El presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán.

El presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán.

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Iberdrola podrá reclamar 700 millones a Hacienda después de que Europa avale las ayudas fiscales de Montoro

El Tribunal General ha corregido la decisión de la Comisión Europea de declarar como ayudas de Estado ciertas deducciones fiscales.

27 septiembre, 2023 15:32

Iberdrola podrá reclamar la devolución de 700 millones de euros pagados a la Administración española si se confirma la sentencia conocida hoy miércoles, del Tribunal General de la Unión Europea, que avala el régimen español de deducción de las adquisiciones indirectas en sociedades no residentes.

La multinacional española explica en sus últimas cuentas que, en los años anteriores, la Administración española ha aplicado el procedimiento de recuperación de ayudas de Estado, suponiendo para el grupo energético "una cuantía total de 665 millones de euros".

La compañía presidida por Ignacio Sánchez Galán "satisfizo dicha cuantía a través de la compensación de la devolución del Impuesto sobre Sociedades 2016 por importe de 363 millones" y un ingreso de 302 millones "realizado en febrero de 2018".

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Fuentes de Iberdrola consultadas por este diario estiman un impacto positivo de 700 millones tras la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea, que todavía puede ser recurrida por la Comisión Europea. El valor en Bolsa de la compañía cae a media sesión del miércoles un 0,7%.

Desde el Ministerio de Hacienda se ha apuntado a este periódico que, gran parte de esas ayudas fiscales lo han sido a través de créditos fiscales, y añaden que la Comisión Europea puede recurrir y que, si eso sucediera, "lo más probable es que la sentencia no sea de ejecución inmediata".

En el caso de Iberdrola, sin embargo, no se trata de créditos fiscales, sino de ingresos y compensaciones en la devolución del impuesto de sociedades.

La vicesecretaria general del PSOE y ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero.

La vicesecretaria general del PSOE y ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero. Europa Press.

Las fuentes consultadas en el grupo energético no han precisado si está previsto realizar ahora una reclamación formal a Hacienda.

Otras multinacionales españolas afectadas por la sentencia europea, como Santander, Ferrovial o Telefónica, analizan en estos momentos el impacto que pudiera tener en sus cuentas.

Cristóbal Montoro

En el año 2002, España introdujo un nuevo régimen en materia del impuesto sobre sociedades que permitía a las empresas que hubieran adquirido participaciones en sociedades no residentes deducir de la base imponible, mediante amortización, el fondo de comercio financiero derivado de esa compra.

La Comisión Europea, a preguntas de parlamentarios, respondió, a principios de 2006, que dicho régimen no entraba en el ámbito de las normas de la UE sobre ayudas de Estado.

El exministro de Hacienda del Gobierno del PP, Cristóbal Montoro, en un acto de Banco Santander, el pasado mes de marzo, en Madrid.

El exministro de Hacienda del Gobierno del PP, Cristóbal Montoro, en un acto de Banco Santander, el pasado mes de marzo, en Madrid. Europa Press.

Sin embargo, la Comisión llevó a cabo un examen más exhaustivo de la cuestión, tras una denuncia de un operador privado, y en enero de 2011 declaró que las medidas sí constituían ayudas de Estado incompatibles con el mercado interior. Y ordenó a las autoridades españolas que recuperaran esas ayudas, aunque permitió que se siguiera aplicando el régimen fiscal analizado en determinados casos.

Santander, Ferrovial o Telefónica, además de Iberdrola, fueron algunas de las multinacionales españolas que presentaron recurso contra esas decisiones, que en principio fueron desestimadas.

El 15 de octubre de 2014, la Comisión Europea concluyó que una nueva interpretación realizada en España de dicho sistema era una nueva ayuda incompatible con el mercado interior, y requirió a España que pusiera fin a ese régimen de ayudas y recuperara los fondos concedidos.

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Las compañías españolas solicitaron al Tribunal General que anulara la decisión de la Comisión, advirtiendo que había errado al calificar de "ayuda nueva" la nueva interpretación administrativa que hizo España.

En la sentencia dictada hoy miércoles, el Tribunal General estima dichos recursos y anula la decisión de la Comisión de octubre de 2014.

El organismo afirma que la Comisión no estaba facultada para adoptar dicha decisión, y el hecho de que ordenara la recuperación de todas las ayudas concedidas "equivale a una retirada de decisiones legales, en la medida en que las decisiones iniciales ya tenían por objeto las adquisiciones indirectas y les reconocían, con determinadas condiciones, el beneficio de la confianza legítima".