Árboles y ramas caídas por el fuerte viento en Salamanca

Árboles y ramas caídas por el fuerte viento en Salamanca David Arranz Ical

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Borrascas y vientos: qué daños cubre el seguro cuando hay alguna catástrofe climática

Te contamos de qué casos se encarga la póliza, de qué depende para tramitar un siniestro y cómo se realizan las gestiones. 

2 noviembre, 2023 16:43

La borrasca Ciarán está alterando la situación atmosférica de toda la península ibérica. A los cuantiosos daños materiales hay que unir la muerte de una mujer en Madrid por la caída de un árbol. Una climatología adversa que ha afectado a domicilios particulares, oficinas, naves o talleres. Entonces, la pregunta que surge es si el seguro cubre los daños por viento.

Porque, si tienes contratado un seguro, lo más seguro es que en el mismo haya un apartado que no ponga específicamente viento, pero si otros términos como ‘fenómenos atmosféricos’, ‘daños de la naturaleza’ o ‘fenómenos meteorológicos’.

En definitivo, es la forma en la que las aseguradoras suelen nombrar a los daños causados por viento, lluvia, pedrisco o nieve. A continuación, te explicamos en qué circunstancias es así, y cuándo no. Asimismo, te recordamos cómo debes tramitar el siniestro si se ha producido.

¿Qué seguros incluyen estos daños?

Las aseguradoras suelen incluir estos daños en los seguros que protegen de daños a los bienes. Es decir, que el seguro del hogar, el del comercio, o el de la comunidad, lo tienen, por ejemplo.

Dicho esto, hay que tener en cuenta otro aspecto muy importante: este tipo de compañías suelen fijar unos valores mínimos por debajo de los cuales no se aplica dicha cobertura.

Así, y según explican Unespa, el Consorcio de Compensación de Seguros y Agroseguro en la web www.naturalmenteprotegidos.es, hay diferentes supuestos. Dicho de otra manera, dependiendo de cuál sea la velocidad o intensidad del viento, se cubrirá o no el daño causado.

¿Cuándo hay o no indemnización?

En el caso de bienes asegurados, los daños por viento de más de 120 kilómetros por hora o tornados de cualquier fuerza, serán indemnizados por el Consorcio de Compensación de Seguros. ¿dónde solicitar dicha indemnización?

La persona afectada deberá contactar con su aseguradora o mediados de seguros que son los encargados de tramitarlo. Posteriormente solicitará al Consorcio de Compensación de Seguros el reembolso.

[La conexión más peligrosa de una reportera de TVE: lucha contra las fuertes rachas de viento de la borrasca Ciarán]

Si los daños están entre el umbral reflejado en el seguro, y los 120 kilómetros por hora, la indemnización correrá a cargo de la aseguradora. Por tanto, habrá que contactar con la misma o con el mediador de seguros.

Y si los daños son causados por vientos que están por debajo del umbral reflejado en el seguro, no habrá indemnización posible. ¿Cuál es ese umbral? La mayoría de pólizas establecen esta velocidad a partir de 70 kilómetros por hora o 96 kilómetros por hora, según la modalidad de seguro, de la zona y de la compañía.

¿Y qué sucede con los daños a las personas?

En el caso de que haya lesiones o muerte provocadas por los fuertes vientos, si estos superan los 120 kilómetros por hora, será el Consorcio de Compensación de Seguros quien indemnice. El procedimiento es el mismo que en el caso de bienes asegurados.

Si los vientos son inferiores a esos 120 kilómetros por hora, serán indemnizados por la aseguradora de la víctima. En este caso, deberá contactar con su aseguradora.

Si los daños son en cosechas y arbolado asegurados (por ejemplo, en invernaderos), serán indemnizados por Agroseguro. Se deberá contactar con ellos, o con la aseguradora o el mediados de seguros.

Y si muere ganado por daños en infraestructuras como establos, serán indemnizados por Agroseguro. El procedimiento es el mismo que con las cosechas.

¿Cómo saber la velocidad del viento?

Como se ha visto, es conveniente revisar la póliza para saber cuál es el umbral mínimo de velocidad del viento reflejado en la misma. De esta manera, se sabrá si el seguro cubre los daños o no. Pero ¿cómo saber cuál ha sido la velocidad en el día en el que el viento se desató con fuerza?

La mejor forma de comprobarlo es acudir a la página web de Superación de Umbrales de la Aemet (Agencia Estatal de Meteorología). Una vez dentro, hay que seguir los siguientes pasos:

-Hacer clic en tu provincia.

-La web mostrará una tabla y, encima, unas serie de pestañas con los meses del año.

-Seleccionar el mes en el que ocurrió tu siniestro.

-Buscar si hay alguna estación meteorológica cercana que ofrezca valores de superación de umbral.

-La tabla mostrará los días del mes y qué estaciones meteorológicas registraron valores que superaron los umbrales de velocidad de viento.