta al por menor, el fomento de la venta de productos poco estéticos, de temporada, de proximidad, ecológicos y ambientalmente sostenibles, en condiciones óptimas de consumo. Productos que el propio ministro de Agricultura, Alimentación y Pesca, Luis Planas, calificó como “feos”

La ley estipula un compromiso del Gobierno para adoptar medidas que fomenten la adecuación de las fechas de consumo preferente e incentivar que las propias cadenas encuentren fórmulas de comercializar los productos de fecha de consumo preferente sobrepasada. Asimismo, deberán promover la cocina de aprovechamiento.

Lineal de fruta en Aldi.

Lineal de fruta en Aldi.

Uno de los elementos más importantes de la ley es la donación a los bancos de alimentos. Así, los agentes de la cadena deberán suscribir convenios de colaboración con empresas, entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos.

En estos acuerdos se deberán recoger de forma expresa las condiciones de recogida, transporte y almacenamiento de los productos, entre otras cuestiones.

No cumplir con estas normas conllevará multas. Hay tres tipos de infracciones que van desde los 2.000 euros en caso de que sean leves; 2.001 y 60.000 euros para las graves y entre 60.001 y 500.000 euros para las muy graves, siendo la segunda o ulterior falta grave que se cometa en un plazo de dos años.

Actualmente, el proyecto de ley está aprobado ya por el Consejo de Ministros y presentado oficialmente. Aunque la idea inicial era que entrara en vigor el 1 de enero, finalmente, será a lo largo del primer semestre tras cerrar el trámite parlamentario, según confirman fuentes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. 

Evitar el desperdicio

El objetivo final es seguir reduciendo el desperdicio alimentario. Los datos del Informe del Desperdicio Alimentario en España 2021 que elabora el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, señalan que cada español tiró de media a la basura 28,21 kilos/litros de alimentos en el año 2021, lo que supone la cifra más baja de los últimos cinco años y 2,72 kilos/litros menos que 2020. 

La tasa de desperdicio en los hogares, sin embargo, es similar a la del año anterior, ya que se tiraron sin consumir el 4,2 % de los alimentos comprados, una décima menos que en 2020. De hecho, según las estimaciones del documento, tres de cada cuatro hogares desperdician alimentos. 

El 81% de los alimentos que tiran las familias son productos sin utilizar, frente al 19% que son restos de comida que se han puesto malos y que no se han comido. ¿Qué tiramos a la basura? Fundamentalmente salsas (15,9%); cafés o infusiones (12,2%) e infusiones (12%). 

Fuera del hogar la cosa no mejora mucho. El informe del Ministerio de Agricultura asegura que cuatro de cada diez consumidores desperdicia cuando sale a comer fuera de casa. El 54% de los desperdicios son bebidas, seguido de los alimentos (44%) y aperitivos (2%).