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Syncore exigirá a OHLA pagar la deuda de más de 18 millones de euros de su filial en liquidación OHL Industrial Chile

La controversia surge a raíz de la serie de incumplimientos de OHLI en el marco de un contrato suscrito con la empresa Syncore en 2019.

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Las claves

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Syncore exigirá a OHLA el pago de más de 18 millones de euros por la deuda de su filial chilena OHL Industrial Chile, actualmente en liquidación.

El origen del conflicto es un contrato de 2019 para un proyecto minero, donde OHLI subcontrató a Syncore y luego incumplió plazos y entregas, generando sobrecostes y retrasos.

Tras la negativa de OHLA a cubrir la deuda como garante solidario, Syncore ha iniciado acciones legales en España para exigir el pago completo.

El laudo arbitral emitido en 2025 condenó a OHLI a pagar más de 18 millones de euros, deuda que representa el 90% del pasivo de la filial en liquidación.

Ante la negativa de la filial de OHLA, OHL Industrial Chile (OHLI), a pagar la condena de un Laudo Arbitral por un monto de más de 18 millones de euros, la empresa chilena Syncore ejercerá todas las acciones legales necesarias en España.

La situación se ha agravado por la insolvencia financiera de la propia OHLI –en proceso de liquidación voluntaria–, y por la negativa de OHLA de hacerse cargo de la deuda en su calidad de garante solidario

El objetivo es que la constructora española pague la totalidad de los importes reconocidos en el Laudo Arbitral de 2025. Para ello, la compañía ha contratado a un importante despacho de abogados de España para representar sus intereses.

“Debido a esta situación, como compañía nos hemos visto en la obligación de presentar las acciones legales correspondientes en España para que se obligue a OHLA a satisfacer la deuda de su filial OHLI en su calidad de garante solidario”, han detallado desde Syncore, empresa chilena especializada en montaje industrial y ejecución de proyectos de alta complejidad en los sectores de la minería e infraestructura.

Sus ventas anuales ascienden por encima de los 200 millones de dólares y cuenta con clientes como Codelco, Anglo American, BHP y Teck Resources Limited, entre otros.

La compañía agrega que “confiamos en lograr un resultado favorable y que OHLA se haga cargo de la deuda. El Laudo Arbitral deja claro la serie de incumplimientos de su filial en Chile en el marco del contrato y la justicia chilena ha ratificado dicho fallo”.

Al mismo tiempo, reafirma que “dada la garantía solidaria que OHLA constituyó voluntariamente a favor de Syncore en noviembre de 2019, OHLA debe hacerse cargo del pago íntegro de la condena”.

Origen de la condena

El origen de la controversia se remonta a septiembre de 2019, cuando la empresa minera Mantos Copper y OHLI suscribieron un contrato por el que la primera adjudicó a la filial de OHLA la ejecución de un proyecto en Chile (Debottlenecking Project) por un valor de 160 millones de dólares.

En su calidad de contratista principal, OHLI subcontrató en octubre de ese año a Syncore para que ejecutase parte sustancial del proyecto, suscribiendo un contrato por 51 millones de dólares.

El acuerdo establecía el compromiso de Syncore de cumplir una serie de hitos en fechas acordadas según el programa de ejecución de obras.

Sin embargo, el cumplimiento de Syncore estaba condicionado a que OHLI suministrara entregables esenciales en fecha, sin los cuales Syncore no podía llevar a cabo parte del proyecto.

En noviembre de 2019, mediante instrumento privado, OHLA se constituyó a favor de Syncore como fiador solidario respondiendo del cumplimiento de las obligaciones de pago de su filial.

A lo largo del contrato, OHLI incumplió sistemáticamente su obligación de suministrar los entregables en los plazos pactados y, como consecuencia de ello, la obra no pudo terminarse en la fecha prevista (octubre de 2020).

Debido a los incumplimientos de OHLI el contrato sufrió una cadena de retrasos que desembocaron en una modificación de los términos y plazos inicialmente pactados, además de sobrecostes para Syncore.

Entre los incumplimientos acreditados destacan: retrasos en la entrega de la ingeniería y suministro de equipos, dificultades en la habilitación de los frentes de obra, incumplimiento en el pago del precio e interferencia en la ejecución de los trabajos.

A pesar de esto, Syncore finalizó la totalidad de los trabajos en diciembre de 2021. Aun así, OHLI se negó a formalizar la recepción provisional, bloqueando el cobro del último tramo del precio.

Laudo Arbitral y condena a OHLI

A raíz de los impagos y los mayores costes asumidos por los incumplimientos de OHLI, en mayo de 2022, Syncore presentó una solicitud de arbitraje ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago (CAM) de Santiago de Chile.

El procedimiento arbitral concluyó con la emisión de un Laudo Arbitral en julio de 2025, donde se declaró el incumplimiento del contrato por parte de OHLI, condenándole al pago de diversas cantidades derivadas de los incumplimientos acreditados en el procedimiento.

El importe total de la condena asciende a más de 18 millones de euros: el principal por un monto de 14,2 millones de euros y los intereses (a esa fecha) por otros 4,2 millones de euros.

OHLI no cumplió voluntariamente el Laudo Arbitral lo que obligó a Syncore a iniciar un procedimiento de cobranza. OHLI acudió al Tribunal Constitucional de Chile y a la Corte de Apelaciones de Santiago, siendo rechazados sus recursos con condena en costas por la falta de fundamento plausible para litigar.

En paralelo, en febrero de 2026, OHLI solicitó su liquidación voluntaria ante el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago de Chile, indicando como su principal pasivo la deuda con Syncore determinada en el Laudo Arbitral.

El proceso concursal de liquidación de OHLI involucra a más de 64 acreedores, siendo Syncore el principal acreedor individual del proceso. La propia OHLI ha reconocido ante el tribunal que la deuda con Syncore representa cerca del 90% de su pasivo.

El pasado marzo, el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago de Chile declaró formalmente la liquidación de OHL Industrial Chile dando inicio al procedimiento concursal de liquidación voluntaria.